Gobierno pide a Comisión Permanente analizar la intervención de Caapucú
Desde el 30 de diciembre, el Poder Ejecutivo pide a la Comisión Permanente del Congreso analizar el pedido de intervención contra la gestión del intendente de Caapucú (Paraguarí), Gustavo Penayo (ANR, cartista). Concejales lo acusan de malversación de G. 3.900 millones del dinero de Fonacide y royalties en 2021, motivo por el cual Hacienda bloqueó nuevas transferencias en todo el 2022, dejando sin obras y merienda escolar a sus ciudadanos.
Los ediles de Caapucú y los miembros de la organización “Transparencia Ciudadana”, cuyo titular es Gabino Ramírez, vienen denunciando desde hace varios meses que el jefe comunal habría malversando unos G. 3.900 millones del dinero de Fonacide y royalties que encontró en las cuentas bancarias de la municipalidad.
Gustavo Penayo (ANR, cartista) no responde los pedidos de informes de la Junta Municipal, tampoco presentó su rendición de cuentas al Legislativo. El jefe municipal es protegido del equipo del diputado Esteban Samaniego (ANR, HC).
A esto se suma que el Ministerio de Hacienda congeló las transferencias de royalties y el Fonacide durante el 2022 debido a estas irregularidades.
El pedido de intervención se aprobó en la Junta Municipal y el 6 de octubre de 2022 ingresó al Ministerio del Interior, cuyo titular es Federico González.
No obstante, el secretario
de Estado aclaró que la Presidencia de la República recién remitió el pedido al Congreso el 30 de diciembre debido a que la Justicia Electoral anuló la sesión de la Junta que aprobó la solicitud contra Penayo y se necesitaba un dictamen aclaratorio.
Para ese entonces, la Cámara de Diputados ya había entrado en receso parlamentario y la nota fue recibida por la Comisión Permanente del Congreso.
González indicó que el 14 de diciembre se emite el dictamen que recomienda la remisión del pedido a la Presidencia de la República para que se remita a la Cámara de Diputados.
Posteriormente, el 23 de diciembre, el ministro del Interior remite el expediente a la Presidencia que es cuando empieza a regir el plazo de seis días hábiles, establecido en el artículo 3 de la Ley 317/94, afirma el ministro.
La Comisión Permanente del Congreso solo puede convocar a la Cámara de Diputados de emergencia para tratar el punto. En Diputados se acostumbra remitir el pedido a comisiones especiales dilatorias y cuando finalmente se trata ante el pleno, se necesitan 41 votos de 80 presentes para aprobar el pedido. Una intervención puede durar hasta 90 días y estará a cargo de un designado por el Ejecutivo.