CAUSA PARA ARRESTO CONTRA MANIFESTANTES
A los jóvenes Adriana Quiles Méndez y Josué Román Figueroa se les acusa de daño agravado a propiedad pública en el Capitolio
La jueza Eloina Torres Cancel, del Tribunal de San Juan, encontró ayer causa para arresto contra dos jóvenes que participaron en la manifestación del 23 de abril en el Capitolio -que repudiaba recortes en la Universidad de Puerto Rico (UPR) y abogaba por la auditoría de la deudapor cargos relacionados con daño agravado a la propiedad pública.
Durante la vista de Regla 6 en alzada, a Josué Román Figueroa y a Adriana Quiles Méndez se les impuso $5,000 de fianza a cada uno por violación al Artículo 199 del Código Penal que trata de daño agravado a propiedad pública. A Quiles Méndez -estudiante de Psicología y Sociología en el Recinto de Río Piedras de la UPR- se le impuso $5,000 adicionales por el cargo de violación al Artículo 245 del Código Penal que trata sobre obstrucción con violencia a la autoridad pública.
Para el padre del acusado, Pedro Román, la decisión de la jueza “no es para nada agradable”. Pero, agregó, “lo apoyamos 100 por ciento. Estamos con él”. A su madre, Antonia Figueroa, la decisión le causó indignación, dijo. “Esto es una persecusión política, un carpeteo”, aseguró.
Anoche se anticipaba por las partes que la Oficina de Servicios con Antelación al Juicio iba a diferir la fianza.
Al dúo también se le impuso condiciones especiales que incluyen estar en la casa desde las 8:00 de la noche hasta las 8:00 de la mañana, no ingerir bebidas alcohólicas y no estar con personas de dudosa reputación.
El ministerio público, representado por Jorge Carrión Ramos, presentó evidencia suficiente -lo que se conoce como cintilla de evidencia en esta etapa del proceso judicial- para probar que Román Figueroa escribió con pintura rosa en aerosol las palabras “O'Neill violador” en una pared de mármol ubicada en la Plaza San Juan Bautista, que queda al frente de las escalinatas norte del Capitolio. También se le imputa a Román Figueroa -representado por el licenciado Jorge Gordon Menéndez- ha-
La prueba es contradictoria en algo esencial y es en los motivos fundados que alegadamente tienen los agentes para arrestar por lo menos a mi representada”
ORLANDO CAMERON GORDON ABOGADO DE ADRIANA QUILES
ber escrito la palabra “Auditoría” en otra área cercana al lugar. La Fiscalía alega que ambos, quienes estaban encapuchados, actuaron en concierto y común acuerdo. El joven ha estado matriculado en el recinto de Mayagüez de la UPR, pero no este semestre, dijo.
Según el fiscal Carrión Ramos, la “libertad de expresión es expresión oral y uno puede hacer expresión artística, pero no puede ser la libertad de expresión óbice para cometer delitos. Si uno se está expresando libremente y lo que está expresando es la opinión de uno, ¿por qué uno tiene que taparse el rostro para cometer delitos, para dañar propiedad? No es necesario porque entonces ya no es libertad de expresión, ya está cometiendo delito”, dijo el fiscal.
La prueba del ministerio público recayó sobre cuatro agentes de la Policía que identificaron a los acusados tras descubrirse el rostro, durante el periodo que duró la vigilancia que tuvieron sobre estos mientras estaban encubiertos (sin mostrar sus identificaciones). Estos fueron: Luis Santiago Malavé, Israel Román, José Torres y Stephanie Alvarado.
La última testigo, Alvarado, está relacionada con la violación al Artículo 245 que se le imputa a Quiles Méndez -representada por el licenciado Orlando Cameron Gordon- por presuntamente haberle dado un puño en su hombro izquierdo y rociarle gas pimienta durante su arresto.
Cameron Gordon dijo a su salida de la sala que “independientemente de que los elementos del delito puedan estar en la prueba, la realidad es que la prueba es contradictoria en algo esencial y es en los motivos fundados que alegadamente tienen los agentes para arrestar por lo menos a mi representada”.