Ley solo habla de sistema de radares
La Ley 7151/2023, promulgada el 22 de setiembre de 2023, establece los mecanismos para la adquisición y puesta en funcionamiento de un sistema de radares, un centro de vigilancia integrada de información y sistemas de comunicaciones con capacidad y alcance para cubrir y resguardar todo el espacio aéreo nacional.
En el Art. 3 de la citada legislación dice que la autoridad de aplicación de la presente ley es la Fuerza Aérea Paraguaya (FAP), quien coordinará un sistema de vigilancia integrada con la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (Dinac). Los recursos financieros requeridos para la “adquisición, instalación y mantenimiento de los radares” serán incluidos por el Ministerio de Hacienda en el Presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional-FAP, añade el artículo 4.
Por último, aclara que los presupuestos asignados deberán permitir lograr la cobertura y resguardo de todo el territorio nacional en un plazo no mayor a dos años.
En lo que respecta al derribo de aviones, está prohibido en Paraguay. Estados
Unidos advirtió a la Cámara Alta que cesaría la cooperación en materia aeronáutica en caso de aprobación del derribo de aviones.
El rechazo del país norteamericano se fundamenta en los riesgos de que personas civiles –no involucradas en algún delito– puedan recibir daños en su integridad física o sufran consecuencias graves.
Paraguay, sin lugar a dudas, tiene serios problemas en lo que respecta a la vigilancia y protección del espacio aéreo; situación que es aprovechada por grupos criminales para utilizar a nuestro país como ruta, tránsito y centro de acopio de cocaína para ser enviado a países europeos.
Por citar algunos, Venezuela, Brasil, Chile, Honduras, Colombia, Perú, Honduras y ahora Argentina y Uruguay son los países latinoamericanos que tienen normas que habilitan el derribo de aviones si violan sus espacios aéreos.
De acuerdo con datos que se suministraron en el Congreso Nacional el año pasado, Paraguay solamente tiene controlado el 2% de su espacio aéreo.