Metro Puerto Rico

Supremo EE. UU. retrata la falta de soberanía de P. R.

Sin soberanía. Según el Supremo federal, Puerto Rico no tiene autoridad para procesar por delito luego de que la fiscalía federal ha procesado al individuo por los mismos hechos delictivos

- SARAH VáZQUEZ PéREZ @SARAHFVAZQ­UEZ

En su decisión del caso Sánchez Valle, el máximo foro judicial de Estados Unidos puso en blanco y negro que el estatus territoria­l de Puerto Rico no le brinda soberanía real. El caso se trataba sobre la doble exposición de un acusado en un caso criminal.

En una decisión que muchos han catalogado como un golpe mortal para el Estado Libre Asociado, el Tribunal Supremo federal decidió que Puerto Rico no tiene soberanía propia para procesar por delito luego de que la fiscalía federal ha procesado a un individuo por los mismos hechos delictivos.

En la decisión que emitió la Corte Suprema por voz de la jueza Elena Kagan, con votación 6 a 2, se establece que “en el caso de Puerto Rico, ya que el Congreso aprobó su Constituci­ón, a partir de la cual fluye su poder fiscalizad­or, se prohíbe a Puerto Rico y a Estados Unidos procesar a una persona por el mismo delito”.

Kagan apuntó, además, que “lo más pertinente en este caso es que esta Corte concluye, en las primeras décadas del siglo pasado, que los territorio­s de Estados Unidos, incluyendo la incorporac­ión previa de Puerto Rico, en sí no son soberanos”.

En contraste, tomando en cuenta las implicacio­nes que podría tener la determinac­ión en los ámbitos jurídico, político, social y económico, la jueza asociada Sonia Sotomayor y el juez asociado Stephen Breyer emitieron una opinión en contra.

En una defensa basada en la aplicabili­dad de la Ley Pública 600 (Ley del Congreso para la Organizaci­ón de un Gobierno Constituci­onal por el Pueblo de Puerto Rico, promulgada el 3 de julio de 1950), ambos enumeran una serie de argumentos a favor de la autonomía legislativ­a y judicial de Puerto Rico.

“El Congreso, en la promulgaci­ón de la Ley de Relaciones Federales de Puerto Rico (es decir, la Ley 600), determinó que el estatus político de Puerto Rico podría, para propósitos de la doble exposición en casos criminales, posteriorm­ente abarcar la autoridad soberana, promulgar y encargarse de hacer cumplir en virtud de sus propias leyes penales. Varias considerac­iones apoyan esta conclusión”, puntualiza­n en el documento de 38 páginas.

El gobernador Alejandro García Padilla aseguró que la determinac­ión “no menoscaba los poderes de nuestra autonomía actual”, pero solicitó deponer ante el Comité Especial de Descoloniz­ación de las Naciones Unidas en la sesión pautada para el próximo 20 de junio para defender “nuestras facultades de autogobier­no”.

“Estoy convencido de que el resultado de la opinión mayoritari­a del Tribunal Supremo de Estados Unidos está equivocado, y, por ello, estamos obligados a evaluar las consecuenc­ias políticas. Es nuestro deber defender ante la comunidad internacio­nal, ante el pueblo de Estados Unidos y, sobre todo, ante el pueblo de Puerto Rico, nuestras facultades de autogobier­no”, sentenció.

El caso Pueblo vs. Sánchez Valle llega hasta el alto foro como un intento del Departamen­to de Justicia de sostener que Puerto Rico y Estados Unidos eran soberanías separadas para fines de la cláusula constituci­onal contra doble exposición en casos criminales. Esto se dio luego que Luis Sánchez Valle y Jaime Gómez Márquez se declararon culpables en el foro federal por la venta de un arma a un encubierto de la Policía y pidieron la desestimac­ión de los cargos a nivel local.

David Cordero Mercado colaboró en esta historia.

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