GUALBERTO RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, ARIS DORA FELICIANO PIÑERO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; JOSÉ DOMINGO PÉREZ MUÑIZ, MARÍA M. FERNÁNDEZ CARRERAS Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS,
créditos accesorios y adelantos hechos en virtud de la escritura de hipoteca; más la cantidad de $9,859.10, para costas, gastos y honorarios de abogado del demandante según pactados en el pagaré y en el contrato de hipoteca y cualesquiera otros adelantos para el pago de contribuciones y pólizas de seguro hechos por la demandante. Se notifica a todos los interesados que todos los actos y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables para ser examinadas. Se entiende que todo licitador acepta la titularidad que da base a la misma. La susodicha venta en pública subasta, se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte dicha propiedad con rango posterior al gravamen aquí ejecutado. Se entiende que cualquier gravamen anterior y preferente al crédito que da base a esta ejecución continuará subsistente, entendiéndose que el rematante lo acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. Y para conocimiento de la parte demandada, de todas aquellas personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen objeto de ejecución, de todos los licitadores y del público en general, expido el presente Edicto de Subasta para su publicación dos (2) veces por espacio de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones en un diario de circulación general en Puerto Rico, así como para su publicación por espacio de dos (2) semanas en tres (3) sitios públicos del Municipio de Fajardo, Puerto Rico, expedido el mismo en Fajardo, Puerto Rico, hoy día 24 de MARZO de 2021. Shirley Sanchez Martinez, Alguacil Regional #161 Denise Bruno Ortiz Alguacil Auxiliar #266 Alguacil Tribunal De Primera Instancia Sala Superior De Fajardo
Estado Libre Asociado De Puerto Rico Tribunal De Primera Instancia Sala De Bayamón La Sucesión De Ramón De Jesús Y Otros Peticionarios EX PARTE CIVIL NÚM. BY2020CV01884 SOBRE: INFORMACIÓN DE DOMINIO Edicto Estados Unidos De América El Presidente De Los E.U.A. Estado Libre Asociado De Puerto Rico A las personas desconocidas y/o ignoradas a quienes pueda perjudicar la inscripción del dominio del inmueble que se describe a continuación a favor de la parte Peticionaria, Sucesiones desconocidas de Felipe Hernández y Rosa Meléndez y a los colindantes Martín Ramos y Wynette Esquilín: RÚSTICA: Predio de terreno identificado con la letra “D” en el plano de lotificación según mensura practicada por el agrimensor Pedro J. Dávila Colón, compuesto de 50915.8133 Metros Cuadrados, equivalente a 12.9544 Cuerdas, ubicado en el barrio Guaraguao Arriba del término municipal de Bayamón en lindes por el NORTE, con terrenos de Martín Ramos, por el SUR, con camino municipal; por el ESTE, en varias alineaciones con terrenos pertenecientes a Gamalier Pelullera Candelario, Gerardo Rosario Nuñez y otros predios, cuyos titulares se desconocen; por el OESTE, con terrenos de Regino Candelario Mulero, Mariana Candelario Mulero, Diana Candelario Colón, Santiago Acevedo Correa, la Sucesión de Flora Candelario y otros predios cuyos titulares se desconocen. Por este medio, se les convoca para que comparezcan ante este Tribunal dentro del plazo improrrogable de veinte (20) días, contados a partir de la última publicación de este edicto, a alegar lo que en derecho proceda en defensa de sus intereses. Deberán presentar el escrito al Tribunal a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired.ramajudicial.pr o personalmente en la Secretaría de este Tribunal y enviar copia del mismo al representante legal de la parte peticionaria, Lcdo. Wilfredo Luciano Quiñones, a su dirección: Apartado 817, Guaynabo, PR 00970 o a su correo electrónico: lcdowilfredoluciano@gmail.com. Se les advierte que de no hacer oposición alguna dentro del término antes expresado, la parte peticionaria podrá obtener que se apruebe el expediente de dominio y el Tribunal ordene la inscripción de la finca a su favor en el Registro de la Propiedad, Sección de Bayamón. Dada en Bayamón, Puerto Rico, a 9 DE ABRIL DE 2021. Lcda. Laura I. Santa Sánchez, Secretaria Regional. Yaliliz, Sub Secretaria una cuerda con sesenta y seis centésimas de otro (1 .66 cda.), dedicada a frutos menores, que radica en el barrio Vegas, del término municipal de Yauco, Puerto Rico, y, son sus colindantes, por el Norte, con terrenos de Plácido Lugo Rodríguez; por el Sur, con terrenos de Fidel Pacheco; por el Este, con terrenos de Domingo Cornier; y, por el Oeste, con terrenos de Fidel Pacheco. Enclava en dicho terreno una casa de madera techada de zinc, que contiene un cuarto y una sala y la misma se encuentra en estado de deterioro. Al momento del otorgamiento de la escritura del año dos mil ocho (2008) dicha estructura ya no existía. Dicha propiedad no consta inscrita (como finca independiente) en el Registro de la Propiedad. Deberá notificar copia de sus alegaciones a la: Lcda. Pilar Muñoz Nazario Muñoz Nazario Law Offices, PSC P.O. Box 801480 Coto Laurel, PR, 00780-1480 pilar@munoznazario.com Tel :(787) 843-6060 Fax: (787) 843-6080 Se le apercibe además que de no presentar una contestación dentro del término aquí señalado se podrá conceder el remedio solicitado por la Peticionaria. sello del Tribunal, hoy día 14 de abril de 2021 Luz Mayra Caraballo García, Secretario Gladys Sánchez Flores, Sub Secretaria
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Estado Libre Asociado De Puerto Rico Tribunal De Primera Instancia Centro Judicial De Bayamón Sala Superior
Demandantes, v.
