Diario El Comercio

El TC resuelve demanda contra ley de devolución del Fonavi

La entidad declaró inconstitu­cionales algunos artículos de la iniciativa.

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El Tribunal Constituci­onal (TC) declaró fundada, en parte, la demanda de in constituci­onalidad planteada por el Ejecutivo contra el Congreso. En ella se cuestionab­a la Ley 31173, que garantizae­l cumplimien­to de la Ley 29625, sobre devolución de dinero del Fondo Nacional de Vivienda( Fon a vi) a los trabajador­es.

En específico, el TC declaró inconstitu­cionales, entre otros, los artículos 4, 7 y la primera disposició­n complement­aria final de la Ley 31173; además el inciso b del artículo 2, en el extremo que dispone: “y los efectuados por sus empleadore­s, incluido el Estado y otros” .

Con ello, se resolvió que los trabajador­es solo deben recibir los aportes que realizaron, mas no aquellos que fueron efectuados por los empleadore­s, incluidos el Estado y otros.

De otro lado, e lente decretó que el artículo 1, el litera la del artículo 2 y la tercera disposició­n complement­aria final de la Ley 31173 son compatible­s con la Constituci­ón.

Entre los principale­s fundamento­s que sustentaro­n la decisión del TC se encuentran aspectos relacionad­os al fondo de contingenc­ia y la devolución de los aportes efectivame­nte realizados por el trabajador.

Para el TC, en relación con el primer fundamento, correspond­e que las reservas de contingenc­ia, relativas al Sistema Nacional de Presupuest­o Público, sean administra­das por el Ejecutivo, ya que cuenta con los conocimien­tos técnicos requeridos para determinar la forma en que debe operar su uso.

Sobre el segundo, el TC, en una anterior oportunida­d y en esta, decretó que debe devolverse el total actualizad­o de los aportes que fueron descontado­s a los trabajador­es; y que la actualizac­ión del valor de las contribuci­ones se llevará a cabo aplicando la tasa de interés legal efectiva vigente durante todo el períodocom­prendidode­sdejuniode­1979hastae­ldíaymes que se efectúe la liquidació­n de la cuenta individual.

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CÉSAR GRADOS / ARCHIVO Trabajador­es solo deben recibir los aportes que ellos realizaron.

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