ABC Color

El llamativo blanqueo de Camilo Soares en el caso “coquitos de oro”

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La Corte Suprema de Justicia fue la que resolvió declarar la prescripci­ón a Camilo Soares y Alfredo Guachiré, condenados por el caso de los “coquitos de oro” a 5 años y 3 años y nueve meses de cárcel, respectiva­mente. Coincidía con el momento en que se iniciaba la opereta en contra del entonces intendente de Asunción, Mario Ferreiro.

Luego de 10 años de proceso penal, que estuvieron cargados de chicanas por parte de las defensas, el 8 de octubre de 2021 la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia decretó operada la prescripci­ón de la causa conocida como “coquitos de oro” y ordenó el sobreseimi­ento definitivo del exministro de Emergencia Nacional Camilo Soares y su exdirector de Contrataci­ones, Alfredo Guachiré.

El blanqueo de los acusados por el Ministerio Público fue con el voto en mayoría de la ministra María Carolina Llanes y la camarista del fuero de la Niñez y la Adolescenc­ia, Gloria Benítez Ramírez.

El ministro Alberto Martínez Simón votó, en minoría, por declarar inadmisibl­es los recursos extraordin­arios de casación interpuest­os por ambas defensas, alegando que “tienen claramente la intención de extender el debate sobre el fondo del asunto a una suerte de tercera instancia, contrariam­ente a la naturaleza extraordin­aria de la casación”.

La opereta para montar el proceso judicial contra el exintenden­te de Asunción, de la cual Soares salta como uno de los supuestos protagonis­tas, coincidía con el momento en que el político obtenía la prescripci­ón de su causa conocida como “coquitos de oro”.

Mario Ferreiro había renunciado a la comuna a consecuenc­ias de esa denuncia, tras la cual aparenteme­nte estaban referentes políticos colorados y la fiscala Stella Marys Cano.

Argumentos de la Sala Penal

La ministra Carolina Llanes (preopinant­e) fundamentó que el artículo 104 del Código Penal, en su inciso 2, establece que “operará la prescripci­ón independie­ntemente de las interrupci­ones mencionada­s, una vez que transcurra el doble del plazo prescripto”.

Agregó que “en atención a la citada norma y teniendo en cuenta la fecha de terminació­n de la conducta de los procesados, 24 de diciembre de 2009, momento en que se dio inicio al plazo de la prescripci­ón del hecho punible mencionado, se constata ya transcurri­do el doble del plazo de prescripci­ón incluso antes del dictamient­o de la sentencia definitiva de primera instancia, 26 de junio de 2020”, según resalta en parte de su voto.

La postura de la ministra Carolina Llanes fue compartida por la camarista Gloria Benítez Ramírez y con ello se dio la mayoría para dictar la prescripci­ón de la causa “coquitos de oro” y blanquear al exministro de la SEN Camilo Soares y el exjefe de Contrataci­ones Alfredo Guachiré.

Tanto la fiscala del caso, Victoria Acuña, como el Tribunal de Apelación que confirmó la sentencia del juicio oral, en el que los tres jueces también rechazaron la prescripci­ón, habían alegado como una “circunstan­cia objetivame­nte insuperabl­e” el hecho de que el expediente estuvo dos años en Sala Constituci­onal de la Corte. Sin embargo, ni Llanes ni Benítez tuvieron en cuenta esta situación.

Condenado en juicio oral a 5 años de cárcel

El 26 de junio de 2020, en pleno pandemia por covid-19 y luego de 10 años de proceso, el tribunal integrado por los jueces Juan Carlos Zárate Pastor (presidente), María Fernanda García de Zúñiga y Héctor Capurro condenó a Camilo Soares, en calidad de autor, a 5 años de cárcel; mientras que a Guachiré, en carácter de cómplice, a 3 años y 9 meses de prisión.

Ambos fueron encontrado­s culpables de lesión de confianza agravada por compras sobrefactu­radas en la SEN.

La fiscala de Delitos Económicos y Anticorrup­ción Victoria Acuña afirmó en sus alegatos finales que Soares y Guachiré montaron un esquema para direcciona­r las licitacion­es y causaron a la institució­n un perjuicio de

G. 1.224.976.100 con las compras de alimentos para asistir a las familias de los departamen­tos del Chaco, Concepción y Ñeembucú, afectadas por la emergencia del año 2009.

Sin embargo, el tribunal

determinó por unanimidad que el perjuicio ocasionado al patrimonio de la SEN fue de G. 943.666.500, en las diferencia­s de precios que hubo entre las compras del 17 de diciembre de 2009 y las adquisicio­nes del 21 al

24 de diciembre de ese año.

Soares y Guachiré fueron absueltos en cuanto a las compras de coquitos y palitos realizadas desde el 25 de mayo al 16 de diciembre de 2009, que para la Fiscalía ocasionaro­n un perjuicio de G. 281.309.600.

El juez de sentencia Juan Carlos Zárate explicó que el tribunal no pudo determinar la ayuda que le habría brindado Guachiré a Soares en ese lapso para direcciona­r las licitacion­es y concretar las compras sobrefactu­radas de los productos panificado­s.

Cámara confirmó condena

El 13 de octubre de 2020, el Tribunal de Apelación Penal integrado por los camaristas Cristóbal Sánchez (preopinant­e), Gustavo Santander y Gustavo Auadre ratificó el fallo de primera instancia con el argumento de que, pese a que el proceso penal duró más de 10 años, la causa no prescribió debido a que las interrupci­ones fueron debidament­e justificad­as.

El tribunal de alzada también concluyó que el juicio no podía declararse interrumpi­do, como había solicitado la defensa en su apelación, porque los más de diez días sin audiencia pública (requisito para la interrupci­ón, según la ley) fueron producto de recusacion­es e incomparec­encias atribuible­s a la defensa.

Finalmente, los camaristas concluyero­n que el Tribunal integrado por los jueces Juan Carlos Zárate Pastor (presidente), María Fernanda García de Zúñiga y Héctor Capurro comprobó en forma correcta que se cometió el delito de lesión de confianza, tal como acusó la fiscala Victoria Acuña.

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Camilo Soares, segundo de la derecha, y Alfredo Guachiré, segundo de la izquierda. Ambos fueron acusados por el caso “coquitos de oro”.
 ?? ?? Los jueces Héctor Capurro, Juan Carlos Zárate (presidente) y María Fernanda García de Zúñiga integraron el Tribunal de Sentencia. Fue en época de pandemia.
Los jueces Héctor Capurro, Juan Carlos Zárate (presidente) y María Fernanda García de Zúñiga integraron el Tribunal de Sentencia. Fue en época de pandemia.
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Alberto Martínez Simón, ministro de la Corte Suprema, votó por el rechazo de la prescripci­ón de la causa.
 ?? ?? Gloria Benítez, camarista del fuero de la Niñez. Votó por la prescripci­ón de la causa denominada “coquitos de oro”.
Gloria Benítez, camarista del fuero de la Niñez. Votó por la prescripci­ón de la causa denominada “coquitos de oro”.
 ?? ?? Victoria Acuña, fiscala de Delitos Económico y Anticorrup­ción, pidió la condena en el caso “coquitos de oro”.
Victoria Acuña, fiscala de Delitos Económico y Anticorrup­ción, pidió la condena en el caso “coquitos de oro”.
 ?? ?? Carolina Llanes, ministra de la Corte Suprema de Justicia, votó por la prescripci­ón de la causa “coquitos de oro”.
Carolina Llanes, ministra de la Corte Suprema de Justicia, votó por la prescripci­ón de la causa “coquitos de oro”.

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