EDICTO se le emplaza y requiere para que conteste la Demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto, presentando el original de su contestación a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired.ramajudicial.pr/sumac/, salvo que se represente por derecho propio, y notifique copia de dicha contestación al Lcdo. Fabian Rodríguez y Lcda. Mirelis Valle, P.O. Box 70294, San Juan, PR 00936-8294, Tel: 787.756.9000, Fax: 787.756.9010. Se le advierte que si deja de comparecer dentro de los treinta (30) días de haberse publicado el edicto, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia de acuerdo con la súplica de la Demanda, sin más citarle ni oírle. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA, y el Sello del Tribunal, hoy día 14 DE ABRIL DE 2021. Lcda. Laura I. Santa Sánchez, Secretaria Regional. Sandra Baez Hernández, Secretaria Auxiliar
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Estado Libre Asociado De Puerto Rico Tribunal De Primera Instancia Centro Judicial De San Sebastian Sala Superior Oriental Bank Demandante Vs. Jecsenia Quintana Quiñones, Su Esposo Edwin Velez Valentin Y La Sociedad Legal De Bienes Gananciales Compuesta Por Ambos Demandados Civil Núm. SS2019CV00290 SOBRE: Ejecución De Hipoteca Y Cobro De Dinero Edicto De Su El Presidente De Los Estados Unidos El Estado Libre Asociado De Puerto Rico A: Jecsenia Quintana Quiñones, Su Esposo Edwin Velez Valentin Y La Sociedad Legal De Bienes Gananciales Compuesta Por Ambos; Departamento De Hacienda De Puerto Rico Por Cualquier Contribución Adeudada Y Al Publico En General: Certifico Y Hago Constar: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el Secretario del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de San Sebastián, Sala Superior, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el Edificio del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de San Sebastián, Sala Superior, el día 27 DE MAYO DE 2021, a las 10:30 de la MAÑANA , todo derecho, título, participación y/o interés que le corresponda a la parte demandada y/o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: RUSTICA: Parcela marcada con el número sesenta y ocho (68) en el plano de parcelación de la Comunidad Rural Guacio del Barrio Guacio del término municipal de San Sebastián, Puerto Rico; con una cabida superficial de MIL CINCUENTA Y OCHO PUNTO SETENTA Y UN METROS CUADRADOS (1,058.71 m/c). En lindes al NORTE, con la Calle Número Tres (3) de la comunidad; por el SUR, con la parcela número ochenta y cuatro (84) cultivos de la comunidad y faja de seguridad que la separa de una quebrada; por el ESTE, con la parcela número sesenta y siete (67) de la comunidad; y por el OESTE, con la parcela número sesenta y nueve (69) de la comunidad. - La hipoteca objeto de ejecución consta inscrita al Folio 167 del Tomo 421 del término Municipal de San Sebastián, finca número 14,516, Registro de la Propiedad,
Sección de San Sebastián, inscripción novena. Dirección: 68 RD 119 BO GUACIO SAN SEBASTIAN PR 00685 Según pactado se establece como tipo mínimo de la primera subasta la suma de $62,129.37. De ser necesaria una segunda por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de San Sebastián, Sala Superior, el día 3 DE JUNIO DE 2021, a las 10:30 de la MAÑANA y se establece como tipo mínimo para dicha segunda subasta la suma de $41,419.58, equivalente a 2/3 partes del tipo mínimo establecido originalmente. De no adjudicarse la propiedad en esa segunda subasta, se celebrará una tercera subasta en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de San Sebastián, Sala Superior, el día 10 DE JUNIO DE 2021, a las 10:30 de la MAÑANA, y se establece como tipo mínimo para dicha tercera subasta la suma de $31,064.68, equivalente a la mitad del tipo mínimo establecido originalmente en la primera subasta. Los pagos se efectuaran en efectivo, giro postal y/o cheque certificado a nombre del Alguacil de Tribunal de Primera Instancia en el mismo acto de subasta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $58,349.45 de principal, más los intereses devengados a razón de 6.50% anual desde el día 1ro de junio de 2018, hasta su total y completo pago; cargos por demora de todos aquellos pagos con atrasos en exceso de la fecha de vencimiento hasta el total y completo repago de la deuda; los créditos accesorios y adelantos hechos en virtud de la escritura de hipoteca; más la cantidad