Nuevo Reglamento establece de cannabis medicinal
neuropatías periferales y trastorno bipolar . Respecto al VIH, ya no figuraría en la lista como condición meramente con el diagnóstico positivo, sino que ahora se refiere a “desórdenes relacionados al Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH) Positivo”.
A pesar de que Metro solicitó acceso al nuevo Reglamento, el Departamento de Salud (DS) no ha entregado el documento. Al cierre de esta edición, en una comunicación vía telefónica, personal de la Oficina de Comunicaciones del DS informó que el documento se encontraba en manos del Departamento de Estado y que permanecería allí durante 30 días. Luego de ese periodo, entonces el Reglamento sería público. Esta información no fue ofrecida de manera oficial, a pesar de que se peticionó. Tal cual había sido establecido por la Junta Reglamentadora de Cannabis Medicinal adscrita al DS, en una carta circular enviada a los dispensarios el pasado 14 y 20 de marzo, el nuevo reglamento dispone de manera oficial que, “a manera de excepción”, se podrá dispensar la flor para su vaporización, solo en ciertos casos.
“La Oficina de Cannabis Medicinal podrá autorizar la dispensación de la flor para su vaporización, siempre y cuando la recomendación médica especifi-