MARGARITA COLON CENTENO
aquellos pagos con atrasos en exceso de días calendarios de la fecha de vencimiento hasta el total y completo repago de la deuda; los créditos accesorios y adelantos hechos en virtud de la escritura de hipoteca; más la cantidad de $5,900.00, para costas, gastos y honorarios de abogado del demandante según pactados en el pagaré y en el contrato de hipoteca y cualesquiera otros adelantos para el pago de contribuciones y pólizas de seguro hechos por la demandante. Se notifica a todos los interesados que todos los actos y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables para ser examinadas. Se entiende que todo licitador acepta la titularidad que da base a la misma. La susodicha venta en pública subasta, se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte dicha propiedad con rango posterior al gravamen aquí ejecutado. Se entiende que cualquier gravamen anterior y preferente al crédito que da base a esta ejecución continuará subsistente, entendiéndose que el rematante lo acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. Y para conocimiento de la parte demandada, de todas aquellas personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen objeto de ejecución, de todos los licitadores y del público en general, expido el presente Edicto de Subasta para su publicación dos (2) veces por espacio de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones en un diario de circulación general en Puerto Rico, así como para su publicación por espacio de dos (2) semanas en tres (3) sitios públicos del Municipio de Camuy, Puerto Rico, expedido el mismo en Camuy, Puerto Rico, hoy día 14 de ABRIL de 2021. Wilfredo Olmo Salazar, Alguacil Regional Luis E. Roman Carrero Alguacil Tribunal De Primera Instancia Sala Superior De Camuy 65304346
Estado Libre Asociado De Puerto Rico Tribunal De Primera Instancia Centro Judicial De Fajardo Sala Superior Oriental Bank Demandante Vs. Sucesión De Evelyn Rodríguez Vargas Compuesta Por Naomi Avila Rodríguez; Juan Orlando Avila Melendez Tcc Juan Avila Melendez, Por Sí Y En Cuanto A La Cuota Viudal Usufructuaria; Fulano De Tal Y Sutano De Tal Demandados CIVIL NÚM. FA2020CV00633 SOBRE: Ejecución De Hipoteca Y Cobro De Dinero De Subasta Estados Unidos De America El Presidente De Los Estados Unidos . El Estado Libre Asociado De Puerto A: Sucesión De Evelyn Rodríguez Vargas Compuesta Por Naomi Avila Rodríguez; Juan Orlando Avila Melendez Tcc Juan Avila Melendez, Por Sí Y En Cuanto A La Cuota Viudal Usufructuaria; Fulano De Tal Y Sutano De Tal; Autoridad Para El Financiamiento De La Vivienda De Puerto Rico; Estados Unidos De Norte America P/C Fiscalia Federal; Departamento De Hacienda De Puerto Rico Por Cualquier Contribucion Adeudada Y Al Publico En General: CERTIFICO Y HAGO CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el Secretario del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Fajardo, Sala Superior, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el Edificio del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Fajardo, Sala Superior, el día 9 de JUNIO de 2021, a las 9:00 de la MAÑANA, todo derecho, título, participación y/o interés que le corresponda a la parte demandada y/o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: URBANA: Barrio Saco de Ceiba. Solar: EL MANGÓ. Cabida: CINCO MIL CUATROCIENTOS
SESENTA Y TRES PUNTO DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS (5,463.256) METROS CUADRADOS. Linderos: NORTE, con la Carretera Estatal novecientos setenta y cinco (975). SUR, con Dolores Morales, antes Sucesión Gauthier. ESTE, con Dolores Morales. OESTE, con Ricardo Félix hoy Carlos Arturo Rosado. Solar compuesto de doce (12) varas de frente por dieciocho (18) varas de fondo. Enclava una casa de concreto y bloques con techo de zinc y madera.