“Ley Seca”: Largo historial de prohibición
Recientemente, tras la falta de planificación para la puesta en vigor del estatuto durante un evento primarista, este volvió a encender la controversia legislativa y de país sobre su aplicación
La llamada Ley Seca, que aún sobrevive en el ordenamiento jurídico puertorriqueño, luce en 2016 tan anacrónica como el propio lenguaje que la establece en el Código Electoral de Puerto Rico. A pesar del nombre con el que se le conoce a esta prohibición de vender o consumir bebidas alcohólicas, la realidad es que la “ley seca” que tanto ha sido criticada en las pasadas semanas surge de un artículo más de los tantos que conforman el estatuto de 2011 que rige los asuntos relacionados con las elecciones en el País. Con un “toda persona que abriere u operare un establecimiento”, comienza el artículo 12.021 del Código Electoral para el Siglo 21, que reproduce la redacción que se incorporó en la ley electoral de 1974 y que utiliza esos verbos del subjuntivo que prácticamente no se escuchan en las calles de este país.
Desde entonces, la “ley seca” sí ha sufrido varias enmiendas, algunas para endurecer las penas a las que se exponen quienes la violen y otras para aclarar a quién le aplica la prohi- bición. Ninguna, sin embargo, se ha acercado siquiera a una posible eliminación.
En el Código Electoral vigente se advierte a los ciudadanos que, si alguno vende o consume alcohol, incluso en su casa, entre la medianoche y las 9:00 de la noche de la jornada de un evento electoral, se expone a una pena de cárcel de hasta 90 días, una multa de $5,000 y, en el caso de los negocios, a la cancelación de la licencia para el expendio de bebidas alcohólicas.
Ahora, la Cámara pretende enmendar esa prohibición, pero no para eliminarla por completo, como establecía un proyecto que radicó en marzo de 2014 el representante popular Ángel Matos García, sino para limitar el tiempo de aplicación. Tras ignorar por dos años la medida de Matos García, en menos de una semana la Comisión cameral de Gobierno convocó a una vista pública sobre el proyecto y presentó un informe que recomendaba su aprobación con enmiendas, todo a prisa como respuesta a la controversia que provocó la posible aplicación de la ley seca durante las primarias del Partido Republicano en Puerto Rico el pasado
6 de marzo.
Con la versión enmendada que aprobó el pleno de la Cámara un día después, el proyecto, que se encuentra ahora ante la consideración del Senado, establece que no se podrá vender o consumir bebidas embriagantes el día de una elección entre las 8:00 de la mañana y las 3:00 de la tarde, el tiempo en que están abiertos los colegios electorales.
Ya en el pasado se ha intentado aprobar legislación similar, casi siempre en años electorales y, en todos los casos, con la misma suerte: el proyecto muere entre los mármoles del Capitolio.
ORIGEN DE LA PROHIBICIÓN. La historia de la prohibición de la venta y consumo de alcohol en Puerto Rico precede a las limitaciones asociadas a los eventos electorales y las emergencias, como ante el paso de tormentas o huracanes.
En 1917, con la Ley Jones que otorgó la ciudadanía estadounidense a los puertorriqueños, llegó también una disposición para prohibir la importación, fabricación, venta, cesión y hasta dar como regalo cualquier bebida o droga embriagante, como explica Mayra Rosario Urrutia, catedrática de Historia de la Universidad de Puerto Rico en Río Piedras.
“La conocida ‘Ley Seca’ estuvo vigente en la Isla desde un año antes de que se adoptara nacionalmente en Estados Unidos mediante la incorporación de la Enmienda 18 en la Constitución”, explicó Rosario Urrutia a El Nuevo Día.
La profesora precisó que la cláusula que se incorporó en la Ley Jones y que debió ratificarse mediante referéndum en la Isla fue el resultado de una petición de dos misioneras radicadas en Puerto Rico que pertenecían a una poderosa organización prohibicionista estadounidense.
“La primera petición solicitando la prohibición del alcohol para Puerto Rico fue dirigida (por ellas) al entonces presidente Woodrow Wilson en 1915”, indicó Rosario Urrutia, quien investigó sobre la aplicación de la prohibición en Puerto Rico para su tesis doctoral.
La cláusula fue ratificada en la Isla en referéndum, y contó con el respaldo, entre otros, de la comunidad religiosa protestante, el Partido Socialista y agrupaciones prohibicionistas, algunas de mujeres, que en 1917 todavía no tenían derecho al voto.
La especialista indicó que los 16 años en que estuvo vigente la prohibición, entre 1918 y 1934, un año después que en Estados Unidos, en la Isla se intensificó “una cultura alambiquera y eventualmente de un rechazo colectivo a la misma ley que se había aprobado”.
Pero los detractores habían aparecido incluso antes de que se celebrara aquella votación, y esa reprobación provenía de algunos líderes políticos y, en gran parte, de comerciantes que veían la prohibición como una amenaza para la economía de sus negocios.
CIEN AÑOS DESPUÉS, EL MISMO ARGUMENTO. A pesar de la gran distancia en el tiempo, los reclamos de empresarios, líderes culturales, deportivos, y de algunos políticos, entre ellos alcaldes y legisladores, parecen un calco de aquellos que se esgrimían a principios del siglo 20 y durante los 16 años que duró la veda total para las bebidas embriagantes.
Tanto se parecen que el argumento de que la prohibición afecta la economía es el mismo que ha conseguido los pocos cambios que se le han realizado a la aplicación de la ley seca durante los eventos electorales, como permitir la venta y consumo en lugares turísticos.
Incluso, en 2005, para defender su propuesta legislativa, el entonces representante novoprogresista Nor
man Ramírez aseguró que una enmienda como la que él proponía –reducir el horario de aplicación de 2:00 de la mañana a 3:00 de la tarde– beneficiaría la ya entonces maltrecha economía del país.
“Entendemos que la medida aquí propuesta ayuda a incentivar la industria del turismo, así como la economía del país, en una época en la cual Puerto Rico atraviesa una crisis fiscal”, dijo en aquel momento el legislador. Su proyecto no fue aprobado. En 2008, los representantes novoprogresistas Jenniffer González y
Pedro Cintrón radicaron otra medida para excluir varias instalaciones como los coliseos de Puerto Rico y Roberto Clemente y el Centro de Convenciones de la aplicación de la prohibición durante eventos electorales.
En ese caso, el proyecto logró la aprobación en la Cámara y luego en el Senado. Pero ese cuerpo hermano le incorporó enmiendas que luego no obtuvieron el favor de la mayoría de los representantes. Fue, como tantos otros durante la pasada década, un intento infructuoso.