Primera Hora

VICTOR JUAN MERCADO SANTOS MIGUEL ANGEL MERCADO SANTOS CLARA LOURDES MERCADO SANTOS ELIZABETH MERCADO SANTOS,

-

lic.corujo@hotmail.com Se le apercibe que si comparecie­re usted a contestar dicha demanda dentro del término de treinta (30) días, a partir de la publicació­n de este edicto, se le anotará la rebeledía y se le dictará sentencia concediend­o el remedio solicitado, sin más citarle ni oírle. EXPEDIDO bajo mi firma y sello de este Tribunal. En Bayamon, Puerto Rico, a 01 de septiembre de 2020. Lcda. Laura I. Santa Sanchez, Secretaria Regional. Yariliz Cintron Colon, Sub-secretaria.

63989692

Et Als

Demandados

Civil Num. BY2020CV02­658. Sala: 505. Sobre: Particion, Liquidacio­n de Herencia y Solicitud de Consignaci­on. Emplazamie­nto por Edicto. Los Estados Unidos de America El Presidente de Los EE.UU. El Estado Libre Asociado de P.R.

Sanchez, Secretaria Regional. Yariliz Cintron Colon, Sub-secretaria.

63989700

Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Tribunal General de Justicia. Tribunal de Primera Instancia. Sala Superior de Carolina. Emilio Jose Torres Morales, Demandante Vs. Sucesion Francisco Santaella Benabe, compuesta por Frances, Debbie, Susette e Ian Francisco de apellidos Santaella Ruiz y Debbie Ruby Ruiz Vega; Fulano de Tal y Fulana de Tal, Demandado(a). Civil: CA2020CV01­239. Sala 404. Sobre: Cancelacio­n de Pagare Extraviado. Notificaci­ón de Sentencia por Edicto. A: Fulano de Tal y Fulana de Tal. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que 4 de septiembre de 2020, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidament­e registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladam­ente de los términos de la misma. Esta notificaci­ón se publicará una sola vez en un periódico de circulació­n general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificaci­ón. Y, siendo o representa­ndo usted una parte en el procedimie­nto sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecer­se recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicació­n por edicto de esta notificaci­ón, dirijo a usted esta notificaci­ón que se considerar­á hecha en la fecha de la publicació­n de este edicto. Copia de esta notificaci­ón ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 14 de septiembre de 2020. En Carolina, Puerto Rico, el 14 de septiembre de 2020. Lcda. Marilyn Aponte Rodriguez, Secretaria. F/bethzaida Mercado Alvarez, Secretaria Auxiliar.

M 63989701

Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Tribunal General de Justicia. Tribunal de Primera Instancia. Sala Superior de Caguas. Banco Cooperaivo de Puerto Rico, Demandante Vs. Luis Alberto Hernandez Rivera, Maribel Rivera Reyes y la Sociedad Legal de Gananciale­s compuesta por ambos. La Sucesion de Juana Reyes Hernandez t/c/c Juana Reyes Sanchez compuesta por Maribel Rivera Reyes, Arlene Rivera Reyes, Carmen Gladys Rivera Reyes, Gloria Rivera Reyes y Juana Rivera Reyes; Fulano de Tal y Fulana de Tal como posibles herederos desconocid­os de Juana Sanchez Hernandez t/c/c Juana Rivera Sanchez, Demandado(a). Civil: CG2019CV00­442. Sobre: Cobro de Dinero y Ejecucion de Hipoteca por la Via Ordinaria. Notificaci­ón de Sentencia por Edicto. A: Arlene Rivera Reyes, Carmen Gladys Rivera Reyes, Gloria Rivera Reyes y Juana Rivera Reyes; Fulano de Tal y Fulana de Tal como posibles herederos desconocid­os de Juana Sanchez Hernandez t/c/c Juana Rivera Sanchez El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que 14 de septiembre de 2020, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidament­e registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladam­ente de los términos de la misma. Esta notificaci­ón se publicará una sola vez en un periódico de circulació­n general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificaci­ón. Y, siendo o representa­ndo usted una parte en el procedimie­nto sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecer­se recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicació­n por edicto de esta notificaci­ón, dirijo a usted esta notificaci­ón que se considerar­á hecha en la fecha de la publicació­n de este edicto. Copia de esta notificaci­ón ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 15 de septiembre de 2020. En Caguas, Puerto Rico, el 15 de septiembre de 2020. Carmen Ana Pereira Ortiz, Secretaria. Lili Rodriguez Rodriguez, Secretaria Auxiliar.

63989702

Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Tribunal General de Justicia. Tribunal de Primera Instancia. Sala Superior de Bayamon

63989703

63989710

Newspapers in Spanish

Newspapers from Puerto Rico