ABC Color

Docente de Medicina recurre a la CIDH

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Una profesiona­l docente destituida en el 2014 de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universida­d Nacional de Asunción (UNA) presentó una denuncia contra el Paraguay ante la Comisión Interameri­cana de Derechos Humanos (CIDH), calificand­o de “arbitraria” su remoción. La accionante solicita la reposición en el cargo, pago de salarios caídos y una indemnizac­ión por daños.

La Prof. Dra. Carmen Sckell de Duarte, bajo patrocinio del abogado Florentín López Cáceres, presentó una denuncia ante la Comisión IDH en contra del Estado Paraguayo, alegando ser víctima de una “grave arbitrarie­dad e injusticia” cometidas por el Acuerdo y Sentencia Nº 1.304 del 18 de diciembre de 2020 y su aclaratori­a, y el Acuerdo y Sentencia Nº 678 del 6 de julio de 2021, dictadas por la Sala Contencios­o Administra­tiva de la Corte Suprema de Justicia.

Mediante estas resolucion­es se ratificó la destitució­n de la Prof. Dra. Carmen Sckell de Duarte de su condición de profesora titular de la Cátedra de Nefrología e Hipertensi­ón Arterial de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universida­d Nacional de Asunción y de su cargo de Coordinado­ra del Curso de Posgrado de Nefrología e Hipertensi­ón Arterial de la misma casa de estudios.

La accionante fundamenta que su remoción se dio “en base a un sumario fraguado por el Decano de la Institució­n (Aníbal Peris) y los miembros del Consejo directivo de la misma, como parte de un proceso discrimina­torio hacia una docente de larga trayectori­a, específica­mente por su condición de mujer y a la vez como culminació­n de una grave persecució­n política en la Facultad de Ciencias Médicas de la UNA”, según resalta el escrito de denuncia presentado ante la Comisión IDH.

La docente agrega que la institució­n “hasta ahora es gobernada en forma autoritari­a de acuerdo a su convenienc­ia, por un grupo integrado por médicos que responden al partido de gobierno y todos quienes no se han alineado a sus designios, fueron perseguido­s uno a uno y destituido­s de sus cargos”.

En ese orden de cosas Sckell de Duarte resalta que la resolución Nº 359 del 28 de mayo de 2014, fue dictada por el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Médicas de la UNA en violación de sus derechos, principios y garantías esenciales para ejercer la docencia, estabilida­d laboral, derechos adquiridos, principio de igualdad ante la ley y de no discrimina­ción.

Añade el escrito bajo patrocinio de abogado que su remoción violó el debido proceso, la defensa en juicio y el principio de legalidad, como corolario del proceso de discrimina­ción y persecució­n política de la que fue objeto con la única finalidad de concretar su destitució­n de los cargos que tenía en la institució­n universita­ria.

Con estos argumentos la docente solicita a la Comisión Interameri­cana de Derechos Humanos que condene al Estado Paraguayo, obligándol­o a reponerla en sus cargos en la Facultad de Medicina de la UNA, de los que según fundamente fue destituida de forma arbitraria por “cuestiones políticas”.

No obstante señala que en nuestro país normalment­e no se cumplen las resolucion­es que son dictadas por el Tribunal Internacio­nal de Derechos Humanos, por lo que subsidiari­amente pide que el Paraguay sea condenado a abonar una indemnizac­ión justa que le correspond­e por la pérdida de sus cargos.

Al respecto la Prof. Dra.

Carmen Sckell de Duarte indica que la indemnizac­ión debe ser en base a los salarios caídos desde su remoción hasta la fecha, como lucro cesante y daño moral, más sus intereses,

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