Piden eliminar trabas para publicar las DD.JJ.
El recientemente reelecto contralor general, Camilo Benítez Aldana (ANR), remitió el jueves un proyecto de modificación de la ley que regula las Declaraciones Juradas de Bienes y Rentas de los funcionarios públicos, obligación establecida en la Constitución Nacional.
Básicamente, el proyecto busca derogar algunas de las modificaciones establecidas en la Ley N° 6355/19, que originalmente buscaba transparentar los documentos pero que terminó estableciendo más trabas para el libre acceso ciudadano a la información.
Sujetos obligados
El proyecto recuerda que el artículo 104 de la Constitución Nacional establece que los sujetos obligados de presentar las manifestaciones de bienes son los funcionarios públicos nombrados, contratados y de elección popular. Sin embargo, la Ley N° 6355 había incluido entre los obligados a presentar declaraciones juradas a los accionistas y directivos de empresas proveedoras del Estado.
“El presente proyecto considera esencial mantener el límite establecido por la Constitución Nacional”, afirma el documento firmado por Benítez. “También es necesaria una actualización y definición por Ley, del régimen público que debe primar sobre las declaraciones juradas, tanto, el contenido de la declaración como el resultado del examen de correspondencia”, agrega la justificación que hace referencia a la ley de Acceso a la Información y a las decisiones de la Corte Suprema que ordenó la liberación de los documentos.
“Las nuevas leyes de transparencia y acceso a la información pública y precedentes judiciales (Juzgados, Cámaras y Corte) que han determinado el carácter público de las mismas”, agrega.
Recuerda que para la ley actual para la publicación se requieren autorizaciones judiciales para cada caso. “Motivo por el cual urge la modificación respectiva”, señala.
También plantea modificar los valores de las multas establecidas como sanción a quienes incumplan con la presentación de las manifestaciones de bienes y que se pueda recurrir al cobro judicial de las sanciones punitorias.