Incierto el impacto de los acuerdos en los empleados
Más allá de los salarios, existen beneficios laborales que tienen los trabajadores públicos que podrían ser trastocados con las alianzas público privadas
Pese a las garantías de beneficios marginales y salario contemplados en la Ley de Empleador Único, aún es desconocido el impacto real que tendría sobre los derechos laborales el movimiento de personal gubernamental a las Alianzas Público Privadas (APP), opinó el exsecretario del Trabajo, Frank Zorrilla.
El Plan Fiscal para Puerto Rico (PFPR) incluye, expresamente, como áreas de potencial desarrollo de APP la Lotería de Puerto Rico, los parques nacionales, paradores, la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE) y estacionamientos públicos, entre otros.
De acuerdo con la Ley de Empleador Único, aprobada recientemente por el gobernador Ricardo Rosselló Nevares, “en todo contrato de Alianzas Público Privadas Participativas (APP+P), aquellos empleados del Gobierno que sean transferidos a la (APP+P) mediante el mecanismo de movilidad, conservarán su salario y los beneficios marginales que tuvieran al momento de producirse la movilidad, siendo la (APP+P) responsable de asumir las obligaciones correspondientes a dicha transacción de personal; esto salvo que el empleado y/o el sindicato que lo represente, llegue a otros acuerdos al momento de realizarse la movilidad”.
El estatuto dispone, además, que a estos empleados no les será aplicable la Reforma Laboral. La Ley de Transformación y Flexibilización Laboral –aprobada a inicios de este año– recorta beneficios de licencias para empleados nuevos y hace múltiples cambios en estatutos existentes, incluida la Ley 80 de Despido Injustificado.
Específicamente, la Reforma implementó horarios flexibles, redujo el bono de Navidad, recortó los días de vacaciones y la paga por las horas extra, e implementó un período de prueba de nueve meses. Además, derogó la Ley de Cierre que autorizaba paga adi- cional para empleados de comercios que trabajan en jornada dominical.
“Las APP tienen el propósito de hacer que funciones que tiene el gobierno pasen a manos privadas. Dependiendo del contrato que hagan el gobierno y la empresa privada, se conocerá si se verán afectados o no los empleados”, expresó Zorrilla.
Sin embargo, dijo, el movimiento de empleados no puede ser oneroso ni caprichoso y tampoco debe representar un despido constructivo, el cual se produce cuando un patrono toma medidas contra el empleado con una única intención de que éste renuncie.
El exfuncionario recordó que existe jurisprudencia que apunta a que un empleado público que pasa a la empresa privada pierde su antigüedad. “El Tribunal Supremo dijo que empezaban en cero. Pero eso depende del contrato que firmen. No puedo emitir una opinión general, pues se verá caso a caso”, señaló.
En cuanto al derecho propietario de los empleados públicos a su puesto –el cual garantiza que el mismo no les sea privado sin el debido proceso de ley, que incluye una vista administrativa–, Zorrilla expresó categóricamente que, desde la Ley 7 de Emergencia Fiscal de 2009, ese derecho no es respetado cabalmente.
“Verdaderamente, (el derecho propietario) sí existe en los papeles, en los libros, pero en la realidad, no. En la Ley 7 no se respetó eso”, apuntó.
“Hay que esperar a que se den los movimientos (de APP) y ver cómo se implementa”, agregó.
HABRÁ QUE NEGOCIAR.
De forma similar se expresó Mario Negrón Portillo, catedrático de la Escuela Graduada de Administración Pública de la Universidad de Puerto Rico. “Tengo la sospecha de que cuando tú pasas a la empresa privada, tú pierdes lo que tienes en el gobierno, a menos que el gobierno exija como condición para formalizar el acuerdo que los derechos de los empleados sean protegidos”, opinó.
“Si tú los negocias como un acuerdo, podrían permanecer. Pero si no es así, yo dudo que tú puedas obligar a la empresa privada a garantizar unos derechos”, agregó.
Por su parte, el administrador de la Administración de Alianzas Público Privadas (AAPP), Omar Marrero, insistió en que el compromiso del gobernador Rosselló Nevares es que la implementación de las APP no conllevará despidos de empleados públicos.
“Aquí el proponente que emita una propuesta (para APP) que dé mayor participación a empleados públicos va a ser vista con mejores ojos y será favorecida”, agregó.
De acuerdo con Marrero, los empleados públicos que no pasen a las APP porque la empresa privada que suscriba una alianza no quiera absorberlos, serán reubicados en otras áreas del gobierno donde exista necesidad.
“Dependiendo del contrato que hagan el gobierno y la empresa privada, se conocerá si se verán afectados o no los empleados” FRANK ZORILLA Exsecretario del Departamento del Trabajo
“Yo dudo que tú puedas obligar a la empresa privada a garantizar unos derechos (a los empleados)” MARIO NEGRÓN PORTILLO Catedrático de la Escuela Graduada de Administración Pública