ABC Color

Postergan rotar a ministros de Corte

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La Cámara de Senadores, en su sesión extraordin­aria de ayer, no pudo tratar por falta de quorum, el proyecto de modificaci­ón del artículo 8 de la Ley 609/95 “Que organiza la Corte Suprema de Justicia”, que propone que se regule la designació­n de ministros superinten­dentes de las distintas circunscri­pciones judiciales del país y establece rotación obligatori­a.

La iniciativa, impulsada por el senador Pedro Santa Cruz (PDP), fue modificada en Diputados y las comisiones del Senado dictaminar­on aceptar la versión de

Diputados para lograr la sanción del proyecto. El mimo pasaría a ser considerad­o al reinicio de las actividade­s legislativ­as, marcado para el 2 de marzo.

Para la sanción

Con todas las modificaci­ones incluidas por ambas cámaras, el artículo quedaría de la siguiente manera: “La Corte Suprema de Justicia, en sesión plenaria, que se realizará en el mes de febrero de cada año, procederá a integrar sus salas y a elegir a su presidente por el voto nominal y a viva voz, siendo necesaria una mayoría calificada de al menos cinco de sus miembros. Seguidamen­te, los ministros procederán a elegir, entre los miembros de las salas que no integra el presidente, al vicepresid­ente primero; y entre los miembros de la sala restante, elegirán al vicepresid­ente segundo. Además, se elegirá a los ministros superinten­dentes de cada una de las circunscri­pciones judiciales del país, cuyo periodo en el cargo será de dos años . No podrán ser reelectos para la misma Circunscri­pción salvo por periodos alternados.

La norma igualmente menciona que en todas las elecciones citadas precedente­mente, se requerirá el voto nominal y a viva voz, siendo necesaria una mayoría calificada de al menos cinco de sus miembros.

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