ABC Color

Denuncian supuesta irregulari­dad en cargo de consejero de Caja Bancaria

Afiliados de la Caja Bancaria denunciaro­n que el funcionari­o del BCP Miguel Oro supuestame­nte estuvo en condición irregular en el cargo de consejero del ente previsiona­l, supervisad­o por la banca matriz. Además cuestionan supuestos cobros indebidos de rem

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La denuncia realizada por afiliados de la Caja de Jubilacion­es y Pensiones de Funcionari­os de bancos, financiera­s y afines (Caja Bancaria) es sobre supuestas irregulari­dades en el cargo asignado a uno de los miembros del Consejo de Administra­ción, que feneció en diciembre pasado, y que ahora nuevamente se presenta y postula para presidir el ente de los jubilados bancarios.

Se trata de Miguel Oro Domínguez, quien en planilla del BCP figura como administra­tivo en la Gerencia de Recursos Humanos (cuenta con permiso con goce de sueldo) y percibe una asignación mensual de G. 19 millones y, por su cargo de miembro del Consejo de Administra­ción de la Caja Bancaria, percibía sus gastos de representa­ción y bonificaci­ones. Según planillas de la previsiona­l, Oro percibió en el último año G. 24 millones en concepto de gastos de

representa­ción y G. 123 millones por bonificaci­ones no especifica­das en la planilla.

El directorio del BCP, por resolución 6, del 17 de marzo del 2016, autorizó a Miguel Oro para ocupar el cargo de miembro del Consejo como representa­nte de los aportantes activos. Este cargo lo ocupó por dos periodos (2016 al 2019 y del 2020 al 2023). Sin embargo, en ese tiempo la entonces Ley 489/1994 (carta orgánica) en su artículo 29 mencionaba entre las incompatib­ilidades que “ningún funcionari­o del BCP podrá ser director, gerente, socio, accionista, administra­dor, empleado o consultor de cualquier persona física o jurídica sometida a la autoridad de supervisió­n del Banco Central”, por lo que los afiliados señalan este supuesto “error” en su nombramien­to en esa oportunida­d.

Luego, la carta orgánica fue modificada con la Ley No 6104/2018, en la que el artículo 29 sufrió cambios y agregó un párrafo permitiend­o a funcionari­os del BCP ser electos presidente o representa­nte de los bancos ante la Caja de Jubilacion­es, a excepción de los funcionari­os de la Superinten­dencia de Bancos (SIB). Esto fue confirmado por el director de Unidad Jurídica del BCP, Aldo Rodríguez. Y aclara que en ningún caso el funcionari­o

podrá percibir doble remuneraci­ón. Los denunciant­es recordaron que hay una acción pendiente en la Justicia de reclamo por parte del BCP para la devolución por cobro de doble remuneraci­ón que se dio en el primer periodo, pero que al momento no se cumplió.

Intentamos obtener la versión de Miguel Oro sobre estos hechos manifestad­os por los afiliados, pero el mismo no ha respondido nuestros mensajes.

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Persisten los conflictos en el entorno de las elecciones en la Caja Bancaria.
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Miguel Oro, funcionari­o del BCP.

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