Desautorizado el DACO en pleito con transportistas
El secretario insiste en que puede combatir acuerdos que entienda intentan restringir el libre comercio
La guerra legal entre porteadores escolares, la Oficina de Asuntos Monopolísticos (OAM) del Departamento de Justicia y el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) podría llegar al Tribunal Supremo, anticipó ayer el secretario del DACO, Nery E. Adames Soto.
El funcionario adelantó que solicitarán al Tribunal de Apelaciones que reconsidere su determinación del 5 de marzo, en la que revocó una resolución sumaria del DACO que declaraba ha lugar tres querellas de la OAM contra transportistas por, supuestamente, incurrir en “un acuerdo ilegal de restricción del comercio en el mercado de transportación”.
En una resolución del 30 de mayo de 2014, el DACO ordenó a los transportistas a desistir de acordar, fijar, controlar o limitar los servicios de transportación en ningún sector geográfico de Puerto Rico, y les impuso multas de $5,000 a cada una de las 34 empresas de transporte implicadas.
La sentencia del Apelativo fue en respuesta a un recurso de revisión que sometió el grupo de porteadores para cuestionar al DACO. Indica que la OAM presentó tres querellas contra los proveedores de servicios de transportación imputándoles violar la Ley de Monopolio y Restricción al Comercio (Ley 77 de Monopolios), así como el Reglamento VII de Competencia Justa de la OAM.
Las supuestas violaciones se relacionan con tres casos en los que luego de que varios porteadores se opusieran a los planes de expansión de otro transportista, llegaron a acuerdos mediados por la Comisión de Servicio Público (CSP) -entidad que regula su operación- limitando el crecimiento del competidor.
“La Oficina de Asuntos Monopolísticos ha radicado varios casos contra varios grupos de transportistas a los que les imputan la misma práctica, que se ponen de acuerdo cuando va un nuevo transportista a solicitar otras rutas y otros medios de transporte para interferir y evitar que se amplíe la competencia. Si se logra aplastar la competencia, eso va en detrimento del Departamento de Educación porque son menos competidores y se pueden establecer tarifas (menos competitivas). Esto es un ‘modus operandi’ ”, planteó Adames Soto.
“En los casos que ha atendido el DA- CO, lo que se demuestra es que esto es un ‘modus operandi’ de los que ya tienen licencia para impedir la competencia. No es que antes de un procedimiento se ponen de acuerdo, sino que es un ‘modus operandi’ de un grupo de transportistas que evitan la competencia. Hay jurisprudencia amplia en varios estados de Estados Unidos que narra este mismo ‘modus operandi’. No es un asunto de buena fe”, agregó el secretario.
Aclaró que es la OAM de Justicia la entidad llamada a hacer la investigación y a presentar un caso contra cualquier parte comercial -en este caso, el transportista- que entienda incurre en alguna práctica monopolística. “El querellante es la Oficina de Asuntos Monopolísticos. Ellos investigan, presentan el caso y el DACO asume una posición de foro administrativo, adjudicativo”, indicó.
LA AGENCIA ERRÓ. Sin embargo, en este caso el Tribunal Apelativo entendió que el DACO erró, no solo al pretender intervenir con los procesos de otra agencia del Estado, la Comisión de Servicio Público, sino al multar a todos los transportistas implicados, incluso los que acordaron desistir de sus planes iniciales.
“Una vez una persona o entidad presenta su solicitud ante la Comisión, se activa su jurisdicción y es esta quien evalúa la propuesta, las opciones, modificaciones y los acuerdos a los que las partes llegaron, tal como ocurrió en este caso”, lee la sentencia del Apelativo.
“Por tanto, no podemos fraccionar los procesos una vez se somete el asunto ante la Comisión. De modo que los acuerdos que la OAM cuestionó ante el DACO estuvieron sujetos a la reglamentación del organismo público que gobierna las actividades de las empresas de servicio”, añade.
Más adelante señala que en este caso el DACO actuó “sin jurisdicción”, y agrega que “más preocupante aun es que el DACO no solo sancionó a los opositores, a quienes se les ha reconocido su derecho formar parte (sic.) de los procedimientos, sino también sancionó a los proponentes Carlos A. Pérez Justiniano y Néstor González al imponerles una multa de $5,000, todo por llegar a unos acuerdos tran- saccionales ante otra agencia administradora”.
José Rosado, presidente de la Federación de Porteadores Escolares, afirmó que “esto es un intento de manchar la imagen de los transportistas”.
“El DACO está en todo su derecho de buscar una reconsideración de la sentencia porque así lo permite la ley, sin embargo, estamos seguros de que esta sentencia del Tribunal Apelativo va a prevalecer, ya que la misma va acorde a lo que siempre hemos indicado de que la ley era clara y aquí no se violaron ningunas leyes”, agregó Rosado a través de su portavoz, Mari Carmen Schell.
Adames Soto explicó que el DACO tiene 30 días naturales desde el 6 de marzo para acudir al Supremo, pero solicitarán al Apelativo reconsiderar su sentencia.
“Hay que tener cuidado con los asuntos monopolísticos porque si le abres la puerta a que cualquier compañía o industria pueda tener la mera posibilidad de establecer acuerdos en contra del libre mercado y la justa competencia, eso es muy peligroso para el País. Me parece fundamental que el Tribunal Supremo aclare la jurisdicción de cada quien”, opinó.