Cámara confirma condena de siete años de cárcel para Justo Cárdenas
El Tribunal de Apelación, cuarta sala, ratificó ayer la condena a 7 años de pena privativa de libertad para el extitular del Instituto de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert) Justo Cárdenas, por enriquecimiento ilícito y lavado de dinero. La justicia
Por unanimidad, los camaristas Arnaldo Fleitas, Andrea Vera y Bibiana Benítez ratificaron la sentencia dictada en el segundo juicio oral y público contra el extitular del Indert Justo Pastor Cárdenas Nunes.
Se trata de la SD N° 404 del 25 de septiembre de 2023, dictada por el Tribunal de Sentencia presidido por Juan Carlos Zárate, que elevó la condena a Cárdenas a 7 años de cárcel. Esta sentencia fue apelada por los abogados de Cárdenas, Benjamín Pérez y Luis Ayala Bóveda, quienes pretendían la nulidad del fallo.
“Lo expuesto por la defensa no adquiere entidad de agravio, pues no ha demostrado cuál sería el error inobservado en la norma, en el abordaje del numeral 2, simplemente procedió a increpar si por qué no se ha formado causas penales a las otras personas partícipes del hecho”, concluyó la Cámara.
Los camaristas destacan que la responsabilidad de Cárdenas quedó plenamente demostrada en el juicio anterior, decisión que se encuentra firme, por lo que el único fin del juicio realizado fue la medición de la pena.
Primer juicio a Cárdenas
Cárdenas había sido condenado a 4 años de pena privativa de libertad en el primer juicio, que concluyó el 9 de abril de 2021.
En aquella ocasión, el Tribunal de Sentencia, presidido por Manuel Aguirre, declaró probada la acusación por enriquecimiento ilícito y lavado de dinero. Tras concluir que Cárdenas no pudo justificar un patrimonio de G. 4.113.282.879, el colegiado ordenó el comiso de numerosos bienes de los procesados, entre ellos departamentos, las acciones de la Agroindustrial Ganadera JPC SA por más de G. 600 millones; US$ 180.700 depositados en la cuenta de Elisa Núñez Vda. de Cárdenas como acervo hereditario; un inmueble ubicado
en Loma Merlo, Luque, que figura como capital de acciones en la citada firma.
El año pasado, Gustavo Santander (actual ministro de la Corte Suprema de Justicia), Pedro Mayor Martínez y Emiliano Rolón (actual fiscal general) integraron el Tribunal de Apelación que ordenó realizar un nuevo juicio
para aplicar una pena más elevada.
Los camaristas concluyeron que, al establecer la pena, el colegiado no consideró que se encontraba ante un concurso (más de un hecho punible) y no aplicó el marco penal acorde a esta situación, tarea que recayó en el Tribunal presidido por Zárate.