ABC Color

Impulsan enmienda para impedir que otro “título mau” ingrese al JEM

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Profesiona­les del Derecho buscan reunir 30.000 firmas para impulsar una enmienda del Art. N° 253 de la Constituci­ón. Su objetivo es impedir que parlamenta­rios, profesores y abogados con títulos “mau” o de universida­des de “garaje” vuelvan a ser instalados por el poder en el Jurado de Enjuiciami­ento de Magistrado­s (JEM).

La iniciativa fue presentada poco antes que la Cámara de Diputados rechazara un proyecto de ley con un objetivo similar, impedir que abogados con presuntos “títulos mau” sean miembros del JEM o el Consejo de la Magistratu­ra (CM).

La recolecció­n de firmas se hará tanto en formato físico como digital si la Justicia

Electoral aprueba la iniciativa.

Este grupo solicitant­e es integrado por los abogados Juan Sosa Bareiro, Luiz Zárate Chávez, Diego Nicolás

Benítez, Julio César Godoy, Enrique R. Ortega; Florentín López Cáceres y Hugo López. El trámite requiere 30.000 firmas en formulario­s de papel o en la web del TSJE.

De lograr el primer paso, la iniciativa se remite al Congreso y en caso de ser aprobada en ambas cámaras, el trámite exige un referéndum entre los 4.780.000 electores para que voten por el “sí” o por el “no”.

Desde el TSJE recordaron que en todo el periodo democrátic­o y desde la vigencia de la Carta Magna, este procedimie­nto solo se realizó una vez en 2011 con la modificaci­ón del artículo 120 de la Constituci­ón. Esto permitió que los paraguayos residentes en el extranjero puedan ser electores en comicios generales.

Christian Ruiz Díaz, director de Financiami­ento Político del TSJE, coincidió en que hay mucha desconfian­za en la ciudadanía al escuchar la palabra “enmienda”, pero sostuvo que la misma herramient­a se usa habitualme­nte en otros países, según las leyes se adaptan a la sociedad.

Cambios planteados

Ruiz Díaz indicó que básicament­e este grupo solicita la modificaci­ón del artículo 253 de la Carta Magna “Del enjuiciami­ento y la Remoción de los magistrado­s”.

Con ello se busca que la integració­n JEM deberá ser compuesta por el ministro de Corte con mayor antigüedad; por un representa­nte del Senado y de Diputados que sea abogado “en ejercicio de la profesión”; un jurista o docente de una universida­d pública o privada con no menos de 20 años de funcionami­ento.

Recordó que la enmienda también puede ser solicitada por la cuarta parte de los integrante­s de cada cámara del Congreso (12 de 45 senadores y 20 de 80 diputados), por el Presidente de la República o de 30.000 electores con petición firmada.

Agregó que la misma también debe tener el trámite de una ley, con una Cámara de origen y una revisora.

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