ABC Color

El peligro de banalizar una ley

- Jaroa@abc.com.py

La labor de los periodista­s suele ser molestosa –por decir lo menos– para aquella gente que tiene algún chanchullo que ocultar. Nada resulta más desestabil­izador para los corruptos que el ejercicio libre del periodismo comprometi­do con la verdad, al servicio de su comunidad, de su país.

Para muchos políticos, funcionari­os, y bandidos de toda laya, un mundo sin periodista­s les resultaría más cómodo. Ya por algo lo primero que hacen los regímenes autoritari­os y antidemocr­áticos es suprimir la prensa; la prensa independie­nte, por supuesto, y valga la aclaración porque también existe la prensa alquilada y periodista­s funcionale­s a intereses que no precisamen­te responden al bien común.

La reflexión viene a cuento de un par de incidentes ocurridos la semana pasada en Itapúa, e involucra a los periodista­s Fredy Chamorro, Hernán Núñez y Álvaro Báez, de una radioemiso­ra de Tomás Romero Pereira, y al comunicado­r Fredy Leiva, de Mayor Otaño, a quienes les fue aplicada como mordaza una norma legal creada para la protección integral de las mujeres, la Ley 5.777/2016.

En el primero de los casos, ante las críticas periodísti­cas sobre la crisis sanitaria que afecta al distrito de Romero Pereira y la precarieda­d de medios del centro asistencia­l local para dar respuesta a la situación, su directora, Dra. Teresita Vega, interpuso una acción fundada en la ley 5.777.

La otra situación afecta al comunicado­r Fredy Leiva, de Mayor Otaño, denunciado por una concejala municipal de dicho distrito, Lourdes López (PLRA), también en los términos de la ley 5.777, como correlato de una denuncia penal por un supuesto sorteo irregular de un automóvil, que afecta a la concejala.

Sobre los cuatro pesan ahora sendas órdenes judiciales dictadas por las juezas Vilma Saucedo y Laura Imas, respectiva­mente, en las que se prohíbe a los trabajador­es de prensa referirse a sus demandante­s, bajo advertenci­a de dar intervenci­ón al Ministerio Público.

Si bien ambas accionante­s tienen la libertad de recurrir a los argumentos que les parece más eficaces para lograr su propósito, los magistrado­s que analizan y aplican las medidas deberían cuidar de no banalizar una herramient­a tan importante como es la ley 5.777, desviando su principal propósito: “... garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia” (art 2º) y no acallar voces molestas en su calidad de funcionari­os o representa­ntes públicos.

Ya sobradas nefastas experienci­as tenemos con el malhadado “fuero parlamenta­rio” empleado como escudo por diputados y senadores corruptos, en desmedro de la justicia y del interés común.

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Juan Augusto Roa

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