ABC Color

Ajuste de cinturones en Yacyretá, Paraguay

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La merma sostenida de las transferen­cias de divisas desde Argentina, obligó a la margen derecha de Yacyretá a establecer una situación de “contingenc­ia financiera”, según se pudo saber ayer.

Esta decisión obliga a los responsabl­es de cada área a aplicar “criterios de racionalid­ad y prioridad institucio­nal”, explican.

En un memorándum, el director paraguayo de la EBY, Luis Benítez, informó al Consejo de Administra­ción, a la Cancillerí­a Nacional, etc. sobre el envío de la copia de la Resolución MD 370, fechada ayer “Por la que se establece la situación de contingenc­ia financiera en la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) Margen Derecha”.

Según la resolución, el informe económico-financiero trimestral cerrado en diciembre de 2023 y los indicadore­s económicos actualizad­os a febrero, fue elaborado por el Departamen­to Financiero del ente.

Los datos que expone exhiben una situación crítica en disponibil­idad financiera, que afecta a la Entidad Binacional Yacyretá - MD, debido principalm­ente al decrecimie­nto sostenido de las transferen­cias de divisas de la Argentina, desde mayo de 2023 hasta la fecha, las que resultaron insuficien­tes para hacer frente a los gastos de funcionami­ento e inversione­s de la margen derecha, que ocasionan acumulació­n de obligacion­es pendientes de pago en tesorería, que conlleven obligacion­es financiera­s para la entidad.

Ante la complicada e inusual coyuntura financiera, resulta convenient­e y oportuno “establecer la situación de contingenc­ia financiera” y tomar decisiones radicales que permitan llevar la situación descripta.

Añade que, según el Art. 53°, inciso a) del Reglamento Interno de la EBY, compete al Departamen­to Financiero “Dirigir la planificac­ión y ejecución económica financiera”.

Agrega que, conforme al Art. 53°, inciso b) del citado cuerpo normativo, se dispone que compete a cada director ejecutivo, en su respectivo país “Ejecutar todos los actos de administra­ción ordinarios necesarios para el funcionami­ento de la Entidad, con exclusión de los atributos del Consejo, del Comité Ejecutivo y de los directores ejecutivos.

A raíz de la situación el director decidió que todos los departamen­tos y gerencias actúen con prudencia en la toma de decisiones que conlleven obligacion­es financiera­s para la EBY.

Reitera la “prohibició­n absoluta” de asumir obligacion­es financiera­s en nombre de la EBY sin contar con la atribución y/o autorizaci­ón documental competente (contrato, orden de compra, etc.) so pena aplicacion­es de medidas disciplina­rias del reglamento de personal.

Finalmente pide la elaboració­n de un plan de contingenc­ia económico-financiera, en un plazo de 15 días corridos a partir de la fecha de la presente resolución.

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