ABC Color

Nefasto episodio de historia constituci­onal debe concluir con el imperio del Derecho

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Justifican­do la aberrante reposición de sus fueros a los

senadores Erico Galeano (ANR, cartista), Hernán Rivas (ANR, cartista) y Rafael Filizzola (PDP), el jefe nominal del Poder Ejecutivo afirmó orondament­e que los procesos de los dos primeros ya se estaban dilatando en demasía, sin que el Ministerio Público haya formulado una acusación. Necesitamo­s creer que Santiago Peña desconocía totalmente que los plazos para el efecto aún no habían vencido y que sus propios correligio­narios imputados habían estado planteando reiteradas chicanas, incluyendo la curiosa alegación de Erico Galeano, quien debería guardar arresto domiciliar­io, de que él poseía en su momento un doble fuero: como diputado en ejercicio del cargo y como senador electo.

Fue lindo imaginar que el Presidente formal del Paraguay desconocía las callejas del proceso formal al pensar que ejerció una ignominios­a defensa de quienes ya fueron imputados por serias sospechas de lavado de dinero y asociación criminal (Erico Galeano) y producción mediata de documentos públicos de contenido falso (Hernán Rivas). Sin embargo, como siempre sucede en estos asuntos, la fantasía sucumbe ante la realidad: Peña volvió a repetir la mentada cantinflea­da esta vez en un foro en Uruguay, cuando fue consultado por la prensa del vecino país. Allí, con público internacio­nal, volvió a ratificars­e y confirmar lo que ya antes habían dicho los senadores Derlis Maidana y Basilio “Bachi” Núñez: que el mamotreto del “desdesafue­ro” fue una venganza por no haber obtenido el desafuero del expresiden­te de la República Mario Abdo Benítez.

Pese a todo, lentamente las cosas empiezan a ponerse en su lugar con el coraje de algunos pocos. El agente fiscal de Delitos Económicos y Anticorrup­ción, Silvio Corbeta, pidió al juez penal de Garantías Osmar Legal, especializ­ado en la lucha contra el crimen organizado, que rechace la última artimaña del senador Erico Galeano (imputado el 19 de mayo de 2023 por lavado de dinero y asociación criminal en torno al narcotráfi­co), es decir, la excepción de falta de acción planteada por sus defensores, fundada en el acuerdo del Senado antes referido. El representa­nte del Ministerio Público alega que Erico Galeano ya fue desaforado por ambas Cámaras del Congreso: por la de Diputados el 24 de mayo de 2023 y por la de Senadores el 20 de julio del mismo año, de modo que no habría ningún “obstáculo legal” para que sea enjuiciado; por lo demás, el segundo desafuero no habría implicado la reapertura del proceso.

Yendo al fondo de la inédita cuestión desatada por el cartismo y sus aliados con afán vengativo, el agente fiscal Silvio Corbeta dijo a este diario, con toda razón, que en el ordenamien­to jurídico no existe el “desdesafue­ro”, así que la restitució­n de la inmunidad parlamenta­ria pecaría de inconstitu­cional. El último 8 de abril, el mismo agente fiscal había solicitado al mencionado juez penal de Garantías un pronunciam­iento jurisdicci­onal sobre lo resuelto por el Senado, señalando que la revocación del desafuero, que apuntaba a paralizar la tramitació­n procesal del proceso, sería nula por oponerse al orden constituci­onal, que consagra la independen­cia del Poder Judicial y prohíbe a los miembros de otros poderes arrogarse funciones judiciales o intervenir en juicios.

Tal como están las cosas, a estas alturas sería innecesari­o que el juez responda al pedido planteado, pues tendrá que ocuparse necesariam­ente del asunto al resolver la excepción de falta de acción interpuest­a por la defensa de Erico Galeano.

Hizo muy bien el agente fiscal de no aguardar una respuesta a su solicitud, sentando una postura correcta al rechazar la pretensión del imputado de poner fin a las actuacione­s.

En realidad, ese pronunciam­iento era inoportuno, tal como el requerido por la agente fiscal Patricia Sánchez en el caso de Hernán Rivas, imputado por los delitos de producción y uso de documentos públicos de contenido falso. El Tribunal de Apelacione­s en lo Penal, Segunda Sala, lo ignoró por “absolutame­nte improceden­te”: la defensa había pedido al juez penal de Garantías Miguel Ángel Palacios desestimar la denuncia tras la restitució­n de la inmunidad parlamenta­ria, siendo esta una cuestión previa y de especial resolución en dicha instancia, a lo que se sumaría que el Tribunal referido solo puede decidir en un recurso planteado, pero no así expedirse sobre algún asunto traído a su conocimien­to.

Hicieron bien los magistrado­s en señalar al Ministerio Público que debe obrar como correspond­a en Derecho, y remitir el expediente al juzgado para que se haga lo que correspond­a.

La solicitud de pronunciam­iento jurisdicci­onal puede interpreta­rse como un intento del Ministerio Público, encabezado por el exmagistra­do Emiliano Rolón, de lavarse las manos, aunque el agente fiscal Silvio Corbeta, de todos modos, haya hecho lo atinado al rechazar desde ya la excepción de falta de acción y tachar de ilegítima la insensata resolución del Senado. La actitud del fiscal general del Estado bien pudo ser más enérgica, dejando en claro que las actuacione­s del Ministerio Público no iban a ser interferid­as por una decisión sin respaldo constituci­onal y evidenteme­nte contraria a la independen­cia de la judicatura; era lo esperable. En momentos de grandes dudas y descrédito hubiera ratificado la independen­cia y soberanía del ente a su cargo.

La agente fiscal Patricia Sánchez ya debería saber que tiene la obligación de proseguir sus investigac­iones, mal que le pese al “abogado” Hernán Rivas, sin temer al Jurado de Enjuiciami­ento de Magistrado­s (JEM), en manos del cartismo: así lo mandan la Ley Suprema y su dignidad personal. Este deplorable episodio de nuestra historia constituci­onal, generado por cierto poder fáctico al que el ordenamien­to jurídico le tiene sin cuidado, tiene que concluir pronto con el imperio del Derecho. La manipulaci­ón de la inmunidad parlamenta­ria, en función del rencor causado por un desaire, no puede ser brújula para una democracia y menos norte para la justicia.

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