VICTOR JUAN MERCADO SANTOS MIGUEL ANGEL MERCADO SANTOS CLARA LOURDES MERCADO SANTOS ELIZABETH MERCADO SANTOS,
lic.corujo@hotmail.com Se le apercibe que si compareciere usted a contestar dicha demanda dentro del término de treinta (30) días, a partir de la publicación de este edicto, se le anotará la rebeledía y se le dictará sentencia concediendo el remedio solicitado, sin más citarle ni oírle. EXPEDIDO bajo mi firma y sello de este Tribunal. En Bayamon, Puerto Rico, a 01 de septiembre de 2020. Lcda. Laura I. Santa Sanchez, Secretaria Regional. Yariliz Cintron Colon, Sub-secretaria.
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Et Als
Demandados
Civil Num. BY2020CV02658. Sala: 505. Sobre: Particion, Liquidacion de Herencia y Solicitud de Consignacion. Emplazamiento por Edicto. Los Estados Unidos de America El Presidente de Los EE.UU. El Estado Libre Asociado de P.R.
Sanchez, Secretaria Regional. Yariliz Cintron Colon, Sub-secretaria.
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Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Tribunal General de Justicia. Tribunal de Primera Instancia. Sala Superior de Carolina. Emilio Jose Torres Morales, Demandante Vs. Sucesion Francisco Santaella Benabe, compuesta por Frances, Debbie, Susette e Ian Francisco de apellidos Santaella Ruiz y Debbie Ruby Ruiz Vega; Fulano de Tal y Fulana de Tal, Demandado(a). Civil: CA2020CV01239. Sala 404. Sobre: Cancelacion de Pagare Extraviado. Notificación de Sentencia por Edicto. A: Fulano de Tal y Fulana de Tal. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que 4 de septiembre de 2020, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 14 de septiembre de 2020. En Carolina, Puerto Rico, el 14 de septiembre de 2020. Lcda. Marilyn Aponte Rodriguez, Secretaria. F/bethzaida Mercado Alvarez, Secretaria Auxiliar.
M 63989701
Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Tribunal General de Justicia. Tribunal de Primera Instancia. Sala Superior de Caguas. Banco Cooperaivo de Puerto Rico, Demandante Vs. Luis Alberto Hernandez Rivera, Maribel Rivera Reyes y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos. La Sucesion de Juana Reyes Hernandez t/c/c Juana Reyes Sanchez compuesta por Maribel Rivera Reyes, Arlene Rivera Reyes, Carmen Gladys Rivera Reyes, Gloria Rivera Reyes y Juana Rivera Reyes; Fulano de Tal y Fulana de Tal como posibles herederos desconocidos de Juana Sanchez Hernandez t/c/c Juana Rivera Sanchez, Demandado(a). Civil: CG2019CV00442. Sobre: Cobro de Dinero y Ejecucion de Hipoteca por la Via Ordinaria. Notificación de Sentencia por Edicto. A: Arlene Rivera Reyes, Carmen Gladys Rivera Reyes, Gloria Rivera Reyes y Juana Rivera Reyes; Fulano de Tal y Fulana de Tal como posibles herederos desconocidos de Juana Sanchez Hernandez t/c/c Juana Rivera Sanchez El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que 14 de septiembre de 2020, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 15 de septiembre de 2020. En Caguas, Puerto Rico, el 15 de septiembre de 2020. Carmen Ana Pereira Ortiz, Secretaria. Lili Rodriguez Rodriguez, Secretaria Auxiliar.
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Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Tribunal General de Justicia. Tribunal de Primera Instancia. Sala Superior de Bayamon
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