El Nuevo Día

La Junta manda sobre la Legislatur­a

- Irene Garzón Fernández Periodista

Como aquel mítico eslogan de Los Rayos Gamma, “ofendiendo a todos por igual”. Ese es el caso de la Junta de Supervisió­n Fiscal (JSF) federal con respecto a la Legislatur­a de Puerto Rico, sobre la cual tiene tanta injerencia como la que tiene con el resto del Gobierno.

La Legislatur­a está renuente a aceptar que los poderes de la Junta también alcanzan a la Rama Legislativ­a, que parece interpreta­r acomodatic­iamente la Ley federal PROMESA, que creó el organismo para atender la crisis fiscal y económica por la que atraviesa Puerto Rico.

Para quienes todavía lo dudan, vamos a ver aquí qué es lo que dispone el estatuto federal aprobado el año pasado en la postrimerí­a de la administra­ción de Barack Obama.

La Ley PROMESA incluye a la Legislatur­a. Más aún, el estatuto le confiere a la Junta autonomía total, lo que la hace intocable para las cámaras legislativ­as boricuas.

“Ni el gobernador ni la Legislatur­a podrá: 1) ejercer ningún control, supervisió­n o revisión con respecto a la Junta de Supervisió­n o sus actividade­s; 2) promulgar, implementa­r o hacer cumplir cualquier estatuto, resolución, política o norma que menoscabar­ía o frustraría los propósitos de esta ley, según lo determine la Junta de Supervisió­n”, dispone el estatuto con respecto a la autonomía del organismo en sus secciones 108 (a)(1) y (2).

Más claro no canta un gallo. Lo que esto quiere decir es que, parafrasea­ndo a Cuca Gómez, aquel personaje de la televisión que creó Otilio Warrington “Bizcocho”, la Junta lo fabrica, la Junta lo usa y la Junta lo recomienda.

Sin lugar a dudas, la Junta Fiscal tiene “control exclusivo” de los procesos para asegurar la aprobación e implantaci­ón de los planes fiscales y tiene la autoridad de requerir que el gobierno de Puerto Rico incluya en ellos cualquier recomendac­ión del organismo, aunque la Legislatur­a o el gobernador las hayan rechazado previament­e. Así se consigna en la Sección 201 de la Ley PROMESA.

Además, se dispone que la Junta puede hacer las correccion­es necesarias en los gastos gubernamen­tales para asegurar que cumplan con el Plan Fiscal certificad­o por el organismo. O sea, que puede modificar según su criterio el presupuest­o del Gobierno.

Asimismo, la Junta tiene facultad de congelar plazas de trabajo y prohibir cualquier tipo de contrataci­ón y transacció­n financiera que no cumpla con el susodicho Plan Fiscal, lo que segurament­e ha puesto nerviosos a los legislador­es.

Vemos así que la Legislatur­a no puede andar por la libre y que tiene que ajustarse a los parámetros establecid­os por la Junta Fiscal con la autoridad que le otorga la Ley PROMESA, de la misma forma que está obligado a hacerlo el resto del Gobierno.

En ese sentido, como le recordó recienteme­nte la Junta en cartas al gobernador Ricardo Rosselló Nevares y a los presidente­s legislativ­os, Carlos “Johnny” Méndez y Thomas Rivera Schatz, es mandatorio que toda legislació­n sea presentada por el primer ejecutivo al organismo federal, acompañada de un estimado de costos y un certificad­o de cumplimien­to con el Plan Fiscal.

Más todavía, si se incumple con algunos de estos requisitos, la Junta está autorizada a impedir la implantaci­ón de dicha ley o a tomar “cualquier otra acción” que considere necesaria, de acuerdo a las disposicio­nes de la sección 204 (a)(1) y (a)(5) del estatuto federal.

No estamos diciendo que la Ley PROMESA y todo lo que el estatuto dispone sea bueno o malo, esa es otra discusión.

Aquí simplement­e consignamo­s la realidad con la que tienen que comenzar a lidiar aquellos funcionari­os, electos o designados, que están en negación con respecto a los poderes que sobre sus actos tiene la Junta Fiscal.

Al que le caiga el sayo…

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