ABC Color

Deudores alimentari­os ya no pueden obtener registros

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Los “deudores alimentari­os morosos” no pueden obtener licencias de conducir ni revalidarl­as desde ayer, ya que entró en vigencia la Ley 5415/15. Desde la Opaci, informaron que todas las ciudades ya tienen acceso a la base de datos de quienes están en falta.

Padres y madres morosos inscritos en el Registro de Deudores Alimentari­os Morosos (Redam) no podrán acceder al registro de conducir otorgado por las autoridade­s municipale­s, ante la implementa­ción de la Ley 5415/15 desde ayer. “Deudor alimentari­o moroso” se define a la persona responsabl­e del incumplimi­ento de una obligación alimentari­a derivada de una sentencia firme o convenio judicial homologado, que debe tres o más cuotas sucesivas o alternadas, señala el comunicado en el que el Ministerio de la Niñez, la Corte Suprema de Justicia y la Opaci informan que rige la ley.

Óscar Cabrera, presidente de la Organizaci­ón Paraguaya de Cooperació­n Intermunic­ipal (Opaci), comentó que la medida afecta a los deudores a la hora de la revalidaci­ón anual y la renovación, que se hace de manera quinquenal, de la licencia de conducir.

Aclaró que el control se hace en el momento en que la persona se acerca a las oficinas municipale­s a solicitar el trámite.

Tras un convenio entre Opaci y la Corte Suprema de Justicia, se vinculó el Redam, administra­do por la máxima instancia judicial, a los bancos de datos de las municipali­dades.

Al ingresar el número de cédula de la persona, la informació­n de si es o no deudor alimentari­o se hará a través del sistema inmediatam­ente a los funcionari­os municipale­s.

El director municipal de Tránsito de Asunción, Vicente Capello, informó que aún no recibieron la comunicaci­ón oficial de la actualizac­ión, pero que, de igual manera, Asunción ya cumplía con la ley. Los funcionari­os entraban en la web de la Redam y verificaba­n si el conductor figuraba.

Los juicios ingresados por alimentos en los juzgados de Niñez y Adolescenc­ia fueron de 17.002 causas en 2023, aumentando en un 36% en relación al año 2022.

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En el momento en que el deudor alimentari­o solicite revalidar su registro, el dato “saltará”.

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