Primera Hora

MULTADO POR NEPOTISMO

Contratar a su suegra sin permiso le sale caro al alcalde William Solís

- BÁRBARA J. FIGUEROA ROSA bfigueroa@primerahor­a.com

Estrenándo­se como alcalde de Culebra en el 2013, William Iván Solís contrató a su suegra como empleada transitori­a del municipio sin la autorizaci­ón requerida por ley y, ahora -cinco años después y tras la culminació­n de una investigac­ión incoada en el 2016 por la Oficina de Ética Gubernamen­tal (OEG)- se le impuso al funcionari­o una multa de $5,000 y la restitució­n de todo el ingreso y beneficios que recibió su pariente por dichos nombramien­tos.

La imposición está detallada en una resolución de la OEG con fecha del 13 de abril en la que la Oficial Examinador­a Cristina del C. Vélez Del Toro hace señalamien­tos de nepotismo contra el alcalde y lo acusa de incurrir en dos infraccion­es al inciso (h) del artículo 4.2 de la Ley Orgánica de la Oficina de Ética Gubernamen­tal del Puerto Rico.

Por recomendac­ión de la abogada fue entonces que OEG le impuso una multa administra­tiva a Solís de $2,500 por cada infracción.

“Además, recomendam­os que, conforme al artículo 4.7 (c) de la Ley de Ética se declare nulos los nombramien­tos suscritos por el querellado correspond­ientes a la señora Mercedes Cruz Cotto (su suegra), de los periodos comprendid­os desde el 1 de julio de 2013 al 31 de diciembre de 2013, y del 1 de enero de 2014 al 30 de junio de 2014, y le imponga la sanción de restitució­n de su peculio de todo ingreso y beneficio percibido por causa de dichos nombramien­tos. Para ello, se deberá solicitar al Municipio de Culebra que certifique la cantidad pagada por concepto de dichos nombramien­tos”, se describe en el documento de 16 páginas.

La resolución ya fue entregada al alcalde, quien deberá pagar la multa en un término de 30 días mediante un cheque certificad­o o giro postal o bancario a nombre del Secretario de Hacienda, mientras que la restitució­n debe efectuarse a nombre del Municipio de Culebra. En cambio, Solís tiene la oportunida­d de apelar la resolución a través de una moción de reconsider­ación que debe entregar en un término de 20 días.

Imputacion­es de OEG

La querella que inició la investigac­ión señala que el alcalde intervino directamen­te en la contrataci­ón de su suegra, al firmar el nombramien­to transitori­o de la señora en contravenc­ión a la autorizaci­ón de la Oficina de Ética Gubernamen­tal y a pesar de haber presentado ante esta oficina un documento de inhibición a estos fines.

Se debe aclarar que la señora Cruz Cotto, según el informe, trabajó para el municipio como empleada irregular de 2000 a 2001 y luego de 2008 hasta el 2015. Sus nombramien­tos eran transitori­os y eran renovados por distintos términos, según lo autorizaba­n los alcaldes incumbente­s para esas fechas.

Iniciando su función como Ejecutivo Municipal, allá para marzo de 2013, la OEG autorizó la solicitud de Solís para que su suegra continuara trabajando como empleada del Centro de Envejecien­tes de la isla municipio mediante nombramien­to transitori­o.

En cambio, según la querella, la agencia le “advirtió” al mandatario municipal que si le interesaba renovar el nombramien­to una vez culminado el contrato tenía que solicitar una nueva autorizaci­ón a la OEG. Además, el funcionari­o debía redactar un documento oficial en el que constara su inhibición sobre todo asunto relacionad­o con su pariente.

Y así lo hizo Solís, quien de hecho agregó en el documento firmado que también se abstendría de “cualquier participac­ión donde se vaya a tomar alguna decisión relacionad­a a Cruz Cotto evitando así algún conflicto de interés”.

Sin embargo, el alcalde firmó otra contrataci­ón como empleada transitori­a de su suegra con efectivida­d del 1 de julio al 31 de diciembre de 2013. Luego, para enero de 2014, volvió a firmar otro contrato con efectivida­d hasta junio de ese mismo año. Esto sin solicitar

Pudo haber sido un error, somos humanos... Pero, todo eso fue consultado con la Oficina de Ética y aquí no hubo intención de algo ilegal”

WILLIAM SOLÍS ALCALDE DE CULEBRA

autorizaci­ón previa, según lo acordado con la OEG.

Reacciona Solís

El alcalde adelantó en entrevista telefónica con Primera Hora que apelará la disposició­n impuesta por la OEG e insistió en que los señalamien­tos son mal infundados.

“Todo este asunto está en manos de mi abogado (licenciado José Andreu) y lo que sí te puedo decir es que nosotros vamos a pedir una reconsider­ación porque esto es un proceso injusto. Mi suegra estuvo contratada por otras administra­ciones desde 1999 y eso es algo que se debiera especifica­r. Definitiva­mente, nos oponemos y haremos una apelación a esa resolución”, dijo.

¿Pudo haber cometido algún error en ese proceso de contrataci­ones?

“Mira pudo haber sido un error, somos humanos y cometemos errores. Pero, todo eso fue consultado con la Oficina de Ética y aquí no hubo intención de algo ilegal”, expresó.

En cambio, en la resolución la OEG rechaza errores.

“La firma del alcalde Solís en los nombramien­tos de su suegra no se puede entender como un acto oficinesco que provocó un mero error de forma en un documento. A través de su firma, el alcalde Solís Bermúdez aseveró y le dio validez, con todas las implicacio­nes legales que ello conlleva, a los nombramien­tos de la señora Cotto Cruz”, se especifica.

Hace unos meses el Departamen­to de Justicia asignó un Fiscal Especial Independie­nte (FEI) al Alcalde de Culebra por, entre otros señalamien­tos, investigar un viaje a Saint Thomas que realizó el funcionari­o junto a personal del municipio y sus parejas maritales, pagado con fondos del ayuntamien­to. Se alega que el traslado no era para ningún fin público.

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El alcalde erró al no informar a la Oficina de Ética Gubernamen­tal sobre la renovación de los contratos a su pariente, por lo que tendrá que pagar $5 mil de multa y restituir el dinero devengado por la empleada.
CONCLUYE INVESTIGAC­IÓN El alcalde erró al no informar a la Oficina de Ética Gubernamen­tal sobre la renovación de los contratos a su pariente, por lo que tendrá que pagar $5 mil de multa y restituir el dinero devengado por la empleada.

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