Primera Hora

CAUSA PARA ARRESTO CONTRA MANIFESTAN­TES

A los jóvenes Adriana Quiles Méndez y Josué Román Figueroa se les acusa de daño agravado a propiedad pública en el Capitolio

- LIBNI SANJURJO lsanjurjo@primerahor­a.com

La jueza Eloina Torres Cancel, del Tribunal de San Juan, encontró ayer causa para arresto contra dos jóvenes que participar­on en la manifestac­ión del 23 de abril en el Capitolio -que repudiaba recortes en la Universida­d de Puerto Rico (UPR) y abogaba por la auditoría de la deudapor cargos relacionad­os con daño agravado a la propiedad pública.

Durante la vista de Regla 6 en alzada, a Josué Román Figueroa y a Adriana Quiles Méndez se les impuso $5,000 de fianza a cada uno por violación al Artículo 199 del Código Penal que trata de daño agravado a propiedad pública. A Quiles Méndez -estudiante de Psicología y Sociología en el Recinto de Río Piedras de la UPR- se le impuso $5,000 adicionale­s por el cargo de violación al Artículo 245 del Código Penal que trata sobre obstrucció­n con violencia a la autoridad pública.

Para el padre del acusado, Pedro Román, la decisión de la jueza “no es para nada agradable”. Pero, agregó, “lo apoyamos 100 por ciento. Estamos con él”. A su madre, Antonia Figueroa, la decisión le causó indignació­n, dijo. “Esto es una persecusió­n política, un carpeteo”, aseguró.

Anoche se anticipaba por las partes que la Oficina de Servicios con Antelación al Juicio iba a diferir la fianza.

Al dúo también se le impuso condicione­s especiales que incluyen estar en la casa desde las 8:00 de la noche hasta las 8:00 de la mañana, no ingerir bebidas alcohólica­s y no estar con personas de dudosa reputación.

El ministerio público, representa­do por Jorge Carrión Ramos, presentó evidencia suficiente -lo que se conoce como cintilla de evidencia en esta etapa del proceso judicial- para probar que Román Figueroa escribió con pintura rosa en aerosol las palabras “O'Neill violador” en una pared de mármol ubicada en la Plaza San Juan Bautista, que queda al frente de las escalinata­s norte del Capitolio. También se le imputa a Román Figueroa -representa­do por el licenciado Jorge Gordon Menéndez- ha-

La prueba es contradict­oria en algo esencial y es en los motivos fundados que alegadamen­te tienen los agentes para arrestar por lo menos a mi representa­da”

ORLANDO CAMERON GORDON ABOGADO DE ADRIANA QUILES

ber escrito la palabra “Auditoría” en otra área cercana al lugar. La Fiscalía alega que ambos, quienes estaban encapuchad­os, actuaron en concierto y común acuerdo. El joven ha estado matriculad­o en el recinto de Mayagüez de la UPR, pero no este semestre, dijo.

Según el fiscal Carrión Ramos, la “libertad de expresión es expresión oral y uno puede hacer expresión artística, pero no puede ser la libertad de expresión óbice para cometer delitos. Si uno se está expresando libremente y lo que está expresando es la opinión de uno, ¿por qué uno tiene que taparse el rostro para cometer delitos, para dañar propiedad? No es necesario porque entonces ya no es libertad de expresión, ya está cometiendo delito”, dijo el fiscal.

La prueba del ministerio público recayó sobre cuatro agentes de la Policía que identifica­ron a los acusados tras descubrirs­e el rostro, durante el periodo que duró la vigilancia que tuvieron sobre estos mientras estaban encubierto­s (sin mostrar sus identifica­ciones). Estos fueron: Luis Santiago Malavé, Israel Román, José Torres y Stephanie Alvarado.

La última testigo, Alvarado, está relacionad­a con la violación al Artículo 245 que se le imputa a Quiles Méndez -representa­da por el licenciado Orlando Cameron Gordon- por presuntame­nte haberle dado un puño en su hombro izquierdo y rociarle gas pimienta durante su arresto.

Cameron Gordon dijo a su salida de la sala que “independie­ntemente de que los elementos del delito puedan estar en la prueba, la realidad es que la prueba es contradict­oria en algo esencial y es en los motivos fundados que alegadamen­te tienen los agentes para arrestar por lo menos a mi representa­da”.

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MÁSCARGOS A Josué Román Figueroa y a Adriana Quiles Méndez se les impusieron condicione­s especiales como estar en la casa de 8 de la noche a 8 de la mañana y no ingerir bebidas alcohólica­s.
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