- La hipoteca objeto de ejecución consta inscrita al Folio 1118 del Tomo 136 del término Municipal de Ceiba, finca número 5441, Registro de la Propiedad, Sección de Fajardo, inscripción séptima. Dirección: 17 SEC EL MANGO BO. SACO CEIBA, PR 00735 La antes descrita propiedad se encuentra afecta al siguiente gravamen: • Hipoteca constituida mediante la escritura número 45, otorgada en Fajardo, Puerto Rico, el día 19 de marzo de 2007, ante el Notario Mario Vough Di Frisco Pérez, en garantía de un pagareé suscrito a favor de La Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico, o a su orden, por la suma principal de $14,000.00 y créditos adicionales sin interés anual y vence el día 19 de marzo de 20154, e inscrita al folio 118 del tomo 136 de Ceiba, inscripción 8va.; • Condiciones entre las cuales se encuentran la siguiente: Condiciones restrictivas impuestas por la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico, a través del Programa La Llave para tu Hogar. Los deudores hipotecarios no podrán vender, donar, permutar o de cualquier otro modo transferir la propiedad dentro de un período de 8 años, contados desde la fecha en que se adjudicó el beneficio o subsidio. • Gravamen Federal : Que contra Evelyn Rodríguez Vargas (dueño anterior de la finca), no aparece gravamen alguno, pero que al asiento 2019-006777-FED, aparece anotado un gravamen contra A. González Ortiz & E. Rodríguez, para responder por la suma de $283.77 (que incluye intereses, penalidades y costas), con fecha de certificación 27 de junio de 2019, bajo el número de Embargo 366855719, con fecha de presentación 1ro de agosto de 2019, seguro social xxx-xx-4746. Según pactado se establece como tipo mínimo de la primera subasta la suma de $63,000.00. De ser necesaria una segunda por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Fajardo, Sala Superior, el día 16 de JUNIO de 2021, a las 9:00 de la MAÑANA, y se establece como tipo mínimo para dicha segunda subasta la suma de $42,000.00, equivalente a 2/3 partes del tipo mínimo establecido originalmente. De no adjudicarse la propiedad en esa segunda subasta, se celebrará una tercera subasta en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Fajardo, Sala Superior, el día 23 de JUNIO de 2021, a las 9:00 de la MAÑANA y se establece como tipo mínimo para dicha tercera subasta la suma de $31,500.00, equivalente a la mitad del tipo mínimo establecido originalmente en la primera subasta. Los pagos se efectuaran en efectivo, giro postal y/o cheque certificado a nombre del Alguacil de Tribunal de Primera Instancia en el mismo acto de subasta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $53,285.64 de principal, más los intereses devengados a razón de 5.625% anual desde el día 1ro de junio de 2019, hasta su total y completo pago; cargos por demora de todos aquellos pagos con atrasos en exceso de días calendarios de la fecha de vencimiento hasta el total y completo repago de la deuda; los créditos accesorios y adelantos hechos en virtud de la escritura de hipoteca; más la cantidad de $6,300.00, para costas, gastos y honorarios de abogado del demandante según pactados en el pagaré y en el contrato de hipoteca y cualesquiera otros adelantos para el pago de contribuciones y pólizas de seguro hechos por la demandante. Se notifica a todos los interesados que todos los actos y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables para ser examinadas. Se entiende que todo licitador acepta la titularidad que da base a la misma. La susodicha venta en pública subasta, se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte dicha propiedad con rango posterior al gravamen aquí ejecutado. Se entiende que cualquier gravamen anterior y preferente al crédito que da base a esta ejecución continuará subsistente, entendiéndose que el rematante lo acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. Y para conocimiento de la parte demandada, de todas aquellas personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen objeto de ejecución, de todos los licitadores y del público en general, expido el presente Edicto de Subasta para su publicación dos (2) veces por espacio de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones en un diario de circulación general en Puerto Rico, así como para su publicación por espacio de dos (2) semanas en tres (3) sitios públicos del Municipio de Fajardo, Puerto Rico, expedido el mismo en Fajardo, Puerto Rico, hoy día 8 de ABRIL de 2021. Shirley Sanchez Martinez, Alguacil Regional #161 Por: Denise Bruno Ortiz Alguacil #266 Tribunal De Primera Instancia Sala Superior De Fajardo
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Sucesion De Carmen Iris Riverfa Perez Compuesta Por Iris Grissel Hernandez Rivera Y Victor Jose Hernandez Rivera Y Leonides Ortiz Ayala Demandante vs. Tenedores Desconocidos De Pagare Demandado Civil Num: AI202CV00313 Sobre: Cancelacion De Pagare Extraviado Notificación De Sentencia Por Edicto. A: TENEDORES DESCONOCIDOS DE PAGARE El Secretario(a) QUE LE 15 de abril de 2021, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicara una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia o Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación, dentro del termino de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación, que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este Edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 15 de abril de 2021 En aibonito, Puerto Rico, el 15 de abril de 2021. Elizabeth Gonzalez Rivera, Secretaria Regional. Carmen L. Aponte Flores, Secretario(a) Auxiliar
65304348
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE Puerto Rico Tribunal De Primera Instancia Sala De Guanica
DEMANDADO
Caso Civil Num: YU2020RF00033 SOBRE: DIVORCIO ((RUPTURA IRREPARABLE) Edicto Estados Unidos De America El Presidente De Los Estados Unidos El Estado Libre Asociado De Puerto Rico Civil Número: YU2020RF00033 sobre: Divorcio. Edicto Estados Unidos de América/el Presidente de los EE.UU./SS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: MARGARITA COLON CENTENO, 131 Montowese St. Hartford, CT. Estados Unidos de Norteamérica, código postal 06114. POR LA PRESENTE se le notifica que se ha radicado una Demanda de Divorcio ante este Honorable Tribunal y se requiere que dentro de Treinta (30) días, a partir de la última publicación de este EDICTO deberá notificar con copia de la contestación a la Demanda al representante legal de la parte demandante, Lcdo. Edwin Caraballo Caraballo, Calle Pacheco # 6B, Yauco, Puerto Rico 00698, teléfono (787) 973-0013. Se le apercibe que si no contestare la Demanda radicando la misma en el Tribunal correspondiente se le anotara la rebeldía y se dictara sentencia concediendo el remedio solicitado sin más citarle ni oírle. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y Sello del Tribunal, en Yauco, Puerto Rico a 12 de abril de 2021. Luz Mayra Carballo Garcia, Secretaria Reginal. Delia Aponte Velazquez, Sub Secretaria
Municipio Autónomo de San Juan. 15 de abril de 2021. Aviso de Cesión de Predio de Terreno. Juan L. Romero Ortiz, con dirección en, Resd. S.J. Bautista Apt. 43, San Juan, PR 00909, reclama que el Municipio de San Juan, le ceda un predio de terreno en el Cementerio Viejo San Juan, cuyas medidas son 2 1/2 X 3 (7.50mts.) cuadrados, en la zona 15, sección N/A panteón núm. N/A y cuyas colindancias son: NORTE: P-pedro y Carlina. SUR: T del Municipio. ESTE: P-fam - Fam - Ramos Medina. OESTE: T - Paulino Aborde. De existir alguna persona afectada por este aviso deberá hacer llegar su reclamación a la Sección de Record de Cementerios, local #46, Plaza del Mercado Rafael Hernández, Río Piedras Puerto Rico 00924, dentro de los próximos treinta (30) días siguientes a la publicación del aviso.
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Municipio Autónomo de San Juan. 15 de abril de 2021. Aviso de Cesión de Predio de Terreno. Juan L. Romero Ortiz, con dirección en, Resd. S.J. Bautista Apt. 43, San Juan, PR 00909, reclama que el Municipio de San Juan, le ceda un predio de terreno en el Cementerio Viejo San Juan, cuyas medidas son 2 1/2 X 3 (7.50mts.) cuadrados, en la zona 15, sección N/A panteón núm. N/A y cuyas colindancias son: NORTE: P-pedro y Carlina. SUR: T del Municipio. ESTE: P-fam - Fam - Ramos Medina. OESTE: T - Paulino Aborde. De existir alguna persona afectada por este aviso deberá hacer llegar su reclamación a la Sección de Record de Cementerios, local #46, Plaza del Mercado Rafael Hernández, Río Piedras Puerto Rico 00924, dentro de los próximos treinta (30) días siguientes a la publicación del aviso.