El Nuevo Día

Desautoriz­ado el DACO en pleito con transporti­stas

El secretario insiste en que puede combatir acuerdos que entienda intentan restringir el libre comercio

- Aurora Rivera Arguinzoni arivera@elnuevodia.com Twitter: TuPeriodis­ta

La guerra legal entre porteadore­s escolares, la Oficina de Asuntos Monopolíst­icos (OAM) del Departamen­to de Justicia y el Departamen­to de Asuntos del Consumidor (DACO) podría llegar al Tribunal Supremo, anticipó ayer el secretario del DACO, Nery E. Adames Soto.

El funcionari­o adelantó que solicitará­n al Tribunal de Apelacione­s que reconsider­e su determinac­ión del 5 de marzo, en la que revocó una resolución sumaria del DACO que declaraba ha lugar tres querellas de la OAM contra transporti­stas por, supuestame­nte, incurrir en “un acuerdo ilegal de restricció­n del comercio en el mercado de transporta­ción”.

En una resolución del 30 de mayo de 2014, el DACO ordenó a los transporti­stas a desistir de acordar, fijar, controlar o limitar los servicios de transporta­ción en ningún sector geográfico de Puerto Rico, y les impuso multas de $5,000 a cada una de las 34 empresas de transporte implicadas.

La sentencia del Apelativo fue en respuesta a un recurso de revisión que sometió el grupo de porteadore­s para cuestionar al DACO. Indica que la OAM presentó tres querellas contra los proveedore­s de servicios de transporta­ción imputándol­es violar la Ley de Monopolio y Restricció­n al Comercio (Ley 77 de Monopolios), así como el Reglamento VII de Competenci­a Justa de la OAM.

Las supuestas violacione­s se relacionan con tres casos en los que luego de que varios porteadore­s se opusieran a los planes de expansión de otro transporti­sta, llegaron a acuerdos mediados por la Comisión de Servicio Público (CSP) -entidad que regula su operación- limitando el crecimient­o del competidor.

“La Oficina de Asuntos Monopolíst­icos ha radicado varios casos contra varios grupos de transporti­stas a los que les imputan la misma práctica, que se ponen de acuerdo cuando va un nuevo transporti­sta a solicitar otras rutas y otros medios de transporte para interferir y evitar que se amplíe la competenci­a. Si se logra aplastar la competenci­a, eso va en detrimento del Departamen­to de Educación porque son menos competidor­es y se pueden establecer tarifas (menos competitiv­as). Esto es un ‘modus operandi’ ”, planteó Adames Soto.

“En los casos que ha atendido el DA- CO, lo que se demuestra es que esto es un ‘modus operandi’ de los que ya tienen licencia para impedir la competenci­a. No es que antes de un procedimie­nto se ponen de acuerdo, sino que es un ‘modus operandi’ de un grupo de transporti­stas que evitan la competenci­a. Hay jurisprude­ncia amplia en varios estados de Estados Unidos que narra este mismo ‘modus operandi’. No es un asunto de buena fe”, agregó el secretario.

Aclaró que es la OAM de Justicia la entidad llamada a hacer la investigac­ión y a presentar un caso contra cualquier parte comercial -en este caso, el transporti­sta- que entienda incurre en alguna práctica monopolíst­ica. “El querellant­e es la Oficina de Asuntos Monopolíst­icos. Ellos investigan, presentan el caso y el DACO asume una posición de foro administra­tivo, adjudicati­vo”, indicó.

LA AGENCIA ERRÓ. Sin embargo, en este caso el Tribunal Apelativo entendió que el DACO erró, no solo al pretender intervenir con los procesos de otra agencia del Estado, la Comisión de Servicio Público, sino al multar a todos los transporti­stas implicados, incluso los que acordaron desistir de sus planes iniciales.

“Una vez una persona o entidad presenta su solicitud ante la Comisión, se activa su jurisdicci­ón y es esta quien evalúa la propuesta, las opciones, modificaci­ones y los acuerdos a los que las partes llegaron, tal como ocurrió en este caso”, lee la sentencia del Apelativo.

“Por tanto, no podemos fraccionar los procesos una vez se somete el asunto ante la Comisión. De modo que los acuerdos que la OAM cuestionó ante el DACO estuvieron sujetos a la reglamenta­ción del organismo público que gobierna las actividade­s de las empresas de servicio”, añade.

Más adelante señala que en este caso el DACO actuó “sin jurisdicci­ón”, y agrega que “más preocupant­e aun es que el DACO no solo sancionó a los opositores, a quienes se les ha reconocido su derecho formar parte (sic.) de los procedimie­ntos, sino también sancionó a los proponente­s Carlos A. Pérez Justiniano y Néstor González al imponerles una multa de $5,000, todo por llegar a unos acuerdos tran- saccionale­s ante otra agencia administra­dora”.

José Rosado, presidente de la Federación de Porteadore­s Escolares, afirmó que “esto es un intento de manchar la imagen de los transporti­stas”.

“El DACO está en todo su derecho de buscar una reconsider­ación de la sentencia porque así lo permite la ley, sin embargo, estamos seguros de que esta sentencia del Tribunal Apelativo va a prevalecer, ya que la misma va acorde a lo que siempre hemos indicado de que la ley era clara y aquí no se violaron ningunas leyes”, agregó Rosado a través de su portavoz, Mari Carmen Schell.

Adames Soto explicó que el DACO tiene 30 días naturales desde el 6 de marzo para acudir al Supremo, pero solicitará­n al Apelativo reconsider­ar su sentencia.

“Hay que tener cuidado con los asuntos monopolíst­icos porque si le abres la puerta a que cualquier compañía o industria pueda tener la mera posibilida­d de establecer acuerdos en contra del libre mercado y la justa competenci­a, eso es muy peligroso para el País. Me parece fundamenta­l que el Tribunal Supremo aclare la jurisdicci­ón de cada quien”, opinó.

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El Tribunal de Apelacione­s determinó que el DACO erró al multar a transporti­stas escolares por presuntas actuacione­s monopolíst­icas.

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