SARA SOTO AVILA EX PARTE
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Estado Libre Asociado De Puerto Rico Tribunal De Primera Instancia Centro Judicial De Yauco Doraida Giselle Feliciano Rodriguez Y Luis Antonio Sepulveda Torres Peticionarios Ex Parte CIVIL NUM: GY2020CV00053 SOBRE: Expediente De Dominio Edicto Estados Unidos De America El Presidente De Los E.E. U.U. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Al público en general y a las personas ignoradas a quienes pueda perjudicar la inscripción a favor de los peticionarios, y a cualquier persona que se crea con derecho, Se les notifica que en la Secretaría de este Honorable Tribunal se ha radicado Petición para que se declare justificado el dominio pleno sobre la siguiente propiedad: -"RUSTICA: Predio de terreno de Una Cuerda, más o menos, localizada en el Barrio Sierra Baja del municipio de Guayanilla, Puerto Rico. Colinda por el NORTE con terrenos de Ramón Albino, por el SUR con terrenos de Ramón Albino, dividido por una joya, por el ESTE Con un camino y terreno de Ramón Albino. y por el OESTE con terrenos de la Sucesión Rodríguez. Luego de mensurada la propiedad tiene la siguiente descripción: --RUSTICA: Predio de terreno localizado en el Barrio Sierra Baja del municipio de Guayanilla, Puerto Rico, con una cabida de CUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTA PUNTO OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y TRES METROS CUADRADOS (4960.8663 m.c.), equivalentes a Uno Punto Dos Mil Seiscientos Veintidos Cuerdas. (1,2622 cdas.). En lindes por el NORTE con la Carretera Trescientos Setenta y Ocho (378) y una quebrada; por el SUR con quebrada y Leyda Rodríguez; por el ESTE con Ramón Luís Rodríguez Rodríguez, Sara López Albino y Virgilio Rodríguez y por el OESTE, con quebrada". La abogada que representa a la parte demandante es la LCDA. ROSA CARABALLO RODRIGUEZ. FIRM DELLVERY. 725 CARR. 385, Peñuelas. Puerto Rico 00624. Tel. Fax: (787) 836-1718. Los que se crean con derecho deben comparecer a este Tribunal a radicar su oposición dentro del plazo improrrogable de veinte días a contar de la fecha de la última publicación de este edicto. Apercibiéndoseles que de no haber oposición. se procederá a oír la prueba y el Tribunal dictará sentencia. pudiéndose declarar justificado el pleno dominio sobre la finca descrita a favor de los peticionarios.
DORAIDA GISELLE Feliciano RODRÍGUEZ y LUIS Sepúlveda TORRES. Este Edicto se publicará durante tres ocasiones dentro del término de veinte dias en un periódico de circulación general diaria en la Isla de Puerto Rico. Dado por Orden del Tribunal bajo mi firma y sello del Tribunal de Primera instancia, centro judicial de Yauco. hoy 24 de julio de 2020. Secretario Tribunal de Primera Instancia, Centro judicial de Yauco, Puerto Rico, por Luz Mayra Caraballo Garcia, secretaria regional DELIA APONTE VELAZQUEZ, SECRETARIA AUXILIAR I 65387145
Estado Libre Asociado De Puerto Rico Tribunal De Primera Instancia Sala Superior De Arecibo
Parte Peticionaria
Civil Num: AR2019CV02211 SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO CATASTRO NUMERO: 027-023-153-22 EDICTO Estados Unidos De América El Presidente De Los Estados Unidos El Estado Libre Asociado De Puerto Rico A Los Anteriores Dueños, Los Esposos Damaso Soto Espiet Y Francisca Perez Serrano, Sus Herederos, O Causahabientes; A Los Colindantes Ya Mencionados, A Las Personas Ignoradas O Desconocidas A Quienes Pueda Perjudicar La Inscripción Solicitada. Por la presente se le notifica que la parte peticionaria ha presentado petición de dominio para que se declare a su favor el dominio de la siguiente Propiedad: -RUSTICA: Predio de terreno localizado en el Barrio Cocos, del término municipal de Quebradillas, Puerto Rico, con una cabida superficial de QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PUNTO DOS MIL SEISCIENTOS DOCE (559.2612) METROS CUADRADOS, equivalentes a CERO PUNTO MIL CUATROCIENTOS VEINTE Y TRES (0.1423) CUERDAS. EN LINDES: por el NORTE, con terrenos de Nilda Soto Pérez; por el SUR, con terrenos de Alberto Polidura Méndez; por el ESTE, con terrenos de Fernando Amador Martínez, antes, hoy Gabriel Borges Amador y por el OESTE, con camino de acceso. El abogado de la parte peticionaria es el Lcdo. Carlos A. Vega Valentín, PO Box 470, Quebradillas, P.R. 00678, Quebradillas, P.R. 00678, Tel; 787-895-2971, 787-633-0532, email lcdocarlosv5@gmail.com. También se le informa que puede comparecer asistido por abogado y presentar oposición a la petición. Este edicto será publicado en tres (3) ocasiones dentro del término de 20 días, en un periódico de circulación general diaria, para que comparezcan si quieren alegar su derecho. Se identificará en letra negrillas tamaño 10 puntos toda primera mención de persona natural y/o jurídica que se mencione en el mismo, conforme a lo dispuesto en las Reglas de
Procedimiento Civil, 2009. Se le apercibe que de no comparecer en el término improrrogable de veinte (20) días, a contar de la fecha de la última publicación del edicto, los interesados y/o partes citadas, o en su defecto los organismos públicos afectados, el Tribunal podrá conceder el remedio solicitado por los peticionarios sin más citarle ni oírle. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Administración y Manejo de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: dttps://unired.ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaria del tribunal. POR TANTO, libro el presente en Arecibo, Puerto Rico, hoy 11 de agosto de 2020. Vivian Y. Fresse Gonzalez, Secretaria Regional. Micheline Reyes Torres, Secretaria Auxiliar