Por hechos graves no hay imputación
Ya transcurrieron casi 9 meses desde que el ministro de Salud Pública, Julio Mazzoleni, presentara a la Fiscalía General del Estado una denuncia penal por tentativa de estafa y delitos marcarios, así como por la adulteración de las especificaciones técnicas de las mascarillas quirúrgicas que las empresas del clan Ferreira pretendían entregar al MSPyBS en el marco de la fallida compra de insumos chinos.
La causa está identificada como N° 52/2020 “Persona innominada s/estafa”. Hasta anoche seguía sin formularse imputación por los hechos más graves enumerados en el reclamo.
La gigantesca estafa, que además hubiera puesto en riesgo la integridad física de todo el personal médico que hubiese utilizado los artículos falsificados, solamente fue impedida por la intervención in situ de la Comisión Especial de Supervisión de Compras Covid 19 (CESC), liderada por el ministro Arnaldo Giuzzio, quien constató las alevosas alteraciones efectuadas a los productos importados antes de ser suministradas a las autoridades sanitarias.
El equipo de agentes fiscales que está liderado por Osmar Legal, dividió la causa al abrir otra con el número 98/2020, en el marco de la cual procesó por contrabando de camas hospitalarias a Justo Ferreira y a su hija Patricia Ferreira, junto con funcionarios aduaneros y despachantes. Mientras tanto, la investigación por los hechos verdaderamente denunciados quedó paralizada, ya que luego de casi 9 meses desde la realización de la denuncia no hay una sola persona procesada por tales ilícitos.
Ya hace varios meses que el agente fiscal Osmar Legal había justificado la falta de imputación, al decir que se encontraba pendiente de la recepción de la información requerida a la empresa fabricante acerca de si autorizó o no el cambio de las cajas. Argumentó que si se imputaba y luego llegara la información de que, por ejemplo, sí se autorizó, se deberá sobreseer debido a que, según su criterio, el perjudicado por el cambio de las cajas sería la empresa fabricante.
El argumento es claramente falaz, ya que no se puede dudar de que la verdadera víctima del hecho de adquirir un producto adulterado es quien lo adquiere, independientemente de que también se configure un delito marcario.