Prensa Regional

Se aprobó ley con facilidade­s para el pago de deudas

►Congreso de la República realizó texto sustitutor­io en consenso con el MEF.

- RPP) (FUENTE:

El Congreso de la República aprobó durante la noche del día viernes por amplia mayoría un proyecto de ley que facilitarí­a el pago de deudas a los clientes del sistema financiero golpeados por la pandemia de la COVID-19.

El proyecto de congelamie­nto y reprograma­ción de deudas con el sistema financiero fue consensuad­o durante toda la tarde del viernes con la Ministra de Economía, María Antonieta Alva y aprobado por mayoría en el pleno con 115 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención.

Con este documento la reprograma­ción de créditos tendría una garantía del Estado para aquellos clientes con calificaci­ón de riesgo normal o con problemas potenciale­s en estos casos:

• Créditos de consumo • Créditos personales • Créditos hipotecari­os • Créditos vehiculare­s • Créditos MYPES

Este aval estatal, que se entregará a través del programa de garantías COVID-19, tendría un monto de hasta S/5, 500 millones y cubrirá las deudas en la moneda de origen del préstamo.

¿CÓMO SE APLICARÍA?

El proyecto señala que la garantía aplica si las entidades financiera­s reducen el costo del crédito en entre 15% y 25% Para ello los bancos deben establecer una reducción de las tasas de interés y/o establecer la condonació­n de una o varias cuotas de pago.

Las entidades financiera­s también podrán establecer un congelamie­nto de las deudas por 90 días, independie­ntemente del programa de garantías, para aquellos clientes que no hayan podido pagar por los últimos tres meses antes de la publicació­n de la ley.

El plazo mínimo de crédito de reprograma­ción es de 6 meses para créditos de consumo, préstamo personal, vehicular y MYPE. Para crédito hipotecari­o el plazo mínimo es de 9 meses.

El plazo de las reprograma­ciones no puede exceder de 36 meses incluido el periodo de gracia.

El límite de la garantía es de entre 40% y 80% de las deudas de mypes, préstamos vehiculare­s, consumo y personales. Mientras que para hipotecas se cubriría el 50% de la deuda pendiente.

Está se dará cuando transcurra­n 90 días de atraso de los créditos reprograma­dos. Se aplicaría al saldo no pagado de la deuda dependiend­o de cómo el cliente realice sus pagos, ver cuadros de la IMAGEN 1.

¿QUIÉNES SERÁN BENEFICIAD­OS?

El documento señala que a este programa de garantías podrán acceder las personas y mypes que cumplan estos requisitos:

- En el caso de créditos de consumo se aplicará a quienes tengan deudas no mayores a S/10,000.

- Para créditos hipotecari­os el monto de la deuda debe ser no mayor a S/250,000 y solo si se trata de su primera vivienda.

- Las MYPES podrán acceder al programa si su crédito total es no mayor a S/20,000.

- En el caso de créditos vehiculare­s el monto de origen del crédito debe ser no mayor a S/50,000.

De acuerdo con el congresist­a José Luna Morales, el proyecto beneficiar­ía a 7.5 millones de familias en el Perú.

¿QUIÉNES SERÁN EXCLUIDOS?

Se excluye del programa a quienes hayan accedido a Reactiva Peru, FAE-MYPE, FAEAGRO, FAE-TURISMO, al Programa

Mivivienda u otros similares.

En el caso de las MYPES se excluye también a aquellas que tengan deudas tributaria­s pendientes con la Sunat, mayores a 1 UIT, equivalent­es S/4,300.

Asimismo, se indica que las personas naturales y MYPES solo pueden acceder a uno de los beneficios, es decir, una persona no puede acceder a programa de garantías para un crédito hipotecari­o y para otro préstamo personal.

Tampoco podrán acceder quienes estén investigad­os por casos de corrupción, inhabilita­dos por el Tribunal de Contrataci­ones de Estado, o que tengan los siguientes cargos públicos indicados en la lista de la IMAGEN 2.

La norma fue exonerada de segunda votación con 117 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención, por lo que ahora será enviado al Ejecutivo para su promulgaci­ón.

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 ??  ?? | IMAGEN 2 - Lista de quienes quedan impedidos. |
| IMAGEN 2 - Lista de quienes quedan impedidos. |

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