Cámara revoca arresto y supuesto “narcodoleiro” debe volver a prisión
El Tribunal de Apelación especializado en Delitos Económicos, Crimen Organizado y Anticorrupción revocó el arresto domiciliario concedido al propietario de Zafra Cambios, Julio César Duarte, procesado por lavado de dinero proveniente del narcotráfico y asociación criminal.
El 29 de abril pasado, Julio César Duarte Servián fue beneficiado con el arresto domiciliario por la jueza de garantías Hilda Benítez, interina de Gustavo Amarilla.
Durante la audiencia de revisión de medidas, los fiscales antidrogas Fabiola Molas, Isaac Ferreira, Eduardo Royg y Deny Yoon Pak se opusieron la petición de la defensa y posteriormente presentaron la apelación correspondiente.
La Fiscalía argumentó que el peligro de fuga está latente porque la expectativa de pena es elevadísima, hasta 15 años de cárcel. También advirtieron
que el inmueble ofrecido a modo de fianza cuenta con prohibición de innovar y contratar. Los magistrados Bibiana Benítez, Emiliano Rolón y Arnulfo Arias concluyeron que Duarte debe seguir en la cárcel.
“La A quo, al momento de suspender la ejecución de la prisión preventiva e imponer la fianza personal de la señora Selva Duarte por la suma de G. 3.500.000.000, lo hizo sin conocer la capacidad financiera de la misma, es decir, sin saber si la misma podría cumplir con dicha garantía en caso de que el señor Julio César Duarte no cumpla con las medidas impuestas. Igualmente, no hay constancia de que en la audiencia de revisión de medidas cautelares se hayan presentado informes de condición de dominio del inmueble puesto en garantía”, afirmó Benítez.
A su vez, el camarista Arias destacó que Duarte está en idéntica situación que la procesada Isaura Sánchez Freitas, a quien el juzgado rechazó similar pretensión, resolución ratificada por el Tribunal de Apelación en diciembre del año pasado.
“Tampoco la garantía real ofrecida resulta suficiente para justificar la medida dispuesta, pues sobre la misma el juez ha dictado la prohibición de innovar y contratar y resulta inaudito que otro magistrado haya aceptado el inmueble como tal, sin haber considerado dicha circunstancia”, agregó el doctor Arnulfo Arias.