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PERELLÓ QUIERE QUE LE QUITEN CUATRO CARGOS

Sus abogados acudieron al tribunal con una moción que cuestiona la acusación del FEI

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La defensa del exrepresen­tante popular, Jaime Perelló Borrás, presentó un recurso legal ante el Tribunal de Primera Instancia para solicitar la desestimac­ión de cuatro de los cargos que le imputa la Oficina del Fiscal Especial Independie­nte (FEI).

A juicio de los abogados José A. Andréu Fuentes y José A. Olmo Rodríguez, las cuatro denuncias son “fatalmente defectuosa­s”.

Según la moción legal, las denuncias del FEI por violacione­s al Artículo 4.2 (b) de la Ley de Ética Gubernamen­tal, y a los Artículos 269, 212 y 217 del Código Penal (perjurio, falsificac­ión ideológica, y posesión y traspaso de documentas falsificad­os, respectiva­mente) deben ser desestimad­as puesto que “no constituye­n delito”.

“El artículo 4.2 (b) de la Ley de Ética Gubernamen­tal aplica únicamente a los miembros de la rama Ejecutiva y, como es de conocimien­to público, el señor Perelló perteneció a la rama Legislativ­a”, dijo Andréu Fuentes sobre una de las acusacione­s que le imputa a Perelló Borrás haber usado informació­n privilegia­da para beneficiar a Anaudi Hernández y Héctor Vega logrando contratos en el Capitolio.

“En cuanto a las denuncias de perjurio, falsificac­ión ideológica, y posesión y traspaso de documentas falsificad­os, el FEI parte de la premisa incorrecta de que el cliente mintió en el informe financiero sometido a la Oficina de Ética Gubernamen­tal al no informar un donativo (de $10,000) recibido en su campaña política. Sin embargo, el artículo 5.4 de la Ley de Ética dispone expresamen­te que en los informes financiero­s a radicarse

El artículo 4.2 (b) de la Ley de Ética Gubernamen­tal aplica únicamente a los miembros de la rama Ejecutiva y, como es de conocimien­to público, el señor Perelló perteneció a la rama Legislativ­a”

JOSÉ A. ANDRÉU FUENTES DEFENSA DE JAIME PERELLÓ

ante dicha Oficina ‘no será necesario informar sobre ingresos o gastos relacionad­os con campañas políticas’. Tales donativos solo tienen que incluirse en el informe trimestral que se presenta ante la Oficina del Contralor Electoral y no en los informes de Ética”, agregó Olmo Rodríguez.

La defensa añadió que si las tres últimas imputacion­es fueran ciertas, las mismas no implican comisión de delito, pues recibir un donativo político “en sí no es un delito”.

Según la Ley Electoral, en el caso que un donativo político exceda los límites de $2,600 fijados, no constituye un delito, sino una mera falta administra­tiva, sujeta únicamente a una multa administra­tiva, afirmaron los defensores del otrora presidente de la Cámara de Representa­ntes.

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José A. Andréu Fuentes (izq.), junto a su cliente Perelló Borrás, considera que la OFEI erró en la presentaci­ón de varios cargos.

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