de $6,212.93, para costas, gastos y honorarios de abogado del demandante según pactados en el pagaré y en el contrato de hipoteca y cualesquiera otros adelantos para el pago de contribuciones y pólizas de seguro hechos por la demandante. Se notifica a todos los interesados que los actos y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables para ser examinadas. Se entiende que todo licitador acepta la titularidad que da base a la misma. La susodicha venta en pública subasta, se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte dicha propiedad con rango posterior al gravamen aquí ejecutado. Se entiende que cualquier gravamen anterior y preferente al crédito que da base a esta ejecución continuará subsistente, entendiéndose que el rematante lo acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. Y para conocimiento de la parte demandada, de todas aquellas personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen objeto de ejecución, de todos los licitadores y del público en general, expido el presente Edicto de Subasta para su publicación dos (2) veces por espacio de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones en un diario de circulación general en Puerto Rico, así como para su publicación por espacio de dos (2) semanas en tres (3) sitios públicos del Municipio de San Sebastián, Puerto Rico, expedido el mismo en San Sebastián, Puerto Rico, hoy día 14 de ABRIL de 2021. Carlos M. Soto Bonilla, Alguadil – Placa #693 Tribunal De Primera Instancia Sala Superior De San Sebastian 65304345
Estado Libre Asociado De Puerto Rico Tribunal De Primera Instancia Sala Superior De Camuy Banco Popular De Puerto Rico Demandante vs. Celinda Melendez De La Rosa Demandada Civil Núm. CD16-211 Sobre: Cobro De Dinero Edicto De Subasta El Presidente De Los Estados Unidos El Estado Libre Asociado De Puerto Rico A: Celinda Melendez De La Rosa; Departamento De Hacienda De Puerto Rico Por Cualquier Contribucion Adeudada Y Al Publico En General: Certifico Y Hago Constar: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el Secretario del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Camuy, Sala Superior, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el Edificio del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Camuy, Sala Superior, el día 1RO de JUNIO de 2021, a las 10:00 de la MAÑANA , todo derecho, título, participación y/o interés que le corresponda a la parte demandada y/o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: RUSTICA: Parcela marcada con el número diez (#10) del plano de parcelación de la comunidad rural Santa Rosa del Barrio Pueblo del término de Hatillo, con una cabida superficial de cero punto trece treinta y cinco (0.1335) cuerdas, equivalente a QUINIENTOS VEINTICUATRO PUNTO SETENTA Y UNO (524.71) METROS CUADRADOS. En lindes por el Norte con calle número nueve (#9) de la comunidad; por el Sur, con terrenos propiedad de la Sucesión de Castro; por el Este, con parcela número once (#11) de la comunidad y por el Oeste, con parcela número nueve (#9) de la comunidad. --Enclava una casa de concreto de dos (2) plantasinscrita al folio 175 del Tomo 137 de Hatillo, en el Registro de la Propiedad, Sección de Arecibo II, finca número 6020. Direc HATILLO, PR 00659 Según pactado se establece como tipo mínimo de la primera subasta la suma de $59,000.00 De ser necesaria una segunda por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Camuy, Sala Superior, el día 8 de JUNIO de 2021, a las 10:00 de la MAÑANA , y se establece como tipo mínimo para dicha segunda subasta la suma de $39,333.33, equivalente a 2/3 partes del tipo mínimo establecido originalmente. De no adjudicarse la propiedad en esa segunda subasta, se celebrará una tercera subasta en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Camuy, Sala Superior, el día 15 de JUNIO de 2021, a las 10:00 de la MAÑANA , y se establece como tipo mínimo para dicha tercera subasta la suma de $29,500.00, equivalente a la mitad del tipo mínimo establecido originalmente en la primera subasta. Los pagos se efectuaran en efectivo, giro postal y/o cheque certificado a nombre del Alguacil de Tribunal de Primera Instancia en el mismo acto de subasta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $30,325.01 de principal, más los intereses devengados a razón de 11.50% anual desde el día 1ro de enero de 2015, hasta su total y completo pago; cargos por demora de todos