Corte rechaza acción de educadores
La Corte Suprema de Justicia rechazó “in límine” una acción de inconstitucionalidad promovida por la Federación de Educadores del Paraguay (FEP), contra resoluciones de primera y segunda instancia que declararon la ilegalidad de la huelga realizada en el año 2013 y que tuvo una duración de más de un mes.
La decisión de la sala constitucional es el resultado del voto unánime de los ministros César Diesel Junghanns,
Gladys Bareiro de Módica y Antonio Fretes.
La Federación de Educadores del Paraguay (FEP), a través de una acción presentada por el abogado Marcos González, recurrió a la máxima instancia judicial para tratar de anular las resoluciones dictadas por el Acuerdo y Sentencia Nº 110 del Tribunal de Apelación del Trabajo, Segunda Sala y de la sentencia Nº 259 del 6 de noviembre del 2013, del juzgado laboral del quinto turno.
Estas resoluciones declararon la ilegalidad de la huelga docente impulsada por la FEP en el año 2013 y que paralizó a instituciones educativas de todo el país durante más de un mes, situación que afectó a miles de alumnos.
La Procuraduría General de la República, entonces a cargo de Roberto Moreno, y el asesor jurídico del Ministerio de Educación, Gustavo Rodas, solicitaron la calificación de la huelga docente, ocasión en que juez Tadeo Zarratea resolvió declarar la ilegalidad de la medida de fuerza.
Tras la ratificación de esta decisión por el Tribunal de Apelación en lo laboral, motivo por la cual el gremio docente recurrió a la máxima instancia para tratar de revertir el resultado adverso del juicio.
El accionante sostuvo que las resoluciones eran arbitrarias.