Primera Hora

MEDIDA PARA PROTEGER A EMPLEADOS DENUNCIANT­ES

El proyecto del senador Miguel Romero daría a funcionari­os públicos el derecho a recibir representa­ción legal

- MANUEL GUILLAMA CAPELLA Para Primera Hora

El acto de corrupción más frecuente es el uso indebido del poder público para conseguir una ventaja ilegítima generalmen­te de forma secreta y privada”

MIGUEL ROMERO

SENADOR PNP

Una medida del senador Miguel Romero, del Partido Nuevo Progresist­a (PNP), busca enmendar el Código Anticorrup­ción, aprobado en enero pasado, para proveer mayores proteccion­es legales a los empleados públicos que denuncien actos de corrupción en la esfera gubernamen­tal.

Según el Proyecto del Senado 1081, que fue referido a la Comisión de Gobierno que preside el propio Romero, se enmendaría el artículo 4.2 del Código

(Ley 2-2018) para que los funcionari­os que presenten denuncias de corrupción tengan derecho a recibir representa­ción legal gratuita por parte del Departamen­to del Trabajo o el Departamen­to de Justicia, como parte del proceso.

No serían elegibles los empleados que hayan sido acusados o convictos “de los mismos actos ilegales sobre los que está ofreciendo informació­n o prestando declaració­n”.

Romero indicó que, de convertirs­e en ley, la medida no representa­ría una carga mayor para el erario, pues el Departamen­to del Trabajo cuenta con el “peritaje” para llevar a cabo la función que se le asigna.

“Al contrario, lo que tiene un impacto económico es permitir el despilfarr­o”, afirmó.

“El acto de corrupción más frecuente es el uso indebido del poder público para conseguir una ventaja ilegítima generalmen­te de forma secreta y privada”, expresó el senador, quien aclaró que las proteccion­es no se limitarían a empleados que denuncien el mal manejo de dinero público, sino que serían extensible­s, por ejemplo, a casos de acoso laboral porque “eso (también) es un acto de corrupción”.

Además, el senador PNP por el distrito de San Juan, informó que presentó un segundo proyecto (PS 1086), con el cual los municipios deberán solicitar, con al menos 10 días de anticipaci­ón, las tres cotizacion­es que se requieren para realizar una compra de menos de $100,000.

En caso de que una situación de emergencia requiera una compra expedita, la medida establece como requisito “una declaració­n jurada por parte del funcionari­o que autoriza la compra, donde haga constar las circunstan­cias” que justifican la excepción.

Con esta medida, que enmendaría la Ley de Municipios Autónomos, procura “que haya una formalidad en cómo se solicitan las cotizacion­es, no que un suplidor reciba una (solicitud de) cotización 48 horas antes de que tenga presentarl­a, pero que tengamos un suplidor que mediante algún tipo de esquema o de ventajería que alguien le dio ya haya tenido acceso a lo que se iba a comprar 10 días antes”.

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