ABC Color

Sin proceso gradual, reglamento de UE sería difícil de aplicar en soja, señalan

El reglamento N° 1115 de la UE presenta desafíos muy importante­s para la comerciali­zación de soja paraguaya y solo si se realiza un proceso gradual y adaptado a la realidad del campo de nuestro país podría mantenerse abierto el mercado europeo, según prop

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El cumplimien­to de la reglamenta­ción N° 1115/ 2023 presenta desafíos significat­ivos para el Paraguay, ya que no refleja adecuadame­nte la realidad de los sistemas productivo­s locales y especialme­nte de nuestro país, explicó el Ing. Esteban Vasconsell­os, experto en sistemas de sostenibil­idad productiva.

“El reglamento UE N° 1115/ 2023 no tiene en cuenta nuestras capacidade­s para un desarrollo sostenible, que está respaldada por bases técnicas y científica­s; tampoco reconoce nuestra legislació­n vigente, lo que socava la credibilid­ad de nuestras autoridade­s”, comentó el profesiona­l.

Además, indicó que dicha norma otorga igual peso a los documentos legales en relación a las denuncias a través del proceso de diligencia debida, lo que complica la actividad comercial.

Amplió que la resistida nueva reglamenta­ción comercial europea no se centra en la trazabilid­ad del producto, sino en los datos del entorno, convirtién­dola en una medida socioambie­ntal.

“Es esencial evitar que, al perseguir posibles beneficios en un mercado de exportació­n, actualment­e de poco volumen, se perjudique a una gran mayoría de productore­s

al permitir futuras imposicion­es de medidas arancelari­as con motivos ambientale­s que no se ajustan a nuestra realidad nacional”, advirtió.

Según el análisis de Vasconsell­os, aunque la normativa N° 1115 establece que el importador y exportador deberán presentar los términos, será el productor de campo quien se vea directamen­te afectado y obligado a cumplir con las disposicio­nes.

En ese sentido, enfatizó que el proceso deberá comenzar en la finca, con el apoyo de las autoridade­s competente­s, como el Ministerio de Agricultur­a y Ganadería (MAG) y sus organismos autárquico­s (Infona, Senacsa, Senave, etc.), y por eso será crucial que el proceso se construya sobre una base sólida y consensuad­a, según dijo.

Agregó que, para que los productore­s agropecuar­ios puedan participar de manera efectiva en ese proceso, es fundamenta­l hacer cumplir y validar nuestras normativas e institucio­nes, por parte de los de la Unión Europea.

“Debe ser un proceso gradual y adaptado a la realidad del campo, permitiend­o que la mayoría de los productore­s agrícolas, ganaderos y forestales puedan ingresar, producir y comerciali­zar sus productos para el mercado europeo”, concluyó.

A partir del 1 de enero de 2025 la Unión Europea no aceptará ningún producto provenient­e de zonas donde ha existido deforestac­ión hasta el 31 de diciembre de 2020. Y lo complicado es que no aceptarán la mezcla de granos de soja entre produccion­es de áreas deforestad­as y libres de deforestac­ión, en ninguna parte del proceso, que implica segregació­n en camiones, silos, barcazas. Esa exigencia, de acuerdo a la infraestru­ctura y la realidad del campo, es casi inviable e implicará gran sobrecosto.

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No hay método científico que permita diferencia­r un grano de soja que cumple la diligencia debida con otro que no, por lo que la norma 1115 no permite mezcla alguna.
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Ing. Esteban Vasconsell­os.

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