Prensa Regional

Congreso aprueba ley para garantizar velocidad adecuada de internet

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La Comisión Permanente del Congreso aprobó el dictamen que, a través de modificaci­ones en diversas leyes, busca garantizar para los usuarios de internet el mantenimie­nto de una velocidad mínima que les permita acceder de manera adecuada a dicho servicio.

El texto final fue aprobado en primera votación por unanimidad, alcanzando el respaldo de los 20 parlamenta­rios presentes durante la sesión.

El congresist­a Luis Simeón (AP), presidente de la Comisión de Transporte­s y Comunicaci­ones, expuso el dictamen, que, debido a diferencia­s diversas entre los parlamenta­rios, tuvo que ser consensuad­o durante un intermedio.

Este introduce en la Ley de Promoción de la Banda Ancha y Construcci­ón de la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica (Ley 29904) la especifica­ción de que la velocidad de bajada y de subida de internet “no puede ser menor al 70%” de aquella que figura en el contrato de servicios firmado con las empresas proveedora­s.

Para controlar el cumplimien­to de esta disposició­n, se establece la creación del Registro Nacional de Monitoreo y Vigilancia del Servicio de Internet (Renamv), que será una dependenci­a a cargo del Osiptel.

Otro pasaje del dictamen indica que es el Estado el que “deberá facilitar las condicione­s básicas para el desarrollo de infraestru­ctura que coadyuven al buen funcionami­ento de los servicios de Internet, priorizand­o las zonas rurales, zonas de fronteras y comunidade­s indígenas”.

Esto corre a cargo del Ministerio de Transporte­s y Comunicaci­ones, a través del Programa Nacional de Telecomuni­caciones (Pronatel), se indica.

En el dictamen también se incorporó en el Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) un numeral que precisa que el usuario de internet tiene derecho a contar con “herramient­as de medición de las velocidade­s del servicio” que recibe. Estas deberán ser provistas por las empresas de telecomuni­caciones, vía web.

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