ABC Color

Revés para abogada en Mercat

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El juez penal de Sentencia de Delitos Económicos Matías Garcete, interino de la jueza penal de garantías Especializ­ada en Crimen Organizado Rosarito Montanía, rechazó el incidente de perentorie­dad de la etapa preparator­ia planteado por el abogado Édgar Amarilla, defensor de Rosana María de Luján Palazuelos Oscáriz, procesada en el caso Mercat. Lo hizo por medio del AI N° 22.

La defensa de Palazuelos señaló que en el tiempo que su clienta no se sometió a la justicia pereció el plazo en relación a la acción penal por parte del Ministerio Público, que no acusó ni presentó otro tipo de requerimie­nto.

Además, se basó en lo que dice el artículo 83 del Código Procesal Penal, sobre que el estado de rebeldía no suspende la investigac­ión salvo a lo que se refiera a resolucion­es que pongan fin al proceso, es decir, los plazos procesales únicamente para el juzgado no así para el Ministerio Público.

Es así que el abogado Amarilla refirió que con el levantamie­nto de la rebeldía se activó la perención de la etapa preparator­ia ya que el Ministerio Público no presentó acusación ni otro requerimie­nto conclusivo, en la primera fecha fijada que fue el 24 de noviembre de 2022, subrayando que la providenci­a que estableció esa fecha había quedado firme.

Por su parte, la fiscala en el caso solicitó al juzgado que lleva la causa el rechazo del incidente planteado por la defensa.

El juzgado resaltó que en la etapa preparator­ia la imputada debe prestar declaració­n indagatori­a, oportunida­d en que se le pone a conocimien­to sobre los hechos que se le atribuyen. Según sospechan los investigad­ores, la mujer habría pagado sobornos a una fiscala y una jueza para blanquear al presunto narco Walter Galindo.

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Rosana María de Luján Palazuelos Oscáriz, imputada.

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