Primera Hora

MÁS RESTRICCIO­NES A LAS PROTESTAS PÚBLICAS

Las nuevas disposicio­nes al Código Penal que se discuten hoy en el Senado tendrían vigencia inmediata SE VA CON ENMIENDAS

- NYDIA BAUZÁ nbauza@primerahor­a.com

El proyecto de ley que penaliza conductas que eran considerad­as como expresión pública y que agrava las penas a las personas que incurran en delito con sus rostros cubiertos, entrará en vigor tan pronto sea firmado por el gobernador Ricardo Rosselló.

Las nuevas disposicio­nes del Código Penal entrarían en vigor 90 días después de su aprobación, pero las últimas enmiendas a la pieza legislativ­a establecen que la vigencia es inmediata.

El Proyecto de la Cámara 743 , impulsado por La Fortaleza, será considerad­o hoy miércoles en el Senado y aunque la Cámara ya lo aprobó el pasado 30 de abril, debe concurrir con las enmiendas de los senadores que van dirigidas a establecer mayores controles del Estado en protestas y manifestac­iones.

“Los nuevos artículos buscan darle herramient­as legales al gobierno para atender de forma efectiva la conducta antisocial y dañina que perturba la sana convivenci­a de todos los ciudadanos”, dice la exposición de motivos, también enmendada.

El portavoz de la mayoría novoprogre­sista, Carmelo Ríos indicó que la medida todavía se sigue discutiend­o en el caucus de la Palma. “Es algo muy sensitivo que no se puede tomar a la ligera”, sostuvo Ríos.

Entre las enmiendas propuestas se clasifica como delito menos grave el que una persona utilice una máscara, maquillaje, tinte o cualquier otro disfraz completo o parcial para evitar que se le identifiqu­e en la comisión de delito. La enmienda especifica que cuando la persona utiliza el disfraz para

Se ve la intención del Estado de reprimir todo este tipo de conducta”

ANA MARÍA STRUBE

ABOGADA

alterar o intervenir con las actividade­s ordinarias en una instalació­n pública educativa, en una instalació­n de salud o en el interior de edificios de gobierno, será castigada con una pena fija de tres años de prisión.

El proyecto añade un nuevo artículo para determinar que la persona que intenciona­lmente obstruya de forma temporera o permanente el acceso a cualquier actividad turística, incurrirá en delito menos grave. Se establece como pena una multa de hasta $30 mil y el tribunal podrá imponer la pena de restitució­n.

Las abogadas de la Sociedad para la Asistencia Legal (SAL), Ana María Strube y Yahaira Colón, dijeron que “la mano dura” del Estado está disuadiend­o ejercicios legítimos de expresión y no está disuadiend­o la conducta criminal.

“En el uso de disfraz en la comisión de delito es tan amplia la conducta que se pretende penalizar que el uso excesivo de maquillaje, el uso legítimo de un disfraz, que no es meramente hablar de una capucha, sino que un performanc­e protegido constituci­onalmente, estaría penalizado como delito”, dijo Colón.

Strube aclaró que encapuchar­se no es delito. “El Estado tiene que probar la intención de encapuchar­se para que no se pueda descifrar la identidad”, sostuvo.

 ??  ?? El Proyecto de la Cámara 743, impulsado por La Fortaleza, será considerad­o hoy en el Senado.
El Proyecto de la Cámara 743, impulsado por La Fortaleza, será considerad­o hoy en el Senado.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Puerto Rico