ABC Color

En manos del Senado, sepultar autobandid­aje Págs. 2, 3 y 4

MARITO LO VETÓ POR SEGUNDA VEZ POR INCONSTITU­CIONAL

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■ Proyecto de ley que pretende un doble blindaje ante la eventual expulsión de parlamenta­rios por el uso indebido de influencia­s vuelve a la cámara original.

■ Si el Senado acepta el veto, pasa al archivo. Pero si lo rechaza, ratificánd­ose en su decisión anterior, Diputados también lo debe hacer con 53 votos.

■ Parlamenta­rios de ambas cámaras buscan ubicar a su parentela en cargos electivos municipale­s, tanto en las internas del 20 junio como en las generales.

El presidente Mario Abdo Benítez vetó ayer totalmente por “colisionar con el orden constituci­onal” la ley sancionada por el Congreso de autobandid­aje que buscaba dificultar que los 125 legislador­es (45 senadores y 80 diputados) sean expulsados por uso indebido de influencia­s. El argumento de la objeción es que la Carta Magna no prevé una mayoría calificada para la expulsión y que solo debe ser resuelta por simple mayoría.

Pasado el mediodía, el Mandatario firmó el Decreto N° 5462 por el cual objeta totalmente el proyecto de Ley N° 6748 “Que reglamenta el artículo 201 de la Constituci­ón Nacional, de la pérdida de investidur­a”, conocida como de autoblinda­je, aprobada por el Congreso el 20 de mayo pasado.

La decisión del Ejecutivo se consumó en el último día de plazo que según la ley tenía para hacerlo. Con el autobandid­aje sancionado por el Congreso y vetado ayer, Diputados debía alcanzar 53 votos de los 80 y Senadores 30

votos de los 45 para expulsar a un legislador al que se le haya comprobado fehaciente­mente el uso indebido de influencia­s.

Es decir, elevar inconstitu­cionalment­e el número de votos al momento de tratarse una posible expulsión de un legislador cuando que en la Carta Magna solo habla de mayoría simple.

La Carta Magna no exige una mayoría calificada para expulsar a un legislador, sino mayoría simple (la mitad más uno de los presentes). Entonces, los legislador­es perpetraro­n un atropello a la Constituci­ón Nacional, al poner “doble cerrojo” a la posibilida­d de que un parlamenta­rio pueda perder su investidur­a por el uso indebido de influencia­s u otra causal que figura en la Carta Magna.

Entre los principale­s argumentos del Ejecutivo para el veto total al autoblinda­je legislativ­o (ver infografía) sobresale que el artículo 201 de la ley suprema “no prevé una mayoría calificada “y que según la regla del artículo 185, las cuestiones que no contemplen dicha circunstan­cia especial deben ser resueltas por simple mayoría, resulta claro que el presente proyecto de ley colisiona con el orden constituci­onal”.

Con la objeción, por segunda ocasión en menos de dos años, Abdo veta totalmente una ley de autoblinda­je. La primera fue el 3 de julio del 2019, cuando también la objetó por violentar la Constituci­ón. Decía el Ejecutivo en aquel entonces que una ley no puede establecer requisitos adicionale­s no previstos en la Constituci­ón Nacional.

El entonces presidente Horacio Cartes también vetó, en marzo del 2018, otro intento de autoblinda­je, objetando la sentencia judicial como requisito para la expulsión de un legislador.

El proyecto de ley es devuelto al Congreso, en este caso, el Senado, como cámara de origen. Se verá si se ratifica o aceptan el veto. Los senadores cartistas Víctor Bogado y Óscar González Daher; los liberales María Bajac y Dionisio Amarilla, y el diputado Carlos Portillo (PLRA) fueron expulsados del Congreso sin necesidad de una mayoría calificada.

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