BCP guarda secreto en sumario por caso Messer
El Banco Central del Paraguay (BCP), hasta la fecha, no ha informado a la opinión pública sobre la conclusión del sumario tardío realizado al Banco Nacional de Fomento (BNF) por el caso Messer alegando secreto bancario. Sin embargo, no todos los aspectos de la resolución emanada por la banca matriz son de carácter reservado, detallan expertos.
El Banco Central del Paraguay (BCP) se ha mantenido en absoluta reserva en relación a la conclusión del sumario a la entidad bancaria estatal emanada de la Resolución 34 acta 28 del 3 de junio del presente año. Tampoco ha respondido ninguna de las consultas realizadas por nuestro medio ni ha publicado el documento en su página institucional ni en el listado de sanciones, como suele ser habitual en estos casos.
Ezequiel Santagada, abogado especialista en acceso a la información pública, precisó que no todos los aspectos, en cuanto a una auditoría realizada por el BCP a un ente regulado, están sujetos a la reserva y que la banca matriz podría informar sobre los procesos argumentativos que llevaron a la conclusión. En su opinión, el BCP no debe restringir toda la información referente al sumario, y que en todo caso, debe definir los límites de lo que es reservado y qué se libera, facilitar parcialmente.
Indicó que por Ley el secreto bancario protege datos como información personal de clientes, número de cuentas o transacciones.
El no facilitar información se presta a interpretaciones erróneas, falta al principio de transparencia e integridad y puede abrir puertas a una arbitrariedad de la norma.
Acceso a la información
Como antecedente mencionó un caso similar de auditoría a la extinta casa de cambios Forex, cuando un particular ha solicitado, a través de todos los canales legales, la publicación de la resolución del BCP que contenía las conclusiones del sumario. Sin embargo, el acceso a esos datos ha sido denegado completamente por la banca matriz, alegando secreto bancario. El caso ha llegado al foro judicial, pero el BCP ha interpuesto una acción de inconstitucionalidad y a la fecha sigue el proceso.
Cabe resaltar que, en el marco del sistema creado por la Ley Nº 5282/14 “De libre acceso ciudadano a la información pública y transparencia”, el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Tercera Sala, en el 2016, se ha expedido sobre un pedido de información pública relativa a actuaciones sumariales llevadas a cabo por el Banco Central del Paraguay, fallo en el que se ha establecido la naturaleza de “información pública” del dato acerca del resultado concreto de los sumarios administrativos.
Registro público de sanciones
A partir de este fallo, en el 2016, el BCP ha facilitado un registro público de sanciones que permite dar a conocer a todos los participantes del mercado financiero, cambiario y asegurador el comportamiento de todos los sujetos supervisados por el Banco Central del Paraguay, la Superintendencia de Bancos y la Superintendencia de Seguros.
Este registro permite acceder al resultado de sumarios, sanciones aplicadas a entidades jurídicas y sus representantes legales. Sin embargo, en marzo de este año el BCP introduce una modificación a la reglamentación añadiendo que solo podrán ser publicados recién una vez que se agote la instancia administrativa.
Otro de los críticos a la acción del BCP en este sumario fue el senador Jorge Querey (FG), quien cuestionó que el BCP no publique las conclusiones de un sumario, que según expresó, se presta a blanquear a los responsables y solo castigar a la institución.