Ajuste de cinturones en Yacyretá, Paraguay
La merma sostenida de las transferencias de divisas desde Argentina, obligó a la margen derecha de Yacyretá a establecer una situación de “contingencia financiera”, según se pudo saber ayer.
Esta decisión obliga a los responsables de cada área a aplicar “criterios de racionalidad y prioridad institucional”, explican.
En un memorándum, el director paraguayo de la EBY, Luis Benítez, informó al Consejo de Administración, a la Cancillería Nacional, etc. sobre el envío de la copia de la Resolución MD 370, fechada ayer “Por la que se establece la situación de contingencia financiera en la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) Margen Derecha”.
Según la resolución, el informe económico-financiero trimestral cerrado en diciembre de 2023 y los indicadores económicos actualizados a febrero, fue elaborado por el Departamento Financiero del ente.
Los datos que expone exhiben una situación crítica en disponibilidad financiera, que afecta a la Entidad Binacional Yacyretá - MD, debido principalmente al decrecimiento sostenido de las transferencias de divisas de la Argentina, desde mayo de 2023 hasta la fecha, las que resultaron insuficientes para hacer frente a los gastos de funcionamiento e inversiones de la margen derecha, que ocasionan acumulación de obligaciones pendientes de pago en tesorería, que conlleven obligaciones financieras para la entidad.
Ante la complicada e inusual coyuntura financiera, resulta conveniente y oportuno “establecer la situación de contingencia financiera” y tomar decisiones radicales que permitan llevar la situación descripta.
Añade que, según el Art. 53°, inciso a) del Reglamento Interno de la EBY, compete al Departamento Financiero “Dirigir la planificación y ejecución económica financiera”.
Agrega que, conforme al Art. 53°, inciso b) del citado cuerpo normativo, se dispone que compete a cada director ejecutivo, en su respectivo país “Ejecutar todos los actos de administración ordinarios necesarios para el funcionamiento de la Entidad, con exclusión de los atributos del Consejo, del Comité Ejecutivo y de los directores ejecutivos.
A raíz de la situación el director decidió que todos los departamentos y gerencias actúen con prudencia en la toma de decisiones que conlleven obligaciones financieras para la EBY.
Reitera la “prohibición absoluta” de asumir obligaciones financieras en nombre de la EBY sin contar con la atribución y/o autorización documental competente (contrato, orden de compra, etc.) so pena aplicaciones de medidas disciplinarias del reglamento de personal.
Finalmente pide la elaboración de un plan de contingencia económico-financiera, en un plazo de 15 días corridos a partir de la fecha de la presente resolución.