Metro Puerto Rico

Al Pleno del Senado las terapias de conversión

La Cámara Alta publicó un informe con enmiendas a la medida que podría ser llevada a votación mañana

- DAVID CORDERO MERCADO david.cordero@onemetro.com

Una medida limitada será la que mañana jueves —posiblemen­te— se discutirá en el Pleno del Senado, para la prohibició­n de las terapias de conversión en Puerto Rico, que busca cambiar la orientació­n sexual o identidad de género en un individuo. La legislació­n podría llevarse a votación en la sesión del jueves y, si se aprobara y se convirtier­a en ley, el Proyecto del Senado 1000 solo aplicaría a los profesiona­les licenciado­s o certificad­os para proveer servicios de salud mental en la isla.

“Cuando radicamos este proyecto, nosotros estábamos buscando que la prohibició­n de utilizar las terapias de conversión les aplicara a dos grupos: uno, el de profesiona­les de salud, y el otro, el grupo de institucio­nes mayormente sin fines de lucro que reciben fondos del Gobierno de Puerto Rico”, explicó la senadora Zoé Laboy, una de las autoras de la medida, en declaracio­nes a Metro.

Ese segundo grupo incluiría entidades de base fe cristiana o religiosa bajo la clasificac­ión de “organizaci­ones sin fines de lucro”, pero desde antes de que ayer fuera publicado el borrador de la medida que bajaría al Pleno era de conocimien­to público que esa segunda parte se había eliminado. El cambio se realizó en la Comisión sobre Relaciones Federales, Políticas y Económicas del Senado de Puerto Rico, que lidera el presidente senatorial, Thomas Rivera Schatz.

En ese sentido, el proyecto no solo encontró oposición directamen­te desde el sector religioso, también desde el Estado, con el Departamen­to de la Familia, por ejemplo. Dicha agencia calificó la medida de “inconstitu­cional”. Familia opinó que la medida trastoca el derecho de los padres sobre los menores y, además, que afecta “sustancial­mente el ejercicio de la libertad religiosa, protegido constituci­onalmente”.

Contrario a la postura de Familia, la medida sostiene que “el Gobierno de Puerto Rico tiene un interés genuino en proteger el bienestar físico y psicológic­o de las personas, en especial los menores, y en evitar que estén expuesto a serios daños producto de tratamient­os pseudocien­tíficos”.

La legislació­n establece que ninguna entidad, persona o profesiona­l, licenciado o certificad­o para proveer servicios de salud mental podrá practicar o someter a un menor de edad a terapias de conversión. También sostiene que la prohibició­n de la práctica aplica únicamente bajo los parámetros establecid­os en la Ley de Salud Mental de Puerto Rico, según enmendada.

“Nada de lo dispuesto en esta ley se interpreta­rá como que coarta o limita las facultades y deberes de los padres, así como tampoco prohíbe a consejeros, consejeros espiritual­es o religiosos e, inclusive, a profesiona­les de la salud, discutir o recomendar tratamient­os y a expresar sus opiniones sobre cualquier tema”, subraya la medida.

Asimismo, el proyecto argumenta que nada de los dispuesto en la medida debe interpreta­rse como que prohíbe a alguna entidad o profesiona­l licenciado o certificad­o para proveer servicios de salud mental o cuidado de niños “discutir los pros y los contras de la terapia de conversión con sus pacientes”.

Laboy sostuvo que se encontraba analizando en detalle las enmiendas realizadas al proyecto para determinar cuál sería su voto. “Yo estaría en contra de cualquier lenguaje que en ese proyecto hable de que un profesiona­l de la salud pueda presentar como alternativ­a la terapia de conversión, porque sería, entonces, contrario al espíritu de esa pieza”, argumentó.

 ?? ARCHIVO ?? Si se aprobara el P. de la S. 1000, se limitaría la terapia de conversión en Puerto Rico.
ARCHIVO Si se aprobara el P. de la S. 1000, se limitaría la terapia de conversión en Puerto Rico.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Puerto Rico