La SET señala que cargamento liberado estaba en depósito y puerto clandestinos
El viceministro de Tributación, Óscar Orué, dijo que, independientemente de los documentos que pudieron haberse presentado para que Aduanas libere el cargamento de cigarrillos decomisado el año pasado, lo cuestionable es que los productos estaban en depósito y puerto clandestinos.
El titular de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) del Ministerio de Hacienda señaló a ABC que Aduanas es la institución que define si los productos decomisados son de contrabando o no y que la institución que él dirige no tiene competencia en ese ámbito.
No quiso calificar la decisión de liberar el cargamento tomado por la entidad de control, argumentando que no leyó la resolución, pero en sus declaraciones se evidencia su desacuerdo porque, a su criterio, el lugar donde encontraron las mercaderías “no es un detalle menor”, porque no era apto y porque se trata de una reserva natural y, en esta situación, dijo que “es por lo menos cuestionable”.
Aduanas, durante el sumario administrativo que realizó a los propietarios de los productos, decomisados el año pasado a orillas del lago de Itaipú, en Salto del Guairá, solicitó informes a varias entidades públicas, entre ellas a la SET, y sustentó en los mismos su decisión de liberar el 60% del cargamento y sólo declarar como contrabando el 40% restante.
Un comunicado emitido el 4 de este mes por la Dirección Nacional de Aduanas (DNA) señala que “la liberación y entrega dispuesta por el juez sumariante por la vía incidental se sustentó en la constatación de la legalidad de las mercaderías incautadas y reclamadas en virtud a los informes de la Subsecretaría de Estado de Tributación y de la División Auditoría Externa del Departamento de Control Posterior de la Dirección de Fiscalización, en el que en las partes pertinentes y relacionadas a las mercaderías, cuya liberación requirieron, se constata que el duplicado de dichos documentos y las declaraciones juradas del Impuesto al Valor Agregado (IVA), se observan la consistencia con los presentados; y que las copias autenticadas presentadas por los proveedores se corresponden con las documentaciones objeto de análisis”.
SET no puede certificar
Orué indicó que el caso fue objeto de sumario administrativo en Aduanas, tal como corresponde, pues la denuncia se relaciona con el supuesto hecho de contrabando y, en ese contexto, afirmó que la SET brindó
datos de facturación de los proveedores de esos productos, a pedido de Aduanas para incorporarlos al proceso del sumario.
“La SET no puede iniciar una acción paralela al caso específico, si no que esperamos que quede firme lo determinado en la DNA, y una vez que nos remita los antecedentes, nosotros podemos iniciar acciones de control para determinar los tributos internos que pudieron ser afectados en relación a lo que hallaron en la DNA”, expresó. Añadió, que “para cruzar con el libro de ventas, el director nos había solicitado la lista de ventas de estás firmas. Enviamos todos los datos que ellos nos solicitaron”.
El viceministro dejó en claro que la administración fiscal no puede certificar la legalidad de la carga en esta parte del proceso e insistió en que el punto central es que las mercaderías fueron incautadas en un lugar donde no es apto y que independiente de que los documentos sean legales, lo cuestionable es que se encontraron en un depósito y puerto clandestino. “Mi criterio es que por lo menos es cuestionable” porque “un detalle no menor es donde se encontró”.