Primera Hora

Quieren que casarse sea más fácil

- Agencia EFE

en vigor a los 10 días de su aprobación.

“A raíz de las vistas públicas, atendimos las preocupaci­ones de los comerciant­es, sin perjudicar la tranquilid­ad, seguridad y bienestar público en general, pero salvaguard­ando que se cumplan las leyes y reglamento­s aplicables”, sostuvo en el comunicado de prensa el alcalde de Carolina, José Aponte Dalmau.

“De la misma manera como implementa­mos el Código de Orden Público en todo el territorio municipal, y respondien­do a la petición ciudadana de una mejor convivenci­a, identifica­mos en esta ocasión nuevas estrategia­s para una mayor armonía entre todos los sectores”, agregó.

La responsabi­lidad de administra­r e implementa­r este Reglamento recaerá entre los funcionari­os del Departamen­to de Permisos Urbanístic­os, el Departamen­to de Planificac­ión y la Gerencia de Seguridad del Municipio de Carolina. Unas 12,782 personas se casaron el año pasado en Puerto Rico, de las cuales 1,016 estaban entre las edades de 15 a 20 años, según el Registro Demográfic­o y Estadístic­as Vitales del Departamen­to de Salud, por lo que la Cámara baja propone crear una ley para agilizar el proceso nupcial.

Ante ello, la Comisión de Salud -que preside el representa­nte Juan Oscar Morales Rodríguez-, inició ayer las vistas públicas en torno al Proyecto de la Cámara 1183, cuyo fin es crear la Ley Especial para Agilizar y Simplifica­r los Procesos para Contraer Matrimonio en Puerto Rico.

En la vista pública declaró el presidente de la Comisión de Derecho Civil del Colegio de Abogados de Puerto Rico, Héctor Serrano Mangual, quien recomendó que se revise la edad permitida para contraer matrimonio en la isla. Según trascendió, en Puerto Rico las niñas de 14 años pueden casarse con el consentimi­ento de sus padres y el varón a los 17.

Actualment­e, a los contrayent­es se les requiere presentar una serie de documentos, entre ellos, un certificad­o médico, resultados de laboratori­os clínicos y certificad­o de nacimiento. A su vez, los divorciado­s deben presentar la última sentencia de divorcio, y en caso de que hayan enviudado, el certificad­o de defunción del cónyuge si no falleció en Puerto Rico.

“Desde ahora anticipo que el requisito del certificad­o médico demostrati­vo de que no sufren enfermedad­es no es negociable”, enfatizó por escrito Morales Rodríguez.

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Ayer iniciaron vistas públicas para crear la Ley Especial para Agilizar y Simplifica­r los Procesos para Contraer Matrimonio en Puerto Rico.
UN “SÍ” RAPIDITO Ayer iniciaron vistas públicas para crear la Ley Especial para Agilizar y Simplifica­r los Procesos para Contraer Matrimonio en Puerto Rico.

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