Jueza ordena restituir Comisión para la Auditoría
El Tribunal de Primera Instancia falló a favor de los demandantes contra la decisión del gobernador
La jueza Lauracelis Roques Arroyo, del Tribunal de Primera Instancia, ordenó la restitución de los miembros expulsados de la Comisión para la Auditoría Integral del Crédito Público.
El 25 de febrero, el presidente del Sindicato Puertorriqueño de Trabajadores (SPT) y de la desmantelada comisión, Roberto Pagán Rodríguez, y los profesores José González y José Alameda Lozada demandaron al gobernador Ricardo Rosselló por expulsarlos de la Comisión que fue creada por la Ley 21 del 2016.
El tribunal dispuso que procede la concesión del injuction preliminar y permanente con el que “se le ordena a la parte demandada (gobernador Ricardo Rosselló) a cesar y desistir de intervenir indebidamente con la Comisión mediante la destitución de sus miembros”, dicta la sentencia emitida por la jueza Roques Arroyo.
Esta semana, el gobernador Rosselló González ha reiterado que la auditoría no es necesaria y que no asignará fondos para esos efectos, y ha dicho en varias ocasiones que los tribunales deben auditar la deuda. Sin embargo, se ha estipulado que no le toca al tribunal realizar la auditoría.
“La determinación de la jueza muestra que teníamos razón al plantear que era improcedente la destitución de los representantes del interés público en la Comisión de Auditoría Integral por parte del gobernador. Esto nos permitirá retomar la importante labor de la Comisión, y conocer cuál es el monto real de la deuda, el uso que se le dio al dinero producto de los préstamos tomados. Además, si en efecto se violó o no la Constitución y las leyes de Puerto Rico en varias de las emisiones de bonos y quienes fueron los responsables de las posibles violaciones”, expresó Pagán Rodríguez en declaraciones escritas.
“Esperamos que no haya más intentos de evitar que se realice esta auditoría y que nuestro país conozca la verdad sobre el proceso de endeudamiento que nos ha sumido en la crisis que hoy vivimos. Los tribunales no investigan, determinan a base de la prueba presentada”, añadió.
“Se le ordena a la parte demandada (gobernador Ricardo Rosselló) a cesar y desistir de intervenir indebidamente con la Comisión mediante la destitución de sus miembros”. SENTENCIA DE LA JUEZA LAURACELIS ROQUES ARROYO