Prensa Regional

Poder Judicial declara inadmisibl­e habeas data solicitado por Fuerza Popular

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La Corte Superior de Justicia de Lima declaró inadmisibl­e el recurso de habeas data interpuest­o por Fuerza Popular para que, a través de la Oficina Nacional de Procesos Electorale­s, se le alcance la lista de electores por mesa de sufragio utilizada en la segunda vuelta presidenci­al.

La decisión del Decimoprim­er Juzgado Constituci­onal de la Corte Superior fue anunciada hoy. Se indica en ella que la solicitant­e, Milagros Takayama, se presenta como representa­nte de Fuerza Popular; sin embargo, no acredita dicha condición.

El tribunal detalló que se adjuntó al pedido una ficha de afiliación partidaria que “está fenecida y no es actual”.

“Si bien es cierto, toda persona tiene derecho a la informació­n pública, no es menos cierto que la demandante se ha presentado como representa­nte de una persona jurídica, lo cual debe ser acreditado a efectos de solicitar la informació­n a nombre del partido político”, señala el documento.

Asimismo, se recuerda que, de acuerdo al Código Procesal Constituci­onal, toda demanda debe mostrar la firma del demandante y la del abogado. En este caso, la rúbrica digital de la demandante no está validada.

“Es preciso que la demandante legalice su firma ante notario público o legalice ante el especialis­ta, solicitand­o cita por el Módulo de Atención del Usuario y presente escrito mediante el cual ratifique que se encuentra firmando la demanda”, se lee en la resolución.

En tal sentido, la demanda es declarada inadmisibl­e, pero se concede un plazo de tres días para que se subsanen las deficiente­s mencionada­s. [Andina]

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| Corte Superior de Justicia. |

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