ROSSELLÓ SÍ VA DE CABILDERO
Tribunal falla a su favor
Un panel del Tribunal de Apelaciones revocó ayer la sentencia del Tribunal de Primera Instancia que descalificaba a Ricardo Rosselló Nevares como cabildero por la estadidad por no cumplir con los requisitos de ley para el cargo.
El foro judicial dictaminó que la jueza superior Rebecca de León Ríos “carecía de jurisdicción” para no permitir la certificación del renunciante gobernador.
Además, calificó la demanda como “prematura”, pues el panel de jueces entiende que un candidato por nominación directa o “write-in”, como en el caso de Rosselló Nevares, primero tiene que ser certificado por la Comisión Estatal de Elecciones como delegado congresional electo para luego evaluarse si cumple con los requisitos.
“Este tribunal concluye que el momento puntual para evaluar y disponer sobre el cumplimiento de los requisitos para ocupar el puesto de delegado especial a la Cámara de Representantes federal debe ser una vez emitida la certificación final de los resultados de la elección”, lee la determinación judicial de 28 páginas.
Es por esto que, no era hasta que la CEE expidiera el Certificado Final de Elección como candidato electo que Rosselló Nevares quedaba convertido oficialmente en delegado especial del Congreso, sujeto a la validación de los requisitos exigidos por ley, previo a su juramentación.
“Era solo hasta entonces que cualquier reclamación, impugnación o procedimiento de descalificación por incumplimiento con la Ley Núm. 167-2020 y el Código Electoral podía instarse en contra del querellado ante el TPI de San Juan”, apuntó el panel apelativo.
El panel estuvo compuesto por los jueces: Roberto Rodríguez Casillas, Giselle Romero y Carlos Candelaria Rosa.
Asimismo, el Tribunal de Apelaciones también declaró ayer un “no ha lugar” a la moción de auxilio presentada por el comisionado electoral de Proyecto Dignidad, Nelson Rosario, en la que pedía que el organismo electoral se abstuviera de certificar al candidato electo por nominación directa.
“La CEE debió emitir una certificación de elección final en la que él (Rosselló Nevares) hubiese sido certificado como electo por nominación directa a delegado especial a la Cámara de Representantes federal. Es a partir de ese momento que Rosselló Nevares viene obligado a cumplir con los requisitos”, añade el documento judicial.
Rosselló Nevares juramentó el miércoles como cabildero en una actividad celebrada en la Administración de Asuntos Federales de Puerto Rico (Prfaa, en inglés) en Washington, D.C. luego que la CEE lo certificara al puesto.
Y es que el pasado martes, el Tribunal de Apelaciones declaró “ha lugar” la moción presentada por los abogados del Partido Nuevo Progresista (PNP) para que se certificara su triunfo como delegado por la estadidad. En una breve resolución, el Tribunal Apelativo ordenó “la continuación de los procesos conducentes a la certificación de Ricardo A. Rosselló Nevares”, hasta que se resuelva el recurso presentado.
Además, el Tribunal Supremo de Puerto Rico rechazó en la mañana del miércoles atender el caso de Rosselló Nevares sobre la controversia de su certificación como cabildero.
Rosselló Nevares obtuvo el voto de 53,823 personas en la elección especial celebrada el pasado 16 de mayo que costó sobre un millón de dólares y que tuvo una participación de un 3.92%. Según los datos oficiales, solo hubo 92,448 papeletas de un total de 2,358,923 personas que están inscritas para votar en el País.
La jueza Rebecca de León Ríos, del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, había ordenado el pasado miércoles, 30 de junio, la descalificación de Rosselló Nevares por no cumplir con los requisitos de ley para ocupar el cargo.
Según la sentencia, “no cumplía con los requisitos de residencia ni de domicilio electoral” al momento en que fue electo por nominación directa en el proceso que se llevó a cabo el pasado 16 de mayo, “por lo que su elección estuvo viciada de nulidad, fue inoficiosa y no surte efectos jurídicos”.
Asimismo, la juez manifestó que no creyó en el alegato presentado por Rosselló Nevares en el que expresó desconocer sobre la doble registración electoral: en Virginia y en Puerto Rico.
Ante esto, los abogados de la Palma, Francisco González Magaz y Ramón Rosario Cortés, acudieron el pasado 2 de julio al Tribunal de Apelaciones en busca de revocar la descalificación.
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Este tribunal concluye que el momento puntual para evaluar y disponer sobre el cumplimiento de los requisitos para ocupar el puesto de delegado especial... debe ser una vez emitida la certificación final de los resultados de la elección”
TRIBUNAL DE APELACIONES