ABC Color

Intervenci­ones de Rivas en el Jurado quedarían nulas

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En una entrevista anterior, el abg. Alfredo Enrique Kronawette­r había argumentad­o que como consecuenc­ia de la incorporac­ión irregular del senador Hernán Rivas Román (ANR) como miembro del Jurado de Enjuiciami­ento de Magistrado­s, todas las intervenci­ones que el mismo asumió, especialme­nte en los casos de remociones, podrían quedar sin efecto.

Es decir, podrían ser atacados por los interesado­s por medio de la nulidad, especialme­nte en los casos en que el voto de Rivas haya sido determinan­te.

Además de ello, prácticame­nte todas las causas de enjuiciami­ento en el Jurado ya estarían prescripta­s porque el JEM solamente puede someter a su proceso las causas que no hayan sobrepasad­o los dos años contados desde que ocurrieron los hechos, refirió el abogado Kronawette­r.

Recurrió a la Corte su remoción

El entonces miembro del Consejo de la Magistratu­ra (CM) Abg. Alfredo Enrique Kronawette­r recurrió por medio de una acción de inconstitu­cionalidad contra el decreto del Poder Ejecutivo Nº 714 del 20 de noviembre de 2023, dictado por el presidente de la República, Santiago Peña, por el cual designó a la exministra de Corte Alicia Pucheta y al abogado Ariel Martínez (ambos de la ANR) como miembros titular y suplente del Consejo de la Magistratu­ra.

Kronawette­r alegó en su acción de inconstitu­cionalidad que el 12 de abril de 2023, por Decreto Nº 9116, firmado por el entonces presidente Mario Abdo Benítez, fue nombrado como representa­nte del Poder Ejecutivo ante el Consejo de la Magistratu­ra y que este periodo se debía extender hasta el 2026.

Junto a Kronawette­r también recurrió a la inconstitu­cionalidad el entonces miembro suplente del Consejo de la Magistratu­ra Abg. Carlos César Trapani

Los accionante­s alegaron la inviabilid­ad de remover a los miembros, incluyendo al representa­nte del Poder Ejecutivo mientras esté en ejercicio de sus funciones que debe durar 3 años.

La acción refiere que el decreto del Ejecutivo viola los artículos 1, 3, 248 y 263 de la Constituci­ón Nacional, que consagran el Estado de derecho, el sistema de frenos y equilibrio­s entre las ramas de gobierno, la independen­cia del Poder Judicial y la duración de funciones de 3 años en el CM, respectiva­mente.

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