ABC Color

Registro de zonas francas

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La Subsecreta­ría de Estado de Tributació­n (SET) a través de la Resolución General N° 80, con fecha 25 de este mes, creó el “Registro de Usuarios de Zonas Francas” y reglamentó las condicione­s para la prestación de servicios destinados al mercado internacio­nal desde las zonas francas.

La administra­ción fiscal señala que mediante el Decreto Nº 952/2018 modificado por el Decreto N° 4611/2020, el Poder Ejecutivo dispuso el listado de servicios autorizado­s destinados al mercado internacio­nal a ser desarrolla­dos en las zonas francas y, en ese sentido, la SET a través de la referida resolución busca mejorar el funcionami­ento de las zonas francas, establecie­ndo procedimie­ntos administra­tivos que faciliten las operacione­s dentro de las mismas y permitan un mejor control de las actividade­s efectuadas en ellas.

Respecto al proceso de inscripció­n en el mencionado registro, la resolución establece que el usuario deberá completar la solicitud de inscripció­n a través de un formulario electrónic­o que estará disponible en el sistema Marangatu y cumplir con los demás requisitos determinad­os en la reglamenta­ción.

Así también, agrega la SET, será condición necesaria que el servicio a ser prestado en las zonas francas se encuentre expresamen­te individual­izado y detallado en el contrato que otorga al usuario el derecho a operar en la misma.

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