MEDIDA PARA PROTEGER A EMPLEADOS DENUNCIANTES
El proyecto del senador Miguel Romero daría a funcionarios públicos el derecho a recibir representación legal
“
El acto de corrupción más frecuente es el uso indebido del poder público para conseguir una ventaja ilegítima generalmente de forma secreta y privada”
MIGUEL ROMERO
SENADOR PNP
Una medida del senador Miguel Romero, del Partido Nuevo Progresista (PNP), busca enmendar el Código Anticorrupción, aprobado en enero pasado, para proveer mayores protecciones legales a los empleados públicos que denuncien actos de corrupción en la esfera gubernamental.
Según el Proyecto del Senado 1081, que fue referido a la Comisión de Gobierno que preside el propio Romero, se enmendaría el artículo 4.2 del Código
(Ley 2-2018) para que los funcionarios que presenten denuncias de corrupción tengan derecho a recibir representación legal gratuita por parte del Departamento del Trabajo o el Departamento de Justicia, como parte del proceso.
No serían elegibles los empleados que hayan sido acusados o convictos “de los mismos actos ilegales sobre los que está ofreciendo información o prestando declaración”.
Romero indicó que, de convertirse en ley, la medida no representaría una carga mayor para el erario, pues el Departamento del Trabajo cuenta con el “peritaje” para llevar a cabo la función que se le asigna.
“Al contrario, lo que tiene un impacto económico es permitir el despilfarro”, afirmó.
“El acto de corrupción más frecuente es el uso indebido del poder público para conseguir una ventaja ilegítima generalmente de forma secreta y privada”, expresó el senador, quien aclaró que las protecciones no se limitarían a empleados que denuncien el mal manejo de dinero público, sino que serían extensibles, por ejemplo, a casos de acoso laboral porque “eso (también) es un acto de corrupción”.
Además, el senador PNP por el distrito de San Juan, informó que presentó un segundo proyecto (PS 1086), con el cual los municipios deberán solicitar, con al menos 10 días de anticipación, las tres cotizaciones que se requieren para realizar una compra de menos de $100,000.
En caso de que una situación de emergencia requiera una compra expedita, la medida establece como requisito “una declaración jurada por parte del funcionario que autoriza la compra, donde haga constar las circunstancias” que justifican la excepción.
Con esta medida, que enmendaría la Ley de Municipios Autónomos, procura “que haya una formalidad en cómo se solicitan las cotizaciones, no que un suplidor reciba una (solicitud de) cotización 48 horas antes de que tenga presentarla, pero que tengamos un suplidor que mediante algún tipo de esquema o de ventajería que alguien le dio ya haya tenido acceso a lo que se iba a comprar 10 días antes”.