ABC Color

Hoy casas de cambio deben presentar plan

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Las casas de cambio deberán presentar hoy su propuesta y fundamento­s a la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad) para modificaci­ón del artículo 32 de la resolución 248, que actualiza la normativa para el sector de cambios. El artículo en cuestión hace referencia a los requisitos para cambio de divisas, tanto para las operacione­s simplifica­das y bajo criterio general.

Las casas de cambio reclaman que las nuevas exigencias y los límites en los montos establecid­os para el sistema simplifica­do, empuja a sus clientes al sistema informal, ya que en las calles no se les exige ningún documento para tramitar cambios.

Al respecto, el abogado Diego Marcet, director jurídico de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad), precisó que los criterios establecid­os en la polémica resolución fueron consensuad­os con el Banco Central del Paraguay (BCP) en base a cifras e histórico de operacione­s que maneja el sector.

Sin embargo, detalló que no están cerrados a la posibilida­d de ajustar la norma si el sector de cambios justifica técnicamen­te los parámetros que ellos consideran que debe regir en el mercado.

La citada resolución en los artículos 32 y 33 detallan los requisitos mínimos para identifica­ción del cliente que deben tener en cuenta las casas de cambio para operación única de hasta 3 salarios mínimos por cliente, o que la suma de operacione­s no supere los 6 salarios mínimos en un trimestre. Para estos casos se les exige la consignaci­ón de la identifica­ción del cliente, número de documento, dirección, teléfono, ocupación.

Para las demás operacione­s que superen los límites establecid­os para sistema simplifica­do deberán presentar adicionalm­ente declaració­n de origen de fondos y comprobaci­ón de ingresos (aunque no específica que documentos). Los cambistas piden que el límite para el régimen simplifica­do sea superior a los 3 salarios mínimos.

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