Prensa Regional

“Es inconstitu­cional” la norma que permite a Sunat tener acceso a cuentas con S/10 000 a más

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Los peruanos tienen el derecho fundamenta­l a la intimidad financiera, que tiene dos dimensione­s: el secreto bancario y reserva tributaria, dijo Enrique Ghersi.

El abogado Enrique Ghersi indicó que el Decreto Supremo 430-2020-EF que establece que Sunat tenga acceso a cuantas de ciudadanos con S/10,000 a más es inconstitu­cional. En conversaci­ón con RPP Noticias, dijo que los peruanos tienen el derecho fundamenta­l a la intimidad financiera, que tiene dos dimensione­s: el secreto bancario y reserva tributaria.

“No puede haber una norma que de manera indiscrimi­nada que diga que los bancos van a mandar promedios de cuánto gasta y cuánto percibe la gente, porque eso viola el secreto bancario y reserva tributaria”, dijo Ghersi.

El abogado manifestó que cualquier ciudadano puede presentar una acción popular en contra de este Decreto Supremo. “Esta regulación ha ido más allá de lo que permite el Tribunal Constituci­onal. La inconstitu­cionalidad es evidente”, manifestó.

Según manifestó Ghersi, esta norma es excesivame­nte reglamenta­rista y favorece la informalid­ad. “La gente va a huir del sistema bancario”, dijo.

LO QUE ENTRA EN VIGENCIA

La Superinten­dencia Nacional de Aduanas y de Administra­ción Tributaria (SUNAT) tendrá acceso a todas las cuentas en entidades financiera­s que tengan montos iguales o mayores a S/ 10,000.

Esta medida, indicada en el reglamento del Decreto Legislativ­o 1434, se establece como parte de la lucha contra la evasión y elusión.

Estos datos permitirán que la Sunat realice verificaci­ones y detecte posibles inconsiste­ncias que puedan constituir indicios razonables de evasión o elusión tributaria.

Las empresas del sistema financiero deberán brindar esta informació­n, de unas 260 mil cuentas de ciudadanos y empresas, a la Sunat de manera mensual. [Fuente: RPP]

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