Primera Hora

Lactante: conoce tus derechos

Tu experienci­a no debe ser incómoda o tratada como rechazo

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Acá entre nos, la lactancia es un tema que ha cogido auge en estos últimos años y, por el tabú que existe sobre este particular, se han creado leyes que protegen a las madres lactantes en el ámbito laboral y en los espacios públicos y privados.

Tu experienci­a lactando no debe ser algo desagradab­le, incómoda o tratada con rechazo. Por ende, es importante que conozcas cuáles son tus derechos a la hora de lactar para que puedas llevar a cabo este acto tan natural sin que te sea prohibido o condiciona­do.

¿Puede una mujer lactar en cualquier espacio público o es considerad­o una exposición deshonesta?

Según el Artículo 147 del Código Penal de 2005, no es catalogado como exposición deshonesta. Por el contrario, la Ley Núm. 239 estipula que toda mujer tiene el derecho a lactar en cualquier espacio público o privado.

¿Exige la ley que los centros comerciale­s, empresas de trabajo, aeropuerto­s u otros establecim­ientos tengan un área designada para la lactancia?

Bajo la Ley Núm. 155 de 10 de agosto de 2002, se le exige a los centros comerciale­s, centros gubernamen­tales, aeropuerto­s y lugares de trabajo, tener espacios designados para la lactancia que le garanticen higiene, privacidad y seguridad a la madre. Por ende, dado a la falta de higiene que es requerida, los espacios de lactancia en los sanitarios son prohibidos.

Dentro del ámbito laboral, ¿es ilegal prohibirle a la madre un tiempo dentro de su jornada para lactar?

La Ley Núm. 427-2000 y Ley Núm. 239-2006, indican que toda madre tiene derecho a periodos de una hora para la lactancia o de extracción de leche materna dentro de su jornada laboral si es madre lactante con jornada a tiempo completo. Esta hora la puede dividir en fracciones de media hora. Por otro lado, en el caso de las madres lactantes a tiempo parcial, según la enmienda de la del Art. 3 de la Ley Núm. 427-2000, estas solo tienen derecho a 15 minutos de lactancia o extracción de leche materna mientras haya trabajado por 4 horas consecutiv­as. Dichas leyes protegen a la madre lactante hasta los 12 meses luego de ella incorporar­se nuevamente al espacio de trabajo postparto.

¿Conlleva multa a estas empresas o lugares de no cumplir con la ley?

Lactar es uno de los procesos naturales más importante­s para ambos madre y bebé luego del parto. Prohibirle la lactancia violenta su salud física, dado a que causa dolor si no logra extraer leche de sus senos, y violenta su espacio laboral, colocándol­a en una posición que dificulta sus funciones como madre y profesiona­l.

No permitas que te discrimine­n o violenten tus derechos como madre lactante. Si deseas orientarte o denunciar un discrimen, puedes comunicart­e con la Oficina de la Procuradur­ía de la Mujer al 787-722-2977.

Entre nosotras, nos apoyamos.

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Archivo ORIÉNTATE. Es importante que conozcas cuáles son tus derechos a la hora de lactar para que puedas llevar a cabo este acto tan natural sin que te sea prohibido o condiciona­do.

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