Primera Hora

MARGARITA COLON CENTENO

-

aquellos pagos con atrasos en exceso de días calendario­s de la fecha de vencimient­o hasta el total y completo repago de la deuda; los créditos accesorios y adelantos hechos en virtud de la escritura de hipoteca; más la cantidad de $5,900.00, para costas, gastos y honorarios de abogado del demandante según pactados en el pagaré y en el contrato de hipoteca y cualesquie­ra otros adelantos para el pago de contribuci­ones y pólizas de seguro hechos por la demandante. Se notifica a todos los interesado­s que todos los actos y demás constancia­s del expediente de este caso están disponible­s en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables para ser examinadas. Se entiende que todo licitador acepta la titularida­d que da base a la misma. La susodicha venta en pública subasta, se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte dicha propiedad con rango posterior al gravamen aquí ejecutado. Se entiende que cualquier gravamen anterior y preferente al crédito que da base a esta ejecución continuará subsistent­e, entendiénd­ose que el rematante lo acepta y queda subrogado en la responsabi­lidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. Y para conocimien­to de la parte demandada, de todas aquellas personas que tengan interés inscrito con posteriori­dad a la inscripció­n del gravamen objeto de ejecución, de todos los licitadore­s y del público en general, expido el presente Edicto de Subasta para su publicació­n dos (2) veces por espacio de dos (2) semanas consecutiv­as con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicacio­nes en un diario de circulació­n general en Puerto Rico, así como para su publicació­n por espacio de dos (2) semanas en tres (3) sitios públicos del Municipio de Camuy, Puerto Rico, expedido el mismo en Camuy, Puerto Rico, hoy día 14 de ABRIL de 2021. Wilfredo Olmo Salazar, Alguacil Regional Luis E. Roman Carrero Alguacil Tribunal De Primera Instancia Sala Superior De Camuy 65304346

Estado Libre Asociado De Puerto Rico Tribunal De Primera Instancia Centro Judicial De Fajardo Sala Superior Oriental Bank Demandante Vs. Sucesión De Evelyn Rodríguez Vargas Compuesta Por Naomi Avila Rodríguez; Juan Orlando Avila Melendez Tcc Juan Avila Melendez, Por Sí Y En Cuanto A La Cuota Viudal Usufructua­ria; Fulano De Tal Y Sutano De Tal Demandados CIVIL NÚM. FA2020CV00­633 SOBRE: Ejecución De Hipoteca Y Cobro De Dinero De Subasta Estados Unidos De America El Presidente De Los Estados Unidos . El Estado Libre Asociado De Puerto A: Sucesión De Evelyn Rodríguez Vargas Compuesta Por Naomi Avila Rodríguez; Juan Orlando Avila Melendez Tcc Juan Avila Melendez, Por Sí Y En Cuanto A La Cuota Viudal Usufructua­ria; Fulano De Tal Y Sutano De Tal; Autoridad Para El Financiami­ento De La Vivienda De Puerto Rico; Estados Unidos De Norte America P/C Fiscalia Federal; Departamen­to De Hacienda De Puerto Rico Por Cualquier Contribuci­on Adeudada Y Al Publico En General: CERTIFICO Y HAGO CONSTAR: Que en cumplimien­to de un Mandamient­o de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el Secretario del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Fajardo, Sala Superior, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el Edificio del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Fajardo, Sala Superior, el día 9 de JUNIO de 2021, a las 9:00 de la MAÑANA, todo derecho, título, participac­ión y/o interés que le correspond­a a la parte demandada y/o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuaci­ón: URBANA: Barrio Saco de Ceiba. Solar: EL MANGÓ. Cabida: CINCO MIL CUATROCIEN­TOS

SESENTA Y TRES PUNTO DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS (5,463.256) METROS CUADRADOS. Linderos: NORTE, con la Carretera Estatal noveciento­s setenta y cinco (975). SUR, con Dolores Morales, antes Sucesión Gauthier. ESTE, con Dolores Morales. OESTE, con Ricardo Félix hoy Carlos Arturo Rosado. Solar compuesto de doce (12) varas de frente por dieciocho (18) varas de fondo. Enclava una casa de concreto y bloques con techo de zinc y madera.- La hipoteca objeto de ejecución consta inscrita al Folio 1118 del Tomo 136 del término Municipal de Ceiba, finca número 5441, Registro de la Propiedad, Sección de Fajardo, inscripció­n séptima. Dirección: 17 SEC EL MANGO BO. SACO CEIBA, PR 00735 La antes descrita propiedad se encuentra afecta al siguiente gravamen: • Hipoteca constituid­a mediante la escritura número 45, otorgada en Fajardo, Puerto Rico, el día 19 de marzo de 2007, ante el Notario Mario Vough Di Frisco Pérez, en garantía de un pagareé suscrito a favor de La Autoridad para el Financiami­ento de la Vivienda de Puerto Rico, o a su orden, por la suma principal de $14,000.00 y créditos adicionale­s sin interés anual y vence el día 19 de marzo de 20154, e inscrita al folio 118 del tomo 136 de Ceiba, inscripció­n 8va.; • Condicione­s entre las cuales se encuentran la siguiente: Condicione­s restrictiv­as impuestas por la Autoridad para el Financiami­ento de la Vivienda de Puerto Rico, a través del Programa La Llave para tu Hogar. Los deudores hipotecari­os no podrán vender, donar, permutar o de cualquier otro modo transferir la propiedad dentro de un período de 8 años, contados desde la fecha en que se adjudicó el beneficio o subsidio. • Gravamen Federal : Que contra Evelyn Rodríguez Vargas (dueño anterior de la finca), no aparece gravamen alguno, pero que al asiento 2019-006777-FED, aparece anotado un gravamen contra A. González Ortiz & E. Rodríguez, para responder por la suma de $283.77 (que incluye intereses, penalidade­s y costas), con fecha de certificac­ión 27 de junio de 2019, bajo el número de Embargo 366855719, con fecha de presentaci­ón 1ro de agosto de 2019, seguro social xxx-xx-4746. Según pactado se establece como tipo mínimo de la primera subasta la suma de $63,000.00. De ser necesaria una segunda por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Fajardo, Sala Superior, el día 16 de JUNIO de 2021, a las 9:00 de la MAÑANA, y se establece como tipo mínimo para dicha segunda subasta la suma de $42,000.00, equivalent­e a 2/3 partes del tipo mínimo establecid­o originalme­nte. De no adjudicars­e la propiedad en esa segunda subasta, se celebrará una tercera subasta en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Fajardo, Sala Superior, el día 23 de JUNIO de 2021, a las 9:00 de la MAÑANA y se establece como tipo mínimo para dicha tercera subasta la suma de $31,500.00, equivalent­e a la mitad del tipo mínimo establecid­o originalme­nte en la primera subasta. Los pagos se efectuaran en efectivo, giro postal y/o cheque certificad­o a nombre del Alguacil de Tribunal de Primera Instancia en el mismo acto de subasta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $53,285.64 de principal, más los intereses devengados a razón de 5.625% anual desde el día 1ro de junio de 2019, hasta su total y completo pago; cargos por demora de todos aquellos pagos con atrasos en exceso de días calendario­s de la fecha de vencimient­o hasta el total y completo repago de la deuda; los créditos accesorios y adelantos hechos en virtud de la escritura de hipoteca; más la cantidad de $6,300.00, para costas, gastos y honorarios de abogado del demandante según pactados en el pagaré y en el contrato de hipoteca y cualesquie­ra otros adelantos para el pago de contribuci­ones y pólizas de seguro hechos por la demandante. Se notifica a todos los interesado­s que todos los actos y demás constancia­s del expediente de este caso están disponible­s en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables para ser examinadas. Se entiende que todo licitador acepta la titularida­d que da base a la misma. La susodicha venta en pública subasta, se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte dicha propiedad con rango posterior al gravamen aquí ejecutado. Se entiende que cualquier gravamen anterior y preferente al crédito que da base a esta ejecución continuará subsistent­e, entendiénd­ose que el rematante lo acepta y queda subrogado en la responsabi­lidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. Y para conocimien­to de la parte demandada, de todas aquellas personas que tengan interés inscrito con posteriori­dad a la inscripció­n del gravamen objeto de ejecución, de todos los licitadore­s y del público en general, expido el presente Edicto de Subasta para su publicació­n dos (2) veces por espacio de dos (2) semanas consecutiv­as con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicacio­nes en un diario de circulació­n general en Puerto Rico, así como para su publicació­n por espacio de dos (2) semanas en tres (3) sitios públicos del Municipio de Fajardo, Puerto Rico, expedido el mismo en Fajardo, Puerto Rico, hoy día 8 de ABRIL de 2021. Shirley Sanchez Martinez, Alguacil Regional #161 Por: Denise Bruno Ortiz Alguacil #266 Tribunal De Primera Instancia Sala Superior De Fajardo

65304347

Sucesion De Carmen Iris Riverfa Perez Compuesta Por Iris Grissel Hernandez Rivera Y Victor Jose Hernandez Rivera Y Leonides Ortiz Ayala Demandante vs. Tenedores Desconocid­os De Pagare Demandado Civil Num: AI202CV003­13 Sobre: Cancelacio­n De Pagare Extraviado Notificaci­ón De Sentencia Por Edicto. A: TENEDORES DESCONOCID­OS DE PAGARE El Secretario(a) QUE LE 15 de abril de 2021, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidament­e registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladam­ente de los términos de la misma. Esta notificaci­ón se publicara una sola vez en un periódico de circulació­n general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificaci­ón. Y, siendo o representa­ndo usted una parte en el procedimie­nto sujeta a los términos de la Sentencia o Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecer­se recurso de revisión o apelación, dentro del termino de 30 días contados a partir de la publicació­n por edicto de esta notificaci­ón, dirijo a usted esta notificaci­ón, que se considerar­á hecha en la fecha de la publicació­n de este Edicto. Copia de esta notificaci­ón ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 15 de abril de 2021 En aibonito, Puerto Rico, el 15 de abril de 2021. Elizabeth Gonzalez Rivera, Secretaria Regional. Carmen L. Aponte Flores, Secretario(a) Auxiliar

65304348

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE Puerto Rico Tribunal De Primera Instancia Sala De Guanica

DEMANDADO

Caso Civil Num: YU2020RF00­033 SOBRE: DIVORCIO ((RUPTURA IRREPARABL­E) Edicto Estados Unidos De America El Presidente De Los Estados Unidos El Estado Libre Asociado De Puerto Rico Civil Número: YU2020RF00­033 sobre: Divorcio. Edicto Estados Unidos de América/el Presidente de los EE.UU./SS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: MARGARITA COLON CENTENO, 131 Montowese St. Hartford, CT. Estados Unidos de Norteaméri­ca, código postal 06114. POR LA PRESENTE se le notifica que se ha radicado una Demanda de Divorcio ante este Honorable Tribunal y se requiere que dentro de Treinta (30) días, a partir de la última publicació­n de este EDICTO deberá notificar con copia de la contestaci­ón a la Demanda al representa­nte legal de la parte demandante, Lcdo. Edwin Caraballo Caraballo, Calle Pacheco # 6B, Yauco, Puerto Rico 00698, teléfono (787) 973-0013. Se le apercibe que si no contestare la Demanda radicando la misma en el Tribunal correspond­iente se le anotara la rebeldía y se dictara sentencia concediend­o el remedio solicitado sin más citarle ni oírle. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y Sello del Tribunal, en Yauco, Puerto Rico a 12 de abril de 2021. Luz Mayra Carballo Garcia, Secretaria Reginal. Delia Aponte Velazquez, Sub Secretaria

Municipio Autónomo de San Juan. 15 de abril de 2021. Aviso de Cesión de Predio de Terreno. Juan L. Romero Ortiz, con dirección en, Resd. S.J. Bautista Apt. 43, San Juan, PR 00909, reclama que el Municipio de San Juan, le ceda un predio de terreno en el Cementerio Viejo San Juan, cuyas medidas son 2 1/2 X 3 (7.50mts.) cuadrados, en la zona 15, sección N/A panteón núm. N/A y cuyas colindanci­as son: NORTE: P-pedro y Carlina. SUR: T del Municipio. ESTE: P-fam - Fam - Ramos Medina. OESTE: T - Paulino Aborde. De existir alguna persona afectada por este aviso deberá hacer llegar su reclamació­n a la Sección de Record de Cementerio­s, local #46, Plaza del Mercado Rafael Hernández, Río Piedras Puerto Rico 00924, dentro de los próximos treinta (30) días siguientes a la publicació­n del aviso.

17504371

Municipio Autónomo de San Juan. 15 de abril de 2021. Aviso de Cesión de Predio de Terreno. Juan L. Romero Ortiz, con dirección en, Resd. S.J. Bautista Apt. 43, San Juan, PR 00909, reclama que el Municipio de San Juan, le ceda un predio de terreno en el Cementerio Viejo San Juan, cuyas medidas son 2 1/2 X 3 (7.50mts.) cuadrados, en la zona 15, sección N/A panteón núm. N/A y cuyas colindanci­as son: NORTE: P-pedro y Carlina. SUR: T del Municipio. ESTE: P-fam - Fam - Ramos Medina. OESTE: T - Paulino Aborde. De existir alguna persona afectada por este aviso deberá hacer llegar su reclamació­n a la Sección de Record de Cementerio­s, local #46, Plaza del Mercado Rafael Hernández, Río Piedras Puerto Rico 00924, dentro de los próximos treinta (30) días siguientes a la publicació­n del aviso.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Puerto Rico