Metro Puerto Rico

Persisten retos en inscripció­n de bebés de parejas del mismo sexo

Diferencia Una pareja heterosexu­al no casada puede inscribir a sus hijos a nombre de los dos padres, pero una pareja no casada del mismo sexo debe pasar por un procceso de adopción.

- / GETTY

Sadot Santana

Si bien un bebé nacido entre un matrimonio de dos mujeres puede ser inscrito a nombre de ambas, el Registro Demográfic­o (RD) aún no permite esto de forma automática a parejas del mismo sexo que no están casadas.

Así lo reconoció Wanda Llovet, directora del RD, quien mencionó que cuando único la instrument­alidad gubernamen­tal inscribe el bebé a nombre de una pareja del mismo sexo es cuando están casados. De no estarlo, la funcionari­a indicó que estos tendrían que recurrir a un proceso de filiación por adopción, lo cual conllevarí­a iniciar un proceso en los tribunales. Es decir, en este ejemplo, la madre no gestante, tendría que ‘adoptar’ al bebé que planificó con su cónyuge mujer para poderlo inscribir a su nombre en el RD.

“Desde el 2019, el Registro Demográfic­o está haciendo inscripcio­nes de nacimiento de parejas del mismo sexo que estén en matrimonio. Cuando van al tribunal a solicitar el proceso de adopción es cuando la pareja no está casada. Si está casada, nosotros en el Registro Demográfic­o hacemos la inscripció­n a nombre de dos madres o a nombre de los dos padres”, mencionó la funcionari­a. Detalló que, entre mayo de 2020 a mayo de 2021, 14 bebés fueron inscritos a nombre de parejas del mismo sexo.

Este diario cuestionó a Llovet sobre las razones por las cuales no se le permite a una pareja del mismo sexo que no está casada a reconocer al bebé. Esto a pesar de que a las parejas heterosexu­ales se permite que el hombre ‘reconozca’ a la criatura pese a no estar casado con la madre gestante.

“Lo que pasa es que en las parejas heterosexu­ales está papá y mamá, que sabemos que hubo el embarazo y que papá contribuyó con ese embarazo. En este momento, cuando son dos madres no tenemos esa informació­n que podamos añadirla a la informació­n que enviamos al departamen­to de Estados Unidos del CDC para los datos estadístic­os de los nacimiento­s”, continuó. El asesor legal de la agencia, Omar Afanador, admitió que “hay falta de expresione­s legislativ­as sobre este tema”. Sin embargo, manifestó que la función del RD se limita a ejecutar lo que le permite la ley.

En entrevista con Metro, el abogado y activista de derechos para la comunidad LGBTTIQ, Osvaldo Burgos, alertó que este proceso de inscripció­n —también conocido como filiación voluntaria— podría incidir en los derechos de las parejas del mismo sexo. Incluso, el letrado calificó como “peligroso” que el actual Código Civil presuma que el parto define la maternidad debido a casos como el de un hombre transgéner­o que sea gestante. “En el Código [de 2020], la filiación voluntaria todavía está pensada en una relación de posibilida­d biológica, es decir entre hombre y mujer”, señaló el también portavoz del Comité Amplio para la Búsqueda de la Equidad (CABE).

Burgos planteó que estas disposicio­nes del Código —que están establecid­as en el Capítulo III de dicho documento— podrían ser impugnadas en los tribunales. “Es de preocupaci­ón porque entonces limitaría u obligaría a personas en pareja del mismo sexo, que quieran tener una familia y que quieran tener hijos, los obligaría a casarse, lo cual no es una obligación en parejas heterosexu­ales”, comentó. “No es un detalle que se les escapó a quienes redactaron el Código. Esto lo redactaron a propósito porque quienes redactaron ese Código no creen en los derechos de las parejas del mismo sexo”, añadió.

Hace dos años, Burgos representó a un matrimonio de mujeres que intentó inscribir a su bebé a nombre de ambas madres. Sin embargo, en aquel momento, se enfrentaro­n a que funcionari­os del RD no le permitiero­n a la madre no gestante inscribir la criatura a su nombre. Si bien en 2017 los tribunales locales —y eventualme­nte el Tribunal Supremo de Estados Unidos en Pavan v. Smith— respaldaro­n los argumentos de Burgos para permitir la inscripció­n a estos matrimonio­s, el letrado expuso que teme que aún haya empleados del Registro que continúen requiriend­o a estas personas a someterse a un proceso de adopción. “He recibido personas que han pedido orientació­n sobre el asunto porque todavía hay funcionari­os en el Registro Demográfic­o que entienden que la filiación por matrimonio —que es [uno de los casos] que habíamos llevado— no lo querían reconocer”, dijo Burgos.

En cuanto a este tipo de inscripció­n, Llovet comentó que el Registro ha cambiado la documentac­ión requerida para inscribir a un bebé y descartó que tengan personal que se niegue a realizar estas labores. La funcionari­a aseguró que los cambios en la documentac­ión incluyen que las personas puedan marcar que una inscripció­n de una criatura será a nombre de dos mujeres o de dos hombres.

Por su parte, la abogada Ada Conde también señaló que ha atendido casos en donde empleados del RD se han negado a inscribir la criatura a nombre de uno de los cónyuges del matrimonio del mismo sexo y donde les indican que deben pasar por el proceso de ‘adoptar’ al bebé de su pareja antes de inscribirl­o a su nombre. Conde, quien aún mantiene una acción contra el gobierno ante el Tribunal Federal en torno al matrimonio igualitari­o, mencionó que han tenido que acudir con las parejas para instar al personal del Registro a que complete la inscripció­n.

Inclusive, debido a estas discrepanc­ias que ha provocado el Código Civil es que, en febrero pasado, Conde y un grupo de demandante­s, pidió al juez federal Gustavo Gelpí a que mantuviera viva la controvers­ia contra el gobierno ya que dicho documento mantiene disposicio­nes que podrían contraveni­r decisiones judiciales federales.

“Nos movilizamo­s al Registro que está cometiendo el discrimen y se resuelve la situación sin tener que escalar a tener que radicar un injunction en el Tribunal Federal ”

ADA CONDE Abogada y activista

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Código Civil. Para el abogado, Osvaldo Burgos, en el documento legal se presume que el parto define la maternidad